ANUNCIO de 5 de febrero de 2023 sobre la Oferta de Empleo Público para el año 2023.
DOE Número: 32
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 15 de febrero de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE CASAS DE DON PEDRO
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 10230
Página Fin: 10231
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 5 de febrero de 2023, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la plaza que a continuación se reseña para el año 2023.
FUNCIONARIO DE CARRERA:
CLASE
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ESCALA POLICÍA
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CATEGORÍA
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DENOMINACIÓN
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VACANTE
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GRUPO / SUBGRUPO
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CLASIFICACIÓN (NIVEL DE DESTINO)
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COMPLEMENTO ESPECÍFICO (anual)
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SISTEMA DE ACCESO
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OBSERVACIÓN
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Policía Local
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Básica o Ejecutiva
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Agente
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Agente de Policía Local
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1
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C1
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18
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10.004,17 €
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Oposición
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Se hace constar que la plaza que se incluye ha quedado vacante por movilidad en enero de 2023 y debe restarse a la tasa de reposición del ejercicio siguiente
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En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho.
Casas de Don Pedro, 5 de febrero de 2023. El Alcalde, ANTONIO ROMERO JAROSO.