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ANUNCIO de 23 de enero de 2023 por el que se someten a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental del proyecto de modificación sustancial del centro de tratamiento de residuos domésticos, consistente en una mejora de las instalaciones y ampliación del vertedero, cuya titular es Urbaser, SA, ubicado en el término municipal de Mirabel. Expte.: AAI21/036.
DOE Número: 26
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 07 de febrero de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 8669
Página Fin: 8675
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura; al artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental integrada (AAI) y el estudio de impacto ambiental del proyecto de modificación sustancial del centro de tratamiento de residuos domésticos, cuya promotora es Urbaser, SA, en el término municipal de Mirabel (Cáceres), podrán ser examinados, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de la avda. Valhondo, s/n., de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de AAI y el estudio de impacto han sido remitidos por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este procedimiento.
Es Órgano competente para el otorgamiento de la autorización ambiental integrada y la formulación de la declaración de impacto ambiental (DIA) relativas al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Estas figuras administrativas autorizan y condicionan la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a lo dispuesto en el artículo 11, apartados 2 y 4, y en el artículo 91.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas, no pudiendo autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulada la declaración de impacto ambiental, incluyéndose las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto en la autorización ambiental integrada.
Esta instalación fue sometida a evaluación de impacto ambiental, que finalizó con la formulación de la correspondiente declaración de impacto ambiental mediante Resolución de 26 de noviembre de 1999 de la antigua Dirección General de Medio Ambiente. Mediante Resolución de 3 de junio de 2015, se otorgó AAI a la planta de tratamiento de residuos RSU ubicada en el término municipal de Mirabel, y para la que ahora se solicita modificación sustancial.
Los datos generales del proyecto son:
El proyecto está incluido en:
Real Decreto Legislativo 1/2016. Autorización ambiental integrada: la actividad se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. En particular, está incluída en las categorías de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. son 5.4 y 5.5 de su anejo 1, relativos a valorización, o una mezcla de valorización y eliminación, de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 75 toneladas por día que incluyan una o más de las siguientes actividades (...): a) tratamiento biológico; (...) y vertederos de todo tipo de residuos que reciban más de 10 toneladas por día o que tengan una capacidad total de más de 25.000 toneladas con exclusión de los vertederos de residuos inertes , respectivamente.
Además, la instalación industrial está incluida en las categorías 9.1 y 9.3 del ANEXO II de la Ley 16/2015, de 23 de abril; relativas a Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I ; e Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios ; respectivamente.
Ley 21/2013. Evaluación de impacto ambiental: el proyecto se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria al encontrarse incluido en su ANEXO I de la Ley 21/2013, en particular en el grupo 8.c, relativo a Grupo 8. Proyectos de tratamiento y gestión de residuos. c) Vertederos de residuos no peligrosos que reciban más de 10 t por día o que tengan una capacidad total de más de 25.000 t, excluidos los vertederos de residuos inertes. (Equivalencia con grupo 8.c) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril).
Actividad: La modificación tiene como objeto llevar a cabo una serie de actuaciones destinadas a la mejora de sus instalaciones (mejoras en edificaciones y equipos), actualizar el plan de explotación de las futuras celdas de rechazo del vaso autorizado para los próximos 12 años, y la revisión de la AAI a la normativa de aplicación actual.
La actividad consiste en reciclar, valorizar y compostar residuos domésticos y en la eliminación en vertedero del rechazo de la planta de valorización de dichos RSU. A tal efecto, la instalación cuenta con una línea de residuos domésticos todo en uno de recogida municipal, procedentes de los contenedores verdes; una línea de tratamiento de residuos de envases ligeros, procedentes de los contenedores amarillos de recogida selectiva, una línea de compostaje de materia orgánica de afino y fracción orgánica de recogida municipal (FORM); una línea de residuos voluminosos; un vertedero de residuos no peligrosos; y una planta de tratamiento de lixiviados. La modificación sustancial consiste en la ampliación de las celdas de vertido, adecuación de las instalaciones, mejoras en obra civil, red de pluviales y en las líneas de tratamiento.
Capacidades y consumos: la línea de tratamiento de RSU todo en uno cuenta con una capacidad de 35 toneladas por hora; la de envases, de 2,5 toneladas por hora.
Los datos actuales son de 55.600 t/año de entrada de residuos y 27.800 t/año de vertido.
La capacidad de almacenamiento de residuos y compost en las instalaciones es de 4.045 toneladas.
La capacidad máxima autorizada para el vertido según la resolución de 3 de junio de 2015, era de 1.000.000 toneladas. Se trata de un vertedero de residuos no peligrosos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
En la modificación ahora proyectada se propone una nueva zona de vertido de 50.847,50 m2, con capacidad de 351.200 m3, dividida en 5 nuevas celdas.
Actualmente la capacidad de la zona de vertido, sumando el restante actual y la nueva zona propuesta es de 431.200 m3, equivalente a 333.198,11 toneladas. Esto proporciona una duración en años de 11,90.
Con respecto a los lixiviados producidos en las diferentes fases de tratamiento, indicar que recogen mediante canaletas y rejillas sumidero, que los conducen a un depósito donde se almacenan hasta su recirculación a la balsa de lixiviados que también recepciona los producidos en el vaso de seguridad. Posteriormente son tratados en la planta de evaporación forzada del complejo.
Ubicación: la instalación industrial se ubica en las parcelas catastrales 2, 6, 7 y 8 del polígono 1 del término municipal de Mirabel (Cáceres). Las coordenadas geográficas representativas del centro del complejo son X= 735.284; Y= 4.417.733 (ETRS 89, huso 29).
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
La modificación sustancial objeto del presente procedimiento administrativo consta de:
Mejoras en el tratamiento actual: en la nave que actualmente ocupa la recepción de residuos, se instalará la recuperación automática de los materiales valorizables, realizándose la clasificación de materiales automáticamente mediante separadores ópticos colocados en cascada. Se instalará una cabina de triaje manual secundario y la compactación tanto de recuperados como de rechazo. Finalmente, mediante un separador de inducción, se recuperará el aluminio y el resto de materiales se incorporarán a la línea de compactación de rechazo. La fracción orgánica de recogida municipal selectiva descargará en su playa correspondiente y su tratamiento se realizará de manera y operativa independiente, sin que se mezcle con los residuos mezclados.
­ Mejora en edificios y naves: ampliación de naves; desmontaje de placas nervadas, sustitución de chapa en cubiertas y fachadas por mal estado de conservación, reposición de soleras, demolición de algunas estructuras, relleno de fosos, ejecución de pasarelas; ejecución de nuevos muros de hormigón perimetrales y trojes en la nave de recepción de residuos domésticos.
­ Mejora en urbanización y viales.
­ Mejora de instalaciones e infraestructuras: sustitución de la báscula de recepción; sustitución del colector de recogida de aguas pluviales existente; ejecución de nuevo lavadero de camiones; implantación de instalación fotovoltaica en cubierta.
­ 5 nuevas celdas de vertido (celdas n.º 4 a 8). Ocupación total de las nuevas celdas: 50.847,50 m2; capacidad: 351.200 m3, 271.380,28 toneladas.
Considerando las mejoras y modificaciones anteriores, el complejo industrial consta de las siguientes instalaciones:
Edificio de oficinas, servicios, control, 241 m2. En esta edificación se encuentran los despachos de administración, comedor, servicios y vestuarios.
Edificio de servicios 201 m2 de superficie, en esta edificación se encuentran el aula medioambiental, servicios y oficinas.
Nave de recepción de residuos domésticos ( todo uno , envases ligeros y voluminosos) y de triaje, 3.067 m2. Esta nave cubre las siguientes funciones: nave de recepción de los residuos domésticos procedente de los diferentes municipios y zona de triaje conformada por dos líneas de tratamiento independientes (Línea 1 (de residuos domésticos) y Línea 2 (de envases ligeros)), y por último zona para la gestión del rechazo de las dos líneas anteriores.
9 cinta transportadora (TC).
1 alimentador de tablillas.
1 trómel (motores).
1 pinchabotellas.
2 separador magnético.
1 separador de inducción.
1 prensa de metales.
12 cinta transportadora (TC).
2 pinchabotellas.
1 alimentador de tablillas.
1 alimentador abrebolsas.
1 separador magnético.
1 separador de inducción.
3 cinta transportadora (TC).
1 separador magnético hundido de trómel.
1 alimentador prensa subproductos.
1 prensa de subproductos.
Nave de túneles: 2.884 m2.
1 motor de ventilación.
1 motor de aspiración.
1 bomba de lixiviados.
Nave de maduración y afino, 5625 m2. Esta nave cubre las siguientes funciones: fase de maduración del proceso del compostaje y zona de afino del material ya compostado. Los equipos fijos situados en esta nave son los siguientes:
1 mezcladora.
1 tromel.
4 cintas transportadoras.
1 alimentador vibrante.
1 mesa densimétrica.
1 ventilador fluidificación.
1 ventilador aspiración.
Nave taller, 323 m2.
Planta de tratamiento de lixiviados, 260 m2.
12 bombas.
1 ventiladores caldera.
1 tornillo alimentador.
1 vibrador.
1 quemador.
1 aspirador de humos.
1 agitador tanque alimentación.
1 torre de refrigeración.
1 soplante.
1 mezclador inertización.
Nave de recepción de envases ligeros y almacenamiento de materiales recuperados. 2024 m2. En esta nave se lleva a cabo la recepción de los envases ligeros y el almacenamiento de los materiales recuperados en las líneas de tratamiento.
1 triturador.
3 pala cargadora.
1 cuba de 10.000 litros.
1 furgoneta caja abierta con elevador.
1 carretilla elevadora.
2 contenedores abiertos.
2 camión ampliroll.
2 autocompactadores para rechazo.
1 piqueras barredora 2500 hao.
1 compactadora de basuras.
Otras instalaciones:
Aljibe y grupo de presión.
Aljibe de apoyo, deposito superficie.
Báscula entrada.
Báscula de rechazos.
Centro de transformación.
Depósito de combustible.
Lavadero de camiones.
Balsa de lixiviados 1.
Balsa de lixiviados 2.
Antorcha.
Depósitos y surtidor de gasoil.
Trojes de materiales recuperados.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 23 de enero de 2023. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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