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EXTRACTO del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo y se aprueba la primera convocatoria, para el periodo 2023-2024, de las subvenciones para el Programa IV: "Ayudas al establecimiento de personas ocupadas como trabajadoras autónomas".
DOE Número: 31
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 14 de febrero de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Fomento del empleo. Ayudas.
Página Inicio: 9807
Página Fin: 9808
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 675163
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas al establecimiento de personas ocupadas en el régimen general por cuenta ajena, como trabajadoras por cuenta propia o autónomas.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa IV, las personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
No podrán ser beneficiarias de las ayudas de este programa las personas empleadas públicas al servicio de cualquier administración.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV para el período 2023-2024.
Cuarto. Cuantías e importes.
El importe total de crédito para el Programa IV en la convocatoria es de 650.000,00 euros, con cargo a los créditos del Servicio Extremeño Público de Empleo para los ejercicios 2023 y 2024, en el siguiente código presupuestario:
20001389 Fomento del autoempleo , financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma (CA) por un importe total de 650.000,00 euros, correspondientes al ejercicio 2023, posición presupuestaria G/242A/470.00.
En cuanto a la cuantía de las ayudas, se establece una subvención de 5.000,00 euros para cada persona beneficiaria que reúna los requisitos establecidos en la convocatoria y en el decreto de bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria, en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes del citado inicio.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto con la convocatoria, están disponibles en la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://sede.gobex.es/SEDE/ e, igualmente, se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución de 29/10/2020,DOE n.º 214, de 05/11/2020).
VÍCTOR M. GARCÍA VEGA

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