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Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición del órgano colegiado de valoración del procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, convocado por Resolución de 23 de enero de 2023.
DOE Número: 340
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 17 de febrero de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de educación y empleo
Rango: Resolución
Descriptores: Personal Docente. Integración.
Página Inicio: 10703
Página Fin: 10704
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 23 de enero de 2023 (Diario Oficial de Extremadura número 19, de 27 de enero), del procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, establece en la base novena apartado 1, que para la valoración de las solicitudes presentadas, la Dirección General de Personal Docente designará el oportuno órgano colegido de carácter técnico, el cual estará integrado por una presidencia y al menos cuatro vocalías, designadas entre los funcionarios de la Consejería de Educación y Empleo, y las funciones de secretaría serán ejercidas por uno de los vocales.
De conformidad con lo anterior, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Proceder a la designación de las personas integrantes del órgano colegiado de valoración:
Presidente: D. Juan Manuel Vitar González.
Vocales: D.ª Inmaculada Sánchez Estrada.
D. César Bravo Jiménez.
D.ª M.ª del Carmen Montaño Cabezas.
D.ª María Jesús Lavado Toro, que actuará como secretaria.
Presidente suplente:
D.ª Inmaculada Sánchez Estrada.
Secretaria suplente:
D.ª M.ª del Carmen Montaño Cabezas.
Segundo. Aquellas personas integrantes que se hallen incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicar por escrito en el plazo de diez días naturales la causa de su abstención. Asimismo, las personas interesadas podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas según lo previsto en el artículo 24 de la citada ley.
Mérida, 10 de febrero de 2023.
La Directora General de Personal Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ

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