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ANUNCIO de 31 de enero de 2023 sobre aprobación de las operaciones jurídicas complementarias relativas al proyecto de reparcelación del sector residencial SR1-UA1.
DOE Número: 27
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 08 de febrero de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE OLIVA DE LA FRONTERA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Urbanismo.
Página Inicio: 8952
Página Fin: 8953
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2023, se aprobó definitivamente las operaciones jurídicas complementarias relativas al proyecto de reparcelación del sector sr1-ua1 de las Normas Subsidiarias de Oliva de la Frontera, lo que se publica a los efectos de los artículos 135 y 137 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, de aplicación en este caso, según lo contemplado en la disposición transitoria cuarta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
El texto íntegro del acuerdo se transcribe a continuación:
Considerando el expediente relativo a la aprobación de las operaciones jurídicas complementarias relativas al proyecto de reparcelación del sector sr1-ua1 de las Normas Subsidiarias de Oliva de la Frontera.
Considerando que con fecha 13 de octubre de 2022, se presentó solicitud de inicio de procedimiento para aprobar las operaciones jurídicas complementarias relativa al proyecto de reparcelación del sector sr1-ua1 de las Normas Subsidiarias del municipio.
Considerando que con fecha 08/11/2022, se emitió Resolución de Alcaldía por la cual se sometía a exposición pública por plazo de veinte días, el anuncio de licitación en el Diario Oficial de Extremadura n.º 221, de fecha 17/11/2022, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el periódico hoy del día 11/11/2022, a los efectos de que se presentaran las alegaciones que se estimaran pertinentes. Así, no se presentó alegación alguna.
Considerando los informes técnicos de fecha 2/11/22 y jurídico de fecha 7/11/22, emitido por la Oficina de Gestión Urbanística, Vivienda, Arquitectura y Territorio de la Mancomunidad Sierra Suroeste, y la Secretaría referente a la aprobación de las operaciones jurídicas complementarias relativas al proyecto de reparcelación del sector sr1-ua1 de las Normas Subsidiarias de Oliva de la Frontera, y en cumplimiento del artículo 113.3 y 174.5 del Reglamento de Gestión Urbanística, Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
En base a ello, esta Alcaldía, tiene a bien solicitar acuerdo favorable del Pleno de la Corporación en el siguiente sentido:
Primero. Aprobar las operaciones jurídicas complementarias relativas al proyecto de reparcelación del sector sr1-ua1 de las Normas Subsidiarias de Oliva de la Frontera, presentado por la Agrupación de Interés Urbanístico del SR-1 UA-1 de Oliva de la Frontera con CIF V-06564181.
Segundo. Notificar a la Agrupación de Interés Urbanístico de la unidad de ejecución n.º UA-1 SR-1 como adjudicataria del programa de ejecución por sistema de compensación.
Tercero. Remitir a la Consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística, para que sea inscrito en el Registro de Programas de Ejecución y Agrupaciones de Interés Urbanístico.
Cuarto. Publicar la aprobación de las operaciones jurídicas complementarias relativas al proyecto de reparcelación del sector sr1-ua1 de las Normas Subsidiarias de Oliva de la Frontera. Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(olivafrontera.sedelectrónica.es).
Sometido el asunto a votación resulta aprobado por siete votos a favor y cinco abstenciones.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Oliva de la Frontera, 31 de enero de 2023. La Alcaldesa, LUISA OSORIO VICHO.

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