RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se modifica el anexo IV de la Resolución de 22 de agosto de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte correspondiente al año 2022.
TEXTO ORIGINAL
ANTECEDENTES:
1. Por la Orden de 27 de junio de 2022 de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes se aprueban las bases reguladoras para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte (DOE n.º 131 de 8 de julio).
2. Por Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Secretaría General, se efectúa la convocatoria para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte correspondiente al año 2022 (DOE n.º 169 de 1 de septiembre).
3. En el Anexo IV de la Resolución de 22 de agosto de 2022, se establece la información sobre protección de los datos de carácter personal, la cual debe ser adaptada a las exigencias de la normativa en materia de protección de datos, en concreto, a lo previsto por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (RGPD) y por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
1. La Consejería competente en materia de deportes es la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes conforme al artículo 3 del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, donde se determina que la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes ejercerá las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural y deportes así como las de turismo.
2. El artículo 4 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, RGPD), define la figura de encargado de tratamiento como la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trate datos personales por cualquier tercero adjudicatario de un contrato, encargo o convenio que conlleve el tratamiento de datos de carácter personal en nombre de la ACAEX, deberá ser constituido como Encargado de Tratamiento . Asimismo el RGPD regula la relación entre el responsable y el encargado de tratamiento en varios puntos de su articulado, así el artículo 29 del RGPD recoge que El encargado del tratamiento y cualquier persona que actúe bajo la autoridad del responsable o del encargado y tenga acceso a datos personales solo podrán tratar dichos datos siguiendo instrucciones del responsable, a no ser que estén obligados a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros , lo cual debe ponerse en relación con lo recogido en el artículo 28 respecto de “Cuando se vaya a realizar un tratamiento por cuenta de un responsable del tratamiento, este elegirá únicamente un encargado que ofrezca garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos del presente Reglamento y garantice la protección de los derechos del interesado”. El artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales regula igualmente los contratos de encargo de tratamiento. En virtud de lo expuesto es preciso modificar el contenido del citado Anexo IV.
3. De conformidad con el artículo 2 de la Orden de 27 de junio de 2022 de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte (D.O.E n.º 131de 8 de julio), la autorización previa a la concesión, así como las funciones derivadas de la exigencia de reintegro y de la imposición de sanciones, se ejercerán por los órganos competentes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, que se determinan en las bases, sin perjuicio de las funciones de control y demás potestades administrativas que corresponda al resto de órganos de la Administración competentes en cada caso.
4. Entre las potestades administrativas que corresponden a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes está la protección de datos de carácter personal, atribuida a la persona titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los antecedentes y fundamentos precedentes, en el ejercicio de las competencias que tengo legalmente atribuidas,
RESUELVO:
Único. Modificar el Anexo IV de la Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte correspondiente al año 2022 (DOE n.º 169 de 1 de septiembre), que queda redactado en los siguientes términos:
ANEXO IV
Información sobre Protección de Datos de Carácter Personal
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RESPONSABLE del Tratamiento
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Persona Titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes Av. Valhondo s/n. Módulo 6, 4ª planta. 06800, Mérida (Badajoz). Teléfonos: 924 00 74 22 Correo electrónico: dgd@juntaex.es Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es
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FINALIDAD del Tratamiento
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El tratamiento de los datos se realiza con la finalidad de la ordenación, instrucción y comprobación de la concesión de las becas MUJEREXT para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte para el año 2022.
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LEGITIMACIÓNdel Tratamiento
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La legitimación para el tratamiento reside en el ejercicio de poderes públicos y en el cumplimiento de una obligación legal del Responsable del Tratamiento (artículo 6.1 e) y c) del RGPD). La Base Jurídica de la finalidad del tratamiento se encuentra en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden de 27 de junio de 2022 de la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte (DOE n.º 131 de 8 de julio).
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PLAZO DE CONSERVACIÓN de los datos
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Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.La información será conservada de forma indefinida hasta el cese de la relación del interesado con la Administración y se conservarán con fines de investigación histórica o fines estadísticos de acuerdo con la normativa vigente. Finalizado el expediente y los plazos legalmente previstos en la normativa aplicable, los datos serán trasladados al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa vigente.
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DESTINATARIOS de cesiones o transferencias
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Conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la convocatoria, la Fundación Jóvenes y Deporte es la Encargada del tratamiento de datos personales.No están previstas transferencias internacionales de datos ni otras cesiones de datos.Sin embargo a lo anterior, los datos podrán cederse a otros organismos u órganos de la Administración Pública, sin precisar el previo consentimiento de la interesada, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley.
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DERECHOSde las personas interesadas
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A obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos. A acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado.En determinados supuestos en que el tratamiento no esté legitimado en el interés público o ejercicio de poderes públicos, el interesado podrá ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos que se traten de forma automatizada y que hayan sido proporcionados por él mismo, con su consentimiento o en el cumplimiento de un contrato.Así mismo, en determinadas circunstancias el interesado podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.También en determinadas circunstancias, pero exclusivamente por motivos derivados de su situación particular, el interesado podrá oponerse al tratamiento de sus datos.El interesado tiene derecho a revocar, en cualquier momento, el consentimiento (si fuera este la legitimación para el tratamiento) para cualquiera de los tratamientos para los que lo haya otorgado.Estos derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, podrán ejercerse conforme a la Guía Informativa y Modelos disponibles al efecto en el Portal de Juntaex de la Junta de Extremadura.Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acción judicial, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es).
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PROCEDENCIA de los datos
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Se obtienen directamente del interesado o de su representante legal, y por la Dirección General de Deportes de otras Administraciones, electrónicamente, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos y otros sistemas electrónicos habilitados. Las categorías de datos que se tratan son:Datos identificativos y de características personales.Datos tributarios y de seguridad social.Datos económicos y académicos.Datos de carácter administrativo y/o social.No se tratan datos especialmente protegidos.
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Mérida, 23 de diciembre de 2022.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ