ANUNCIO de 31 de enero de 2023 relativo a la apertura de un periodo de información pública en el procedimiento para la declaración de la utilidad pública e inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública del monte "Ladera Peñalba", sito en el término municipal de Pasarón de la Vera (Cáceres), y propiedad del municipio de Arroyomolinos de la Vera.
TEXTO ORIGINAL
En el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de esta Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio se viene tramitando el procedimiento para la declaración de la utilidad pública y la inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública del monte Ladera Peñalba , del término municipal de Pasarón de la Vera (Cáceres), propiedad del municipio de Arroyomolinos de la Vera.
El citado procedimiento, iniciado a solicitud del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera, al que se le asignó el n.º de expediente 2010CT001, habrá de tramitarse conforme a lo ordenado por los artículos 13 y 16 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y concordantes del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, por los artículos 231 y siguientes de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y por las normas generales en materia de procedimientos administrativos, contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los datos del monte cuya declaración de Utilidad Pública y catalogación se está tramitando, son los siguientes:
— Provincia: Cáceres.
— Partido Judicial: Plasencia.
— Término municipal: Pasarón de la Vera.
— Denominación: Ladera Peñalba .
— Pertenencia: Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.
— Superficie total: 29,2766 ha.
— Superficie pública: 29,1937 ha.
— Enclavados: 0,0829 ha.
— Límites:
Norte: Con término municipal de Arroyomolinos de la Vera y MUP n.º 152 El Baldío .
Sur: Con fincas particulares.
Este: Con fincas particulares.
Oeste: Con término municipal de Arroyomolinos de la Vera y MUP n.º 152 El Baldío .
— Especies forestales presentes: Roble melojo (Quercus pyrenaica) como especie principal y en la totalidad del monte. Matorral compuesto principalmente por escoba (Cytisus scoparius), lavanda (Lavandula stoechas) y helecho (Pteridium aquilinum).
— Servidumbres y cargas registradas: Las habituales de paso.
— Parcelas catastrales afectadas: Polígono 13, parcela 66.
Entre los requisitos del procedimiento para la catalogación de un monte, el artículo 235 de la Ley Agraria de Extremadura ordena que el expediente deberá someterse «necesariamente» al trámite de información pública. En aplicación de esa disposición, para conocimiento general, y especialmente de las personas cuyos derechos pudieran verse afectados por la declaración de la utilidad pública del monte Ladera Peñalba del término municipal de Pasarón de la Vera (Cáceres), se acuerda la apertura de un trámite de información pública, conforme a lo prevenido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la finalidad de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular alegaciones dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
Con este objeto, la documentación estará disponible durante el citado plazo en las dependencias administrativas del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal en Mérida (avda. Luís Ramallo, s/n.), en las que podrá examinarse, previa cita que se solicitará por teléfono, llamando al 924930465, en horario de lunes a viernes de 8 a 15 horas. En su caso, las alegaciones formuladas por las personas interesadas, junto con la documentación que acredite los derechos que invoquen, deberán ser remitidas a las mismas dependencias del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de esta Dirección General de Política Forestal (avda. Luis Ramallo, s/n. 06800. Mérida), presentándose para ello, conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, citada más arriba, en el registro electrónico de esta o de cualquier otra Administración, o en una oficina de Correos, en la forma establecida reglamentariamente.
Mérida, 31 de enero de 2023. El Director General de Política Forestal, PEDRO MUÑOZ BARCO.