Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al alumnado participante en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 734637
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Se convocan becas por discapacidad y víctimas de violencia de género, así como ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención y ayudas de conciliación, para personas trabajadoras desempleadas y ocupadas que participen en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021.
1. Los alumnos que participen en las acciones formativas declaradas estratégicas y que reúnan los requisitos específicos para acceder a cada una de las modalidades de becas y/o ayuda, y ello con independencia de su condición de personas trabajadoras desempleadas u ocupadas.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones los alumnos en quienes concurran alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Orden de 29 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 171, de 5 de septiembre).
1. El importe total de la convocatoria asciende a ochocientos noventa y un mil trescientos euros (891.300,00), con cargo a los siguientes créditos del ejercicio 2024 autorizados en la aplicación presupuestaria 13008/G242B/48000:
— Proyecto de gasto 20220369, TE 24001002, denominado Formación estratégica no conducente a certificados de profesionalidad (CP) en proyectos empresariales de interés para el empleo por importe de 400.000,00 €.
— Proyecto de gasto 20220370, TE 24008001, denominado Formación estratégica conducente a certificados de profesionalidad (CP) en proyectos empresariales de interés , por importe de 391.300,00 €.
— Proyecto de gasto 20220381, CAG0000001, denominado Formación estratégica no incluida en el Catálogo Nacional de Especialidades formativa , por importe de 100.000,00 €.
2. En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio de 2024.
1. Las solicitudes de becas y ayudas deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa.
No obstante, en el caso de acciones formativas finalizadas antes de la entrada en vigor de la presente convocatoria, el referido plazo se computará desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
2. En el supuesto de que el alumno abandone el curso por enfermedad o colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de efectividad de dicho abandono.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la dirección electrónica
https://extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 20 de diciembre de 2023.
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo,
(PD, Resolución de 14/09/2023.DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO