RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 2 del Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para la "Realización de actividades destinadas a establecer las bases de la Estrategia de Conservación de la Biodiversidad de Extremadura. Anualidades 2021-2022-2023". N.º expediente: 2051999FR003.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 30 de diciembre de 2022, la Adenda N.º 2 del Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para la Realización de actividades destinadas a establecer las bases de la Estrategia de Conservación de la Biodiversidad de Extremadura. Anualidades 2021-2022-2023 . N.º Expediente: 2051999FR003, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 31 de enero de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ADENDA N.º 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DESTINADAS A ESTABLECER LAS BASES DE LA ESTRATEGIA DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD DE EXTREMADURA. ANUALIDADES 2021-2022-2023 . N.º EXPEDIENTE: 2051999FR003.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Consuelo Cerrato Caldera, Secretaria General para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en virtud del Decreto 76/2019, de 16 de julio, por el que se dispone su nombramiento, y facultado para este acto por Resolución de la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de fecha 20 de noviembre de 2019, (DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2019) dictada conforme a lo previsto en los artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, la Universidad de Extremadura, con CIF Q0618001B y sede en Badajoz, Avda. de Elvas, s/n, y en Cáceres, Plaza de los Caldereros, 1, y en su nombre y representación el Rector, D. Antonio Hidalgo García, nombrado por Decreto 2/2019, de 8 de enero (DOE n.º 6, de 10 de enero de 2019), con poderes suficientes, para la celebración de este acto, en virtud de lo establecido en el artículo 93 de los Estatutos de la citada Universidad, poderes que no le han sido derogados ni modificados.
La celebración de la presente Adenda n.º 2 al Convenio ha sido autorizada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 30 de diciembre de 2022 y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura celebrado el día 16 de diciembre de 2022.
Intervienen ambos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción de la presente Adenda n.º 2 al Convenio de Colaboración y, al efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha 28 de diciembre de 2020 se firmó Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para la realización de Actividades destinadas a establecer las bases de la estrategia de conservación de la Biodiversidad de Extremadura. Anualidades 2021-2022-2023 .
Segundo. Con fecha 29 de diciembre de 2021 se firmó adenda n.º 1 al convenio, modificando el clausulado del mismo.
Tercero. En la cláusula DECIMOCUARTA del Convenio antes citado: Modificación, convenios adicionales se dispone:
El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las Partes, de manera expresa, siempre y cuando no modifique el objeto de lo convenido, por así convenir a los intereses institucionales, previo informes que sustenten tal acto y Acuerdo de la Comisión Mixta de Seguimiento, que deberá ser adoptado, antes del vencimiento del plazo de ejecución inicialmente previsto y refrendado por los firmantes del convenio mediante la suscripción del respectivo Convenio Modificatorio al Principal
Cuarto. Resultando patente la dificultad que supone para la consecución de los objetivos del convenio la falta de determinados estudios y análisis necesarios no contemplados en el ANEXO técnico donde se desarrollaban las actuaciones incluidas en el Convenio y la necesidad de realización de acciones adicionales imprescindibles para la consecución óptima de los fines para los que se estableció el convenio de colaboración, como fin último de obtener unas conclusiones ponderables y necesarias para el alcance de los objetivos del Convenio, se acordó la modificación del mismo.
Quinto. Que ambas instituciones están interesadas en continuar colaborando en el desarrollo de las inversiones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, submedida 7.6.4. Promoción del uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas de alto valor natural así como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural .
En el ámbito de la cooperación, colaboración y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas, configurados en el artículo 54, en relación con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como principios rectores de la actuación entre las Administraciones Públicas y, de conformidad con lo establecido en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015 citada y 49, 50 y 53 de la Ley 1/2002, también citada, las partes intervinientes muestran su conformidad e interés en suscribir la presente adenda, en base a los siguientes:
ACUERDOS
Primero. Modificar la Cláusula SEGUNDA Obligaciones de las partes , en los siguientes compromisos:
— Compromiso 5, compromisos de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad que quedará redactado de la siguiente forma:
5. Contribuir, con la cantidad de 777.290,00 € para sufragar los gastos que suponga la ejecución de los trabajos, conforme el desglose económico del Anexo I, del presente convenio.
— Añadir en los compromisos de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, el compromiso siguiente que correspondería con el número 8.
8. Respecto a la actuación Trabajos de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad , proporcionará a la Universidad de Extremadura los datos recopilados durante 30 años sobre especies amenazadas, hábitats naturales y áreas protegidas.
— Compromiso 2 de la Universidad de Extremadura, que quedará redactado de la siguiente forma:
2. Elaboración de estudios detallados de aquellas especies con mayor grado de amenaza o más sensibles, para lo cual, la Universidad de Extremadura deberá elaborar un total de 16 estudios detallados destinados a analizar la tendencia poblacional, distribución, estado de conservación, amenazas (valorándose especialmente las especies exóticas invasoras), uso de hábitat, fragmentación de hábitat, conectividad de metapoblaciones, factores antrópicos, y efectos del cambio climático mediante el estudio de la totalidad de los datos disponibles en la Junta de Extremadura así como otra información que se pudiera obtener mediante estudios bibliográficos y otras fuentes. Estos estudios serán elaborados y maquetados de forma que se encuentren listos para su edición, si procede.
Las especies a considerar serán las siguientes:
Anaecypris hispanica (Jarabugo).
Milvus milvus (Milano real).
Ciconia nigra (Cigüeña negra).
Aquila chrysaetos (Águila real).
Aquila fasciata (Águila perdicera).
Aegypius monachus (Buitre negro).
Neophron percnopterus (Alimoche).
Tetrax tetrax (Sisón).
Otis tarda (Avutarda).
Anátidas y afines.
Ardeidos y afines.
Larolimícolas coloniales y afines.
Aquila adalberti (Águila imperial ibérica).
Circus pygargus (Aguilucho cenizo).
Grus grus (Grulla común).
Comunidad de paseriformes esteparios en Extremadura.
— Añadir a los compromisos de la Universidad de Extremadura, un nuevo compromiso que correspondería con el número 6:
6. Realizar los trabajos de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad.
Se deberán realizar los trabajos de modificación y adecuación de la base de datos de Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad consistentes en la realización de las siguientes acciones:
Diseño y construcción de la estructura.
Identificación y definición de las tablas de códigos necesarias para los diferentes campos/variables.
Diseño de la interrelación entre las diferentes tablas: definición de campos claves.
Análisis de toda la información ambiental existente en la citada base de datos, procediéndose a su adecuada identificación, interrelación, georreferenciación y tratamiento cuando sea necesario, e incorporación de los datos a la base de datos.
Incorporación de datos adicionales procedentes de bibiliografía.
Elaboración de un manual de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad y se realizará una jornada de información de los trabajos.
Segundo. Modificar la Cláusula SEXTA Vigencia y plazos de ejecución , que quedará redactada de la siguiente forma:
El presente convenio de colaboración entrará en vigor en el momento de su firma, siendo el periodo de validez hasta el 30 de junio de 2024. En todo caso, el presente convenio no entrará en vigor antes del 01 de enero de 2021. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes podrán acordar de mutuo acuerdo su prórroga por un periodo de hasta tres años adicionales a contar desde la fecha de término del convenio o su extinción mediante la firma de una adenda al mismo, la cual deberá suscribirse antes de la finalización del plazo de vigencia del Convenio. En caso necesario, y de mutuo acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento constituida según cláusula décima del presente Convenio, y siempre de forma expresa, la ampliación de plazo de vigencia del Convenio podrá llevar aparejada la ampliación de su presupuesto.
Tercero. Modificar la Cláusula SÉPTIMA Financiación de los trabajos , párrafo segundo y tabla, que quedarán redactados de la siguiente forma:
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura aportará la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA EUROS (777.290,00 €), destinados a financiar los gastos que generan los diferentes estudios y trabajos a realizar que figuran como Anexo I al presente convenio, y se imputará a la aplicación presupuestaria, proyecto de gasto y anualidades siguientes:
Anualidad
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Centro gestor
|
Posición
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Fondo
|
Proyecto
|
Importe
|
---|
2021
|
180030000
|
G/354A/64100
|
FR14070604
|
20160215
|
188.760,00 €
|
2022
|
180030000
|
G/354A/64100
|
FR14070604
|
20160215
|
177.870,00 €
|
2023
|
180030000
|
G/354A/64100
|
FR14070604
|
20160215
|
209.000,00 €
|
2024
|
180030000
|
G/354A/64100
|
FR14070604
|
20160215
|
201.660,00 €
|
Cuarto. Modificar la Cláusula OCTAVA Forma de pago que quedará redactada de la siguiente forma:
La aportación de la Junta de Extremadura se realizará de la siguiente forma:
Un primer pago correspondiente a la anualidad 2021, por el importe conveniado para dichos trabajos según el desglose económico del Anexo I, esto es 188.760,00€, previa entrega de la memoria detallada de los trabajos realizados según el calendario previsto, así como la correspondiente certificación debidamente conformada.
Un segundo pago correspondiente a la anualidad 2022, por el importe conveniado para dichos trabajos según el desglose económico del Anexo I, esto es 177.870,00€, previa entrega de la memoria detallada de los trabajos realizados según el calendario previsto, así como la correspondiente certificación debidamente conformada.
Un tercer pago correspondiente a la anualidad 2023, por el importe conveniado para dichos trabajos según el desglose económico del Anexo I, esto es 209.000,00€, previa entrega completa de todos los documentos previstos en este convenio, así como la correspondiente certificación debidamente conformada.
Un cuarto pago correspondiente a la anualidad 2024, por el importe conveniado para dichos trabajos según el desglose económico del Anexo I, esto es 201.660,00€, previa entrega completa de todos los documentos previstos en este convenio, así como la correspondiente certificación debidamente conformada.
En cualquier caso, la justificación de los trabajos ha de hacerse desde la firma del convenio y hasta el 30 de junio de 2024. En todo caso los trabajos finalizados deben contar con la conformidad del Director Técnico.
Las certificaciones estarán firmadas por el Director Técnico nombrado en virtud de la estipulación cuarta, por los trabajos ejecutados conforme a la memoria de actividades y la planificación de certificaciones del presente convenio, y una vez justificados los gastos y pagos que se efectúen con cargo al Convenio. Dicha Certificación se realizará tras la presentación de la memoria intermedia de ejecución, para cada certificación parcial, así como de la memoria final del convenio, para la última certificación, que debe elaborar la UEX.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente IBAN ES39 0049-6744-45-2216163524 del Banco de Santander a nombre de la UEX, indicando como referencia el título de este convenio.
Los gastos emitidos durante un ejercicio, que a la fecha de la justificación anual no pudieran ser presentados por ser posteriores a la fecha de la Certificación, se imputarán y justificarán con cargo al presupuesto consignado en el ejercicio inmediato posterior, debiéndose cumplir en todo caso el periodo de justificación previsto en la presente cláusula.
Quinto. Modificar el Anexo I al Convenio que quedará redactado en la forma que consta en el Anexo a esta Adenda.
Sexto. Mantener el resto del clausulado del Convenio de colaboración suscrito el 28 de diciembre de 2020 y modificado en la Adenda N.º 1 firmada el 29 de diciembre de 2021.
Y en testimonio de conformidad con lo expresado, firman la presente Adenda N.º 2 al convenio de colaboración de 28 de diciembre de 2020, por triplicado ejemplar y se comprometen a ejecutarlo.
La Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
PA, (Resolución de 20 de noviembre de 2019,de la Consejera,DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2019)
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA
El Rector magnífico de la Universidad de Extremadura,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA
ANEXO I
MEMORIA DE ACTIVIDADES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DESTINADAS A ESTABLECER LAS BASES DE LA ESTRATEGIA DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD DE EXTREMADURA. ANUALIDADES 2021-2022-2023 .
1. Introducción.
El presente convenio tiene por objeto la realización de las actividades necesarias para establecer las bases de la estrategia de conservación de la biodiversidad de Extremadura.
En el artículo 52 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se hace expresa referencia a que las Comunidades Autónomas adoptarán las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre.
El artículo 2 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura modificada por la Ley 9/2006, de 23 de diciembre, establece como finalidad de la citada Ley, el mantenimiento de los procesos ecológicos básicos, así como la biodiversidad y la singularidad y diversidad de los paisajes; y la integración en la Red Regional de Áreas Protegidas de Extremadura de aquellos Espacios Naturales Protegidos y zonas de la Red Natura 2000 cuya conservación o restauración lo aconseje y hayan sido declarados como tales tras los estudios e informes pertinentes a solicitud de asociaciones, colectivos, demanda social o a iniciativa de entidades públicas.
El artículo 1 del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestre, señala como objeto de la citada norma, garantizar la biodiversidad en el territorio en que se aplica la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres, mediante la adopción de medidas para la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre en el territorio español, teniendo en cuenta las exigencias económicas sociales, culturales, así como las particularidades regionales o locales.
Por todo lo expuesto anteriormente, para lograr una correcta conservación de la biodiversidad resulta imprescindible plantear una estrategia en aras de compatibilizar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que la componen, asegurando su preservación. Por todo ello, desde la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura se ha considerado necesario establecer una Estrategia de Conservación de la Biodiversidad para asegurar la conservación de los valores naturales de Extremadura.
La Estrategia de Conservación de la Biodiversidad de Extremadura debe marcar las pautas a medio y largo plazo para la protección, restauración y mejora de los hábitats y las áreas protegidas, así como de las especies amenazadas o singulares de la flora y fauna silvestres. Todo ello, procurando su adecuado conocimiento, mantenimiento, ordenación y gestión de manera que se garantice la preservación y uso sostenible de la diversidad biológica y del patrimonio natural de la región extremeña para las generaciones futuras.
Como base de una adecuada planificación, conservación y gestión de la biodiversidad resulta imprescindible mejorar su conocimiento y seguimiento continuo de la situación, dinámica y evolución de las especies de flora y fauna silvestres singulares o amenazadas, así como de los hábitats y áreas protegidas de la región, de conformidad con lo establecido en la normativa regional y estatal aplicables. A tal fin, mediante los estudios e inventarios adecuados, se deben recoger de forma sistemática y permanente la distribución, abundancia y dinámica poblacional de las especies y componentes del medio natural, de los hábitats y ecosistemas que lo conforman, evaluando periódicamente su estado de conservación y renovación, los riesgos y amenazas que les afecten, así como prestando especial atención sobre aquellos que precisen de medidas específicas de conservación o hayan sido declarados protegidos o de interés comunitario.
Por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, gracias a la colaboración indispensable de los Agentes del Medio Natural, se realiza desde hace más de treinta años censos y seguimientos de los valores naturales existentes en Extremadura contando con gran cantidad de información que forma parte de su base datos de Biodiversidad. Sin embargo, se ha constatado la necesidad de proceder a una revisión, y en su caso actualización de la metodología de seguimiento de las especies protegidas, así como proceder a realizar un análisis profundo de todos los datos disponibles con la finalidad de obtener información imprescindible como las tendencias poblacionales, efectos de cambio climático o determinación de amenazas, que sirvan de base para elaborar la Estrategia de Conservación de la Biodiversidad de Extremadura.
Asimismo, para posibilitar la ejecución de medidas de gestión que permita la implantación de la Estrategia de Conservación de la Biodiversidad en Extremadura resulta imprescindible contar con herramientas eficientes de gestión de datos de los valores ambientales de Extremadura. Actualmente, la base de datos de Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad es el instrumento principal de gestión de información de valores ambientales de Extremadura y dispone de una ingente cantidad de datos de especies amenazadas, hábitats naturales, y áreas protegidas, entre otras materias. Estos datos se han recopilado durante más de 30 años mediante censos, trabajos de campo específicos, estudios de investigación, trabajos de fotointerpretación y otros trabajos, utilizándose en muchas ocasiones metodologías distintas. El resultado es una enorme cantidad de datos que no se encuentra convenientemente ordenada, estructurada, identificada, interrelacionada, georreferenciada y analizada. De igual forma, resulta necesario el tratamiento de estos datos cuando se observen dobles registros o datos erróneos e incoherentes.
Para ello, se considerado necesario y oportuno contar con la colaboración de la Universidad de Extremadura, entidad con una elevada experiencia en este tipo de trabajos.
2. Metodología (Acciones a realizar).
Para cumplir el objetivo de este convenio, la realización de actividades necesarias para establecer las bases de la estrategia de conservación de la biodiversidad de Extremadura:
POR PARTE DE LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD:
Respecto a la Revisión del protocolo, programación y metodología de acciones de seguimiento de especies amenazadas, proporcionará los documentos sobre las metodologías de censos actuales y cuantas fichas y documentos deban ser valorados y modificados.
Respecto a los trabajos de Elaboración de estudios detallados de aquellas especies con mayor grado de amenaza o más sensibles, proporcionará cuanta información considere deba ser tratada para el fin, así como el material gráfico que quiera que contenga la memoria de cada especie.
Respecto a la Evaluación, análisis y propuesta de modificación del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, proporcionará toda la información que posea que sea necesaria para la elaboración de la misma.
Respecto al Censo de aves acuáticas y esteparias en los embalses incluidos en las Zonas de Especial Protección de las Aves (ZEPA), participará en la coordinación de los trabajos que deba efectuar la Universidad de Extremadura.
Estas tareas serán realizadas mediante recursos humanos y materiales existentes en el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad no generando un gasto adicional para la administración regional.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Sostenibilidad, nombrará un Director Técnico que asumirá la coordinación de las actuaciones a desarrollar.
POR PARTE DE LA UEX:
Las actuaciones a realizar desde el Grupo de Investigación en Biología de la Conservación (GIC) de la Universidad de Extremadura se corresponden con las descritas en la cláusula segunda del presente convenio.
1. Revisar y actualizar el protocolo, la programación y metodología que utiliza la Junta de Extremadura para recopilar información de las especies de fauna amenazadas recogidas en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. En la revisión de estos protocolos se referirá al seguimiento de las siguientes especies:
Grandes rapaces (águila imperial ibérica, águila real, águila perdicera, buitre negro, alimoche) y cigüeña negra.
Aves esteparias: cernícalo primilla, aguilucho cenizo, avutarda, sisón, ganga ibérica y ganga ortega.
Milano real, tanto invernante como reproductor.
Ictiofauna y herpetofauna.
Aves acuáticas: anátidas y afines, ardeidos y afines y larolimícolas coloniales.
El protocolo deberá tener al menos los siguientes apartados:
a) Características eco-biológicas de la especie que condicionen el censo.
Valoración de aquellas características de la especie, que puedan ser necesarias valorar para el adecuado diseño del censo.
b) Modelo de distribución de la especie.
Análisis del/los patrón/es de distribución de las poblaciones que posteriormente condicionarán el diseño de la metodología propuesta.
c) Distribución espacio-temporal de la especie.
Principales localizaciones, áreas de presencia y de ocupación de las poblaciones de las especies y que puedan facilitar y optimizar el esfuerzo realizado en el censo.
d) Condicionantes del censo de la especie.
Se correspondería con una exposición de aquellos factores ambientales a tener en cuenta para la realización del censo, así como las características eco-biológicas de la especie, que podrían afectar a la efectividad y precisión del censo.
e) Diseño del método propuesto.
Para una optimización de los esfuerzos y presupuestos, siempre que ello sea posible se diseñarán dos metodologías de censos, que tendrán distintas finalidad.
Índices de abundancia. Permitiría conocer las tendencias de las poblaciones pero, a priori, no se conocerían sus tamaños poblaciones. Esta circunstancia solo es posible después del tratamiento comparativo de la información obtenida en años sucesivos.
Evaluación de poblaciones. Pretendería aportar el tamaño real de la población.
f) Temporalización de los censos.
Se presentará un cronograma a diez años con la cadencia de cada uno de los muestreos a realizar, así como de las fechas idóneas para ello.
g) Organización de los datos.
Se propondrá una plantilla que sirva como modelo para la toma de datos y su posterior presentación, para facilitar incorporación a los sistemas de gestión de la información por parte de la Dirección General de Sostenibilidad.
h) Valoración de los censos.
Se realizará para cada censo y/o modalidad una estima del presupuesto necesario para el desarrollo del censo por personal ajeno a la Dirección General de Sostenibilidad.
La actualización de estos protocolos se centrará en los siguientes objetivos:
Homogeneizar la metodología con respecto a otras entidades y administraciones públicas con la finalidad de que los datos puedan ser representativos y comparables entre sí.
Establecer una metodología que optimice los esfuerzos dedicados a la realización de este tipo de acciones disminuyendo, en la medida de lo posible, los costes, así como las necesidades de personal.
Establecer una programación adecuada de las acciones de seguimiento a lo largo de una anualidad, así como un calendario de actuaciones de los próximos 10 años. En esta programación se determinarán las prioridades de las acciones de seguimiento.
Proponer el protocolo de toma de datos e incorporación al Sistema de Información Geográfica de la Dirección General de Sostenibilidad.
2. Elaboración de estudios detallados de aquellas especies con mayor grado de amenaza o más sensibles, para lo cual, la Universidad de Extremadura deberá elaborar un total de 16 estudios detallados destinados a analizar la tendencia poblacional, distribución, estado de conservación, amenazas (valorándose especialmente las especies exóticas invasoras), uso de hábitat, fragmentación de hábitat, conectividad de metapoblaciones, factores antrópicos, y efectos del cambio climático mediante el estudio de la totalidad de los datos disponibles en la Junta de Extremadura así como otra información que se pudiera obtener mediante estudios bibliográficos y otras fuentes. Estos estudios serán elaborados y maquetados de forma que se encuentren listos para su edición, si procede.
El trabajo, específicamente, constará los siguientes apartados:
a) Depuración, homogenización y análisis de la coherencia de la información recibida.
b) Corrección de cuanta información sea necesaria para la realización de los estudios específicos.
c) Elaboración, si procediera, de nuevas coberturas y bases de datos en formatos equivalentes a los recibidos desde la Dirección General de Sostenibilidad.
d) Elaboración de los estudios y su maquetación para posible publicación de los mismos.
e) Modelos predictivos de los efectos del cambio climático así como de la selección de la zona de reproducción en función del estado de conservación del hábitat.
Las especies a considerar serán las siguientes:
Anaecypris hispanica (Jarabugo).
Milvus milvus (Milano real).
Ciconia nigra (Cigüeña negra).
Aquila chrysaetos (Águila real).
Aquila fasciata (Águila perdicera).
Aegypius monachus (Buitre negro).
Neophron percnopterus (Alimoche).
Tetrax tetrax (Sisón).
Otis tarda (Avutarda).
Anátidas y afines.
Ardeidos y afines.
Larolimícolas coloniales y afines.
Aquila adalberti (Águila imperial ibérica).
Circus pygargus (Aguilucho cenizo).
Grus grus (Grulla común).
Comunidad de paseriformes esteparios en Extremadura.
Por motivos debidamente justificados relacionados con la carencia de información suficiente para realizar estos estudios y previa autorización expresa de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, alguna/s de estas especies podrán ser sustituidas y/o en su defecto el contenido de los estudios modificado.
Las memorias deberán poseer el formato señalado en el siguiente párrafo, salvo que la información disponible lo impida. En este caso el nuevo formato deberá ser valorado conjuntamente por los agentes intervinientes en el presente convenio.
El índice de contenidos de tales monografías incluirá los siguientes apartados:
LA ESPECIE (contenido de índole bibliográfico):
Descripción, variación geográfica y taxonomía.
Distribución y población biogeográfica.
Estructura y dinámica de poblaciones.
Selección de hábitat y Ecología trófica.
Biología de la reproducción.
Patrones de comportamiento (p.e., interacción, dispersión, migración, etc).
Estatus de conservación y factores de amenaza.
LA ESPECIE EN EXTREMADURA (resultados empíricos sobre datos e información aportada):
Antecedentes y distribución histórica.
Distribución y población.
Demografía y tendencia poblacional.
Modelos predictivos de la ubicación de la zona de reproducción en función de la distribución y estado de conservación del hábitat seleccionado.
Amenazas y medidas de conservación. Eficacia de las medidas de conservación en Extremadura.
Estado de conservación.
Escenarios futuros y cambio climático.
Modelos predictivos de la influencia del cambio climático en la distribución de la especie en Extremadura.
CONCLUSIONES.
BIBLIOGRAFÍA.
3. Evaluación, análisis y propuesta de modificación del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, regulado por el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. En este Catálogo se incluyen aquellas especies de flora y fauna silvestres que requieren medidas específicas de protección, atendiendo a su rareza, singularidad, representatividad o excepcionalidad en Extremadura.
Este catálogo ha sufrido, desde su aprobación, diversas modificaciones puntuales destinadas fundamentalmente a cambios del grado de amenaza de determinadas especies. Sin embargo, este catálogo requiere de una actualización profunda y en detalle destinado a actualizar el grado de amenaza de gran cantidad de especies silvestres, así como establecer nuevas categorías de amenaza de acuerdo con el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Previo al desarrollo del estudio sería necesario aclarar las categorías del mencionado Catalogo Regional de Especies Amenazadas, ya que actualmente existe una disfunción entre el Catalogo Nacional y el Regional, con categorías diferentes en cada uno de ellos.
Una vez aclarada esta premisa, la metodología a aplicar sería la propuesta por Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, 2001), pero adaptando sus categorías a lo señalado por la legislación regional. Para ello se utilizará el Software Red-List diseñado y propuesto por la UICN, siendo necesario la evaluación de los datos existente para cada una de las especies en un escenario de incertidumbre (UICN,2001).
La aplicación de la metodología anteriormente señalada implicará el conocimiento de los siguientes aspectos de las poblaciones:
VARIACIONES DE LA POBLACIÓN POR CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES VARIABLES O METODOLOGÍAS:
Observación directa.
Un índice de abundancia apropiado para el taxón.
Una reducción del área de ocupación, extensión de presencia y/o calidad de hábitat.
Niveles de explotación reales o potenciales.
Efectos de taxones introducidos, hibridación, patógenos, contaminantes, competidores o parásitos.
EXTENSIÓN DE PRESENCIA Y OCUPACIÓN DE LAS POBLACIONES Y SU ASOCIACIÓN A LAS SIGUIENTES VARIABLES:
Área, extensión y/o calidad de hábitat.
Número de localidades o subpoblaciones.
Número de individuos maduros.
ESTIMACIÓN DEL TAMAÑO POBLACIONAL REAL Y REPRODUCTOR.
4. La Universidad de Extremadura deberá ejecutar el Censo de aves acuáticas en la totalidad de embalses y otras masas de agua de interés, así como el censo o, en su caso según especie, estimas de abundancia de aves esteparias. En ambos casos, el ámbito geográfico de actuación se limitará a las Zonas de Especial Protección para las Aves de Extremadura.
Se realizará un censo de invernantes y otro de reproductores que cubran los siguientes grupos:
Anátidas y afines.
Larolimícolas coloniales.
Ardeidas y afines.
Aves esteparias.
Las zonas a censar que se incluyen en este apartado corresponden con las señaladas como prioritarias según el Anexo II.
5. Directrices Básicas de Ordenación de los Recursos Naturales. La Ley 8/98 de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura establece en su artículo 8, que estas son el instrumento genérico de planificación en el ámbito de nuestra comunidad autónoma. El objeto de dichas directrices será el establecimiento de criterios y normas generales de carácter básico que regulen la gestión y el uso de los recursos naturales. En relación lo señalado la Universidad de Extremadura deberá elaborar los siguientes documentos:
Procesos, criterios y variables para la selección de los hábitats y especies a proteger.
Valoración de la actual Red de Espacios Protegidos de Extremadura y sus relaciones transfronterizas, incluyendo las necesidades derivadas de ellas.
El diseño y los criterios básicos del Plan de Investigación Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad, dentro de los criterios generales del Plan Regional de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Extremadura.
6. Trabajos de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad.
Se deberán realizar los trabajos de modificación y adecuación de la base de datos de Biodiversidad de la Dirección General de Sostenibilidad consistentes en la realización de las siguientes acciones:
Diseño y construcción de la estructura.
Identificación y definición de las tablas de códigos necesarias para los diferentes campos/variables.
Diseño de la interrelación entre las diferentes tablas: definición de campos claves.
Asimismo, se deberá efectuar un análisis de toda la información ambiental existente en la citada base de datos, procediéndose a su adecuada identificación, interrelación, georreferenciación y tratamiento cuando sea necesario.
Una vez finalizados los trabajos de adecuación de la Base de Datos de Biodiversidad y el tratamiento de datos descrito, se procederá a la incorporación de los mismos a la citada base de datos.
Finalmente, se incorporarán a la Base de Datos de Biodiversidad otros datos de estudios bibliográficos o trabajos externos cuya información resulte de interés.
Una vez finalizados los trabajos, se procederá a la elaboración de un manual de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad y se realizará una jornada de información de los trabajos realizados al personal adscrito a la Dirección General de Sostenibilidad.
7. Los trabajos detallados en los apartados anteriores, según la programación prevista, se remitirá en un plazo no superior a un mes desde la finalización de los trabajos, y en cualquier caso antes del 20 de diciembre de cada anualidad.
8. La Universidad de Extremadura nombrará a un responsable que asumirá la función de coordinación científico/técnica a desarrollar.
3. Aportación económica.
Dado que el cálculo del presupuesto del presente convenio se ha realizado en base a los datos disponibles en el momento de su elaboración sin tener en cuenta aquellos acontecimientos que puedan producirse y desconocidos en ese momento, cabe reseñar que estas estimaciones igualmente, quedan afectadas a la evolución de cada una de las actuaciones. En este sentido, y motivado por la ocurrencia de variaciones no previstas en el convenio suscrito, el desglose del presupuesto de gastos asignado por anualidades previsto en el ANEXO I del convenio, podrá sufrir variaciones de hasta un 20% de la cuantía total anual entre los importes previstos para las subpartidas económicas y acciones, sin que en ningún caso estas modificaciones supongan un aumento del presupuesto total del convenio, del importe de cada actuación, ni un cambio de las aportaciones anuales consignadas. Estas modificaciones tendrán la consideración de no sustanciales y se deberán comunicar por parte de la Universidad de Extremadura a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en el momento de presentar la certificación. Las variaciones en un porcentaje superior al 20 % de la cuantía total anual requerirán en todo caso autorización previa por Consejo de Gobierno.
En el marco del presente convenio, la Universidad de Extremadura destinará al menos seis trabajadores, para la ejecución de las actuaciones previstas en el mismo:
1 Catedrático de Universidad a jornada parcial.
1 Profesor Titular de la Universidad a jornada parcial.
2 Personal Científico Investigador a jornada parcial.
2 Personal Científico Investigador a jornada total.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, realizará la siguiente aportación económica para el desarrollo de los trabajos:
ACTUACIONES
|
Estudio
|
Maquetación
|
DESGLOSE ECONÓMICO (subpartidas económicas)
|
|
---|
ACTUACIÓN 1
|
Revision de protocolo, programación y metodología de acciones de seguimiento de especies amenazadas.
|
TOTAL
|
18.150,00 €
|
2021
|
2022
|
2023
|
2024
|
ACCIÓN N.º 1
|
Grandes rapaces y cigüeña negra (águila imperial ibérica, águila real, águila perdicera, buitre negro, alimoche y cigüeña negra)
|
3.630,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
2.178,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
726,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
726,00 €
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 2
|
Aves esteparias: cernicalo primilla, avutarda, sisón, aguilucho cenizo, ganga ibérica y ganga ortega.
|
4.840,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
2.904,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
968,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
968,00 €
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 3
|
Milano real,invernante y reproductor
|
1.210,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
726,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
242,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
242,00 €
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 4
|
Ictiofauna y herpetofauna.
|
3.630,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
2.178,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
726,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
726,00 €
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 5
|
Aves acuaticas: anátidas, ardeidos y larolimícolas coloniales.
|
4.840,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
2.904,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
968,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
968,00 €
|
|
|
|
ACTUACIÓN 2
|
Elaboración de estudios detallados de aquellas especies con mayor grado de amenaza o mas sensibles
|
TOTAL: 101.640,00 €
|
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 1
|
Anaecypris hispánica (Jarabugo)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
5.082,00 €
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 2
|
Milvus milvus (Milano real)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
5.082,00 €
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 3
|
Ciconia nigra (Cigüeña negra)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
5.082,00 €
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 4
|
Aquila chrysaetos (Águila real)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
5.082,00 €
|
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
1.694,00 €
|
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
1.694,00 €
|
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 5
|
Hiraetus fasciatus (Águila perdicera)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
5.082,00 €
|
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
1.694,00 €
|
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
1.694,00 €
|
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 6
|
Aegypius monachus (Buitre negro)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
5.082,00 €
|
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
1.694,00 €
|
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
1.694,00 €
|
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 7
|
Neophron percnopterus (Alimoche)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
5.082,00 €
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 8
|
Tetrax tetrax (Sisón)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
5.082,00 €
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 9
|
Otis tarda (Avutarda)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
5.082,00 €
|
2.667,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
1.694,00 €
|
889,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 10
|
Anátidas y afines
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
2.583,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 11
|
Ardeidos y afines
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
2.583,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 12
|
Larolimícolas y afines
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
2.583,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 13
|
Aquila adalberti (Águila Imperial ibérica)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
ACCIÓN N.º 14
|
Circus pygargus (Aguilucho cenizo)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
ACCIÓN N.º 15
|
Grus grus (Grulla común)
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
ACCIÓN N.º 16
|
Comunidad de paseriformes esteparios en Extremadura
|
11.100,00 €
|
1.815,00 €
|
Personal y servicios:
|
|
|
|
7.749,00 €
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
|
2.583,00 €
|
ACTUACIÓN 3
|
Evaluación, análisis y propuesta de modificación del Catálogo Regional de Especies Amenazadas
|
TOTAL: 102.850,00 €
|
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 1
|
Entrega Preliminar
|
48.400,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
29.040,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
9.680,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
9.680,00 €
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 2
|
Entrega definitiva
|
54.450,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
32.670,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
10.890,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
10.890,00 €
|
|
|
ACTUACIÓN 4
|
Censo de aves en los embalses incluidos en las Zonas de Especial Proteccion de las Aves (ZEPA)
|
TOTAL: 84.700,00 €
|
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 1
|
Censo de aves acuáticas-Entrega preliminar
|
30.250,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
18.150,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
6.050,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
6.050,00 €
|
|
|
ACCIÓN N.º 2
|
Censo de aves acuáticas- Entrega definitiva
|
24.200,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
|
14.520,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
4.840,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
4.840,00 €
|
|
ACCIÓN N.º 3
|
Censo de aves esteparias- Entrega preliminar
|
24.200,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
14.520,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
4.840,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
4.840,00 €
|
|
|
ACCIÓN N.º 4
|
Censo de aves esteparias- Entrega definitiva
|
6.050,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
|
3.630,00 €
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
1.210,00 €
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
1.210,00 €
|
|
ACTUACIÓN 5
|
Directrices básicas de Ordenación de los Recursos Naturales
|
TOTAL: 114.950,00 €
|
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 1
|
Procesos, criterios y variables para el habitat
|
84.700,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
50.820,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
16.940,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
16.940,00 €
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 2
|
Valoración de la actual Red de Espacios protegidos
|
18.150,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
10.890,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
3.630,00 €
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
3.630,00 €
|
|
|
ACCIÓN N.º 3
|
Diseño y criterios básicos del Plan de Investigación
|
12.100,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
7.260,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
2.420,00 €
|
|
|
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
2.420,00 €
|
|
|
|
ACTUACIÓN 6
|
Trabajos de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad de la DGS
|
TOTAL: 114.950,00 €
|
|
|
|
|
ACCIÓN N.º 1
|
Modificación, adecuación, análisis e incorporación de los datos, elaboración de manual y jornada de información
|
250.000,00 €
|
|
Personal y servicios:
|
|
|
60.000,00 €
|
90.000,00 €
|
|
|
|
|
Recursos materiales:
|
|
|
20.000,00 €
|
30.000,00 €
|
|
|
|
|
Dietas y Kilometraje:
|
|
|
20.000,00 €
|
30.000,00 €
|
TOTAL PRESUPUESTO DEL CONVENIO
|
188.760,00 €
|
177.870,00 €
|
209.000,00 €
|
201.660,00 €
|
Programación de los trabajos por anualidades:
DESGLOSE DE IMPORTES POR ANUALIDADES
|
2021
|
2022
|
2023
|
2024
|
---|
Revisión de protocolo, programación y metodología de acciones de seguimiento de especies amenazadas.
|
18.150,00 €
|
|
|
|
Grandes rapaces y cigüeña negra (águila imperial ibérica, águila real, águila perdicera, buitre negro, alimoche y cigüeña negra)
|
|
|
|
|
Aves esteparias: cernicalo primilla, avutarda, sisón, aguilucho cenizo, ganga ibérica y ganga ortega.
|
|
|
|
|
Milano real, tanto invernante como reproductor
|
|
|
|
|
Ictiofauna y herpetofauna.
|
|
|
|
|
Aves acuaticas: anátidas, ardeidos y larolimícolas coloniales.
|
|
|
|
|
Elaboración de estudios detallados de aquellas especies con mayor grado de amenaza o mas sensibles
|
|
|
|
|
Anaecypris hispánica (Jarabugo)
|
|
8.470,00 €
|
4.445,00 €
|
|
Milvus milvus (Milano real)
|
|
8.470,00 €
|
4.445,00 €
|
|
Ciconia nigra (Cigüeña negra)
|
|
8.470,00 €
|
4.445,00 €
|
|
Aquila chrysaetos (Águila real)
|
8.470,00 €
|
|
4.445,00 €
|
|
Hiraetus fasciatus (Águila perdicera)
|
8.470,00 €
|
|
4.445,00 €
|
|
Aegypius monachus (Buitre negro)
|
8.470,00 €
|
|
4.445,00 €
|
|
Neophron percnopterus (Alimoche)
|
|
8.470,00 €
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4.445,00 €
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Tetrax tetrax (Sisón)
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8.470,00 €
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4.445,00 €
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Otis tarda (Avutarda)
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8.470,00 €
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4.445,00 €
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Anátidas y afines
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12.915,00 €
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Ardeidos y afines
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12.915,00 €
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Larolimícolas y afines
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12.915,00 €
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Aquila adalberti (Águila imperial ibérica)
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12.915,00 €
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Circus pygargus (Aguilucho cenizo)
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12.915,00 €
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Grus grus (Grulla común)
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12.915,00 €
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Comunidad de paseriformes esteparios en Extremadura
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12.915,00 €
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Evaluación, análisis y propuesta de modificación del Catálogo Regional de Especies Amenazadas
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Entrega Preliminar
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48.400,00 €
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Entrega definitiva
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54.450,00 €
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Censo de aves en los embalses incluidos en las Zonas de Especial Protección de las Aves (ZEPA)
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Censo de aves acuáticas-Entrega preliminar
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30.250,00 €
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Censo de aves acuáticas- Entrega definitiva
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24.200,00 €
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Censo de aves esteparias- Entrega preliminar
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24.200,00 €
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Censo de aves esteparias- Entrega definitiva
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6.050,00 €
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Directrices básicas de Ordenación de los Recursos Naturales
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Procesos, criterios y variables para el hábitat
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84.700,00 €
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Valoración de la actual Red de Espacios protegidos
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18.150,00 €
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Diseño y criterios básicos del Plan de Investigación
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12.100,00 €
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Trabajos de gestión de la Base de Datos de Biodiversidad
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100.000,00 €
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150.000,00 €
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Modificación y adecuación de la base de datos
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Análisis de la información ambiental
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Incorporación de la información ambiental a la base de datos
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Elaboración de manual y jornada de información
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TOTAL PRESUPUESTO DEL CONVENIO
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188.760,00 €
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177.870,00 €
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209.000,00 €
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201.660,00 €
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