ANUNCIO de 30 de noviembre de 2023 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de instalación destinada a la producción de carbón vegetal, promovido por Carlos Mañero Solís, en Carmonita (Badajoz).
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) de ampliación de una instalación destinada a la producción de carbón vegetal, promovida por Carlos Mañero Solís, en Carmonita (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015: 4.2 del anexo II del Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativas a Instalaciones destinadas a la producción de carbón vegetal , por lo tanto, debe contar con AAU para ejercer la actividad.
Actividad: Producción de carbón vegetal a partir de madera en 1 horno de ladrillo refractario.
Capacidades y consumos: La capacidad de producción de carbón de la instalación se situará en torno a las 26,46 toneladas de carbón vegetal por hornada. Esto supone un consumo de madera por hornada de 88,20 toneladas.
Ubicación: Paraje Pizarrilla parcelas 10 y 11 del polígono 12 del término municipal de Carmonita (Badajoz).
Infraestructuras, instalaciones:
1 horno de mampostería con el siguiente volumen:
1. Volumen horno 1: 147 m3.
El volumen total útil de los hornos refractarios será de 147 m3 (0,8614 MW), por lo que la instalación tendrá una potencia de 0,8614 MW.
La instalación dispondrá de otros equipos e instalaciones:
Zona para enfriado del carbón hormigonada 100 m2.
Edificio de aseos y vestuarios, 1,37 m2.
Zona de acopio de madera a la intemperie, 2.450 m2.
Fosa estanca aguas de enfriado, 10,40 m3.
Fosa estanca aguas sanitarias.
Zona de maniobras, 17,50 m2.
Viales 225 m2.
Cerramiento perimetral, 10.998,08 m2.
Equipos principales.
Báscula.
Tolva.
Pala cargadora.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 30 de noviembre de 2023. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.