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Orden de 31 de enero de 2023 por la que se convocan los Premios al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de la Junta de Extremadura 2022.
DOE Número: 26
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 07 de febrero de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: Orden
Descriptores: Seguridad y salud en el trabajo. Premios.
Página Inicio: 8345
Página Fin: 8354
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Constitución Española, en su artículo 9.2, establece la obligación de los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Del mismo modo, el artículo 40.2 del texto constitucional encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo, obligaciones que de igual forma contempla nuestro Estatuto de Autonomía, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero.
El VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales 2020-2023, firmado el día 2 de octubre de 2020 por la Administración, empresarios y sindicatos, incluye en su objetivo 2º Fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación del empresariado y de los trabajadores en la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo , la actuación 2.8 Organización de actos de reconocimiento público a empresas, entidades y personas que hayan destacado por las actividades realizadas para la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la prevención de los riesgos laborales en Extremadura, como forma de conseguir la promoción y difusión de buenas prácticas en la materia y promover la prevención de riesgos laborales como factor de competitividad y responsabilidad social empresarial.
Con estos premios se pretende promocionar la investigación en materia de Prevención de Riesgos Laborales y reconocer, públicamente, la labor realizada por empresas, administraciones públicas, entidades y personas en el fomento de la mejora de las condiciones de trabajo y la prevención de los riesgos laborales en Extremadura.
En el proceso de elaboración de la presente orden se ha consultado a la Comisión Regional de Condiciones de Trabajo y Salud Laboral.
Por todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de trabajo en el artículo segundo del Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 8 del Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en conexión con los artículos 36 k) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Dirección General de Trabajo,
DISPONGO:
Artículo único.
Se convocan los Premios al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de la Junta de Extremadura en su edición de 2022, a los que podrán optar las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que reúnan los requisitos exigidos para cada modalidad, de acuerdo con las bases reguladoras recogidas en el ANEXO I de esta orden.
Disposición final primera. Ejecución, desarrollo e interpretación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Trabajo para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para la ejecución de la presente orden, así como para su interpretación y desarrollo en todo aquello no previsto por las bases reguladoras y que sea preciso para su aplicación.
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien entablar directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1, 14.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 31 de enero de 2023.
La Consejera,
M.ª ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN
ANEXO I
Bases reguladoras
Primera. Candidaturas.
1. Podrán optar a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que reúnan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
No podrán optar a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan obtenido premios en convocatorias anteriores, salvo que concurran con méritos distintos a los valorados en ellas, aun cuando se trate de la misma categoría.
Tampoco podrán concurrir a los premios quienes hayan sido sancionados, con carácter firme, por infracciones muy graves, en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infrac­ciones y Sanciones en el Orden Social, durante los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de esta convocatoria.
Igualmente, no podrán participar como candidatos o proponentes en la convocatoria las entidades que tengan representación en el Jurado o las personas que participen en el mismo, con excepción de lo establecido en el apartado 2.
2. La Dirección General de Trabajo podrá proponer al Jurado, a favor de terceros, las candidaturas que considere de interés por su relevancia y valor social, para optar a premios especiales, independientes de las categorías incluidas en el ANEXO II de la presente orden, de reconocimiento de los méritos de las personas, empresas, administraciones públicas y/o entidades propuestas a favor de la Prevención de Riesgos Laborales en Extremadura.
3. Las candidaturas se podrán presentar directamente por los candidatos o ser propuestas por otras personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, a favor de terceros.
Las candidaturas que se presenten deberán formalizarse en modelo oficial, según el ANEXO III de esta orden y deberán ir acompañadas de una memoria con una extensión no superior a 20 páginas, en la que se justifiquen los méritos de las personas o entidades propuestas para optar a la concesión de los premios. Se adjuntará a la memoria la documentación que acredite los méritos alegados.
A la solicitud presentada se acompañará la memoria y la documentación justificativa de los méritos en un archivo electrónico único en formato PDF.
Por parte del Jurado podrá requerirse la ampliación de datos o documentación que se considere necesaria para valorar las candidaturas.
4. Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, ubicada en la avenida Valhondo s/n, Edificio III Milenio, Módulo 6, 1ª Planta, código postal 06800 Mérida.
5. La presentación de solicitudes podrá realizarse:
Para las personas físicas, directamente o por medio de representante, en su caso, no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos, estará habilitada la presenta­ción presencial en cualquiera de los registros y oficinas a los que hace referencia el ar­tículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único, y también la presentación telemática se realizará preferentemente a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dicha solicitud se dirigirá a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
Para las personas jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, siendo sujetos obli­gados a relacionarse a través de medios electrónicos, la vía de presentación se realizará preferentemente a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dicha solicitud se dirigirá a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante la Junta de Extremadura a tra­vés de los sistemas contemplados en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El certificado electrónico podrá obtenerse a través de la web http://www.cert.fnmt.es/ y https://www.dnielectronico.es/
6. El plazo de presentación de candidaturas será de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Segunda. Categorías de los premios.
Las categorías de los premios o menciones incluidas en la presente convocatoria son aquéllas que se reflejan en el ANEXO II de esta orden.
Tercera. Jurado.
1. El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:
a) Presidencia: Persona titular de la Consejería de Educación y Empleo o persona en quien delegue.
b) Vicepresidencia: Persona titular de la Dirección General de Trabajo o persona en quien delegue.
c) 5 Vocalías:
— 1 vocal designado entre funcionarios/as de la Administración de la Junta de Extremadura, que ocupe un puesto con responsabilidad en materia de prevención de riesgos laborales.
— 2 vocales designados por las organizaciones sindicales más representativas.
— 2 vocales designados por las organizaciones empresariales más representativas.
d) Secretaría: Persona titular de la Jefatura de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo o persona en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.
2. El Jurado valorará libremente y adoptará sus decisiones por mayoría. Podrá declarar desiertos los premios en las categorías que estime oportunas, si considerase que las candidaturas propuestas no reúnen, a su juicio, los méritos suficientes para obtener el galardón.
3. El fallo del jurado será inapelable y se hará público en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarta. Premios.
1. El plazo de resolución de la presente convocatoria será de tres meses contados a partir del final del plazo de presentación de candidaturas.
2. Los premios no van acompañados de dotación económica alguna, al tratarse de galardones de honor, y consistirán en diploma acreditativo y placa o figura conmemorativas.
3. La Dirección General de Trabajo podrá publicar total o parcialmente, en los medios de difusión que estime adecuados, los datos profesionales de los candidatos finalistas y premiados, como referente y ejemplo del buen hacer de las personas y entidades propuestas y premiadas en materia de Prevención de Riesgos Laborales en Extremadura.
La Dirección General de Trabajo podrá publicar y dar difusión a los trabajos, estudios y otros documentos elaborados por las personas o entidades premiadas, previa autorización de los autores y/o titulares de los derechos de propiedad intelectual.
ANEXO II
Categorías y requisitos
1ª. Premio a la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión.
Objeto: Premiar a las empresas, administraciones públicas y entidades que integren la PRL en su sistema organizativo y consigan bajos índices de siniestralidad laboral.
Requisito:
Empresas, administraciones públicas y entidades con centro/s de trabajo en Extremadura, que destaquen por su actividad preventiva y bajos índices de siniestralidad laboral.
2ª. Premio a las buenas prácticas en prevención de riesgos laborales aplicadas en Extremadura.
Objeto: Fomentar la aplicación de buenas prácticas en materia de PRL en las empresas, administraciones públicas y entidades de Extremadura.
Requisito:
Empresas, administraciones públicas y entidades con centro/s de trabajo en Extremadura.
La práctica premiada debe haberse aplicado en un centro de trabajo ubicado en Extremadura y haber mejorado las condiciones de trabajo, en relación con la prevención de los riesgos laborales.
3ª. Premio a la actividad investigadora, desarrollo y aplicación de proyectos innovadores en la mejora de la prevención de riesgos laborales.
Objeto: Premiar a empresas, administraciones públicas, entidades y personas que realicen actividades de investigación e innovación en Prevención de Riesgos Laborales para la mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral en las empresas.
Requisito:
La actividad de investigación debe haberse desarrollado en Extremadura.
4ª. Premio a la promoción de la seguridad y salud en el trabajo como valor fundamental en la actividad empresarial.
Objeto: Premiar a empresas, administraciones públicas, entidades y personas que realicen una labor destacada en la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, como factor de competitividad y responsabilidad social empresarial.
Requisitos:
Haber realizado en Extremadura actividades de promoción y difusión de la PRL en medios de comunicación social, redes sociales y/o mediante organización o participación en jornadas, premios o actos similares, como modo de promoción de la cultura preventiva en la sociedad extremeña.
5ª. Premio a los centros docentes y universitarios que integren la formación en prevención de riesgos laborales en los distintos niveles educativos.
Objeto: Premiar las actividades de fomento de la PRL en los centros docentes y universitarios, dirigidas tanto al profesorado como al alumnado, como forma de adquirir desde la infancia, y en todos los niveles educativos, la cultura preventiva necesaria para la prevención de accidentes y enfermedades que puedan producirse cuando se acceda a la actividad laboral.
Requisito:
Los centros docentes y universitarios deben estar ubicados en Extremadura.
6ª. Premio a la trayectoria profesional destacada en seguridad y salud en el trabajo.
Objeto: Premiar la trayectoria profesional de personas que hayan desarrollado su carrera profesional principalmente en Extremadura y que hayan destacado por su actividad e implicación en las actividades relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.
Requisito:
Haber desarrollado la carrera profesional un mínimo de 10 años en empresas, entidades o como profesional libre con domicilio social en Extremadura, realizando actividades especialmente relevantes relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.
7ª. Premio a la promoción de la seguridad vial laboral.
Objeto: Premiar a empresas, administraciones públicas, entidades y personas que destaquen por las actividades de promoción de la seguridad vial laboral, como forma de reducir los accidentes laborales ocasionados por el tráfico, tanto en jornada laboral como in itinere .
Requisito:
Empresas, administraciones públicas, entidades y personas que acrediten actuaciones relacionadas con el fomento de la seguridad vial laboral en Extremadura.
ANEXO III
Modelo de presentación de candidaturas a los Premios de la Junta de Extremadura al fomento de la seguridad y salud en el trabajo.
DATOS DEL PROPONENTE:
Nombre y apellidos N.I.F.:
Domicilio: Municipio:
Provincia: Código postal: Teléfono:
Correo electrónico (obligatorio):
Actuando: En nombre propio. En representación de la empresa o entidad: (Indicar datos de la empresa o entidad que propone la candidatura) --------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------------------------------------
DATOS DEL CANDIDATO/A PROPUESTO/A:
Nombre y apellidos o razón social: N.I.F:
Domicilio: Municipio:
Provincia: Código postal: Teléfono:
Correo electrónico (obligatorio):
Categoría/s de premio/s para la que se propone la candidatura: 1ª 2ª 3ª 4ª 5ª 6ª 7ª Debe presentar una memoria para cada modalidad de premio a la que se opte.
El proponente, en nombre propio o como representante legal de la entidad, declara la conformidad y aceptación de la totalidad de las bases contenidas en la convocatoria de los premios y el fallo del jurado. Se adjunta memoria con la documentación justificativa de los méritos de las personas o entidades propuestas (en archivo electrónico único en formato PDF).
____________________ a _____ de _______________de 20____
Fdo.: _________________________________________________
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Educación y Empleo. Dirección General de Trabajo
Avda/ Valhondo s/n, Edificio III Milenio, Módulo 6, 1ª Planta 06800 Mérida (Badajoz)
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Responsable del tratamiento:
Consejería de Educación y Empleo.
Dirección: Edificio III Milenio Avda. Valhondo s/n Módulo 6, 1ª planta Mérida 06800.
Teléfono: 924005262.
Correo electrónico: dgt.eye@juntaex.es.
Delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidad del tratamiento:
El examen, gestión y selección de las candidaturas a los Premios al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de la Junta de Extremadura 2022 .
Conservación de los datos:
Plazos o criterios de conservación de los datos: La información será conservada hasta la finalización de la convocatoria y el acto de entrega de los premios, y posteriormente durante los plazos legalmente previstos en la normativa y durante el plazo que un juez o tribunal los pueda reclamar. Cumplidos estos plazos el expediente puede ser trasladado al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa vigente.
Licitud y base jurídica del tratamiento:
La base legal para los tratamientos indicados en el Reglamento Europeo (UE) 2016/679 relativo a protección en el tratamiento de datos personales (RGPD): 6.1C) tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento y en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Destinatarios:
Los datos podrán ser comunicados a: otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal, aunque se deberá informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el artículo 14.5 RGPD.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.
Derechos de las personas interesadas:
Le informamos que en cualquier momento puede solicitar el acceso a sus datos personales, Asimismo tiene derecho a la rectificación de los datos inexactos o en su caso solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos no sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, a la limitación del tratamiento, su oposición al mismo, así como a la portabilidad de los datos personales.
Estos derechos podrá ejercerlos presentando la correspondiente solicitud en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o remitidos por correo postal en la dirección Edificio lll Milenio Avda. Valhondo s/n Módulo 6, 1ª planta, Mérida 06800.
El plazo máximo a resolver es el de un mes a contar desde la recepción de la solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses más atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de la misma.
Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto de que considere que el ejercicio de sus derechos no ha sido atendido convenientemente, a través de su sede electrónica o en su domicilio: c/ Jorge Juan 6, 28001, Madrid.
Procedencia de los datos:
Proceden del interesado.

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