Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, por la que se autoriza la ampliación del horario de cierre de los establecimientos públicos por motivo del Carnaval.
DOE Número: 29
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 10 de febrero de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Establecimientos Públicos. Horario.
Página Inicio: 9419
Página Fin: 9420
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Traspasadas a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de espectáculos públicos por Real Decreto 57/1995, de 24 de enero, y atribuido a esta Dirección General su ejercicio por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las fiestas del Carnaval se consideran tradicionales y de interés cultural y turístico en muchas localidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura, lo que supone una mayor afluencia de vecinos y visitantes a nuestras poblaciones. Por ello, se estima conveniente prorrogar los horarios autorizados de cierre de establecimientos públicos con motivo de estas fiestas.
Esta ampliación de horario afectará únicamente al interior de los locales. No será de aplicación a las terrazas vinculadas a los mismos, que seguirán operando con el régimen horario habitual, conforme a lo regulado por las diferentes ordenanzas municipales.
Esta Dirección General, haciendo uso de las facultades que le confiere el apartado 9.º del artículo 3 del Decreto 124/1997, de 21 de octubre, que modifica el Decreto 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos, en relación con el apartado g) del artículo 6 de la Orden de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos y actividades recreativas (DOE n.º 109, de 19 de septiembre), y de conformidad con lo establecido en los artículos 7.c) y 40.2 de la Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 9 de abril),
RESUELVE:
Primero. Prorrogar dos horas, con carácter general y para todos los establecimientos públicos principales situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el horario de cierre establecido según el grupo en el que se encuadre conforme al artículo 4.º de la Orden de la Consejería de Presidencia de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas, durante las madrugadas que transcurren entre los días 17 y 19 de febrero de 2023 y la madrugada del 20 de febrero al 21 de febrero de 2023.
Segundo. La citada autorización de horarios especiales no genera ni reconoce derechos futuros, estando sometida en todo momento al cumplimiento de los requisitos establecidos para su concesión, sin perjuicio de las limitaciones impuestas por la normativa existente en materia de contaminación ambiental y acústica, de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 40 de la Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 2 de febrero de 2023.
La Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior,
NIEVES VILLAR FRESNO

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal