Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Secretaría General, de concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora 2022.
TEXTO ORIGINAL
Mediante la Orden de 21 de septiembre de 2022 (DOE n.º 189, de 30 de septiembre) se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora, publicándose con posterioridad en el DOE número 216, de 10 de noviembre, la Resolución de 31 de octubre de 2022 por la que se realiza la convocatoria de los Premios Extremadura Región Emprendedora, para la anualidad 2022.
Siguiendo con lo establecido en el artículo octavo de la Orden de bases reguladoras, el procedimiento de concesión de los premios es el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.
En la Resolución de la convocatoria se estableció como plazo de presentación de solicitudes un mes a partir del día siguiente a su publicación en DOE, finalizando por tanto dicho plazo el 12 de diciembre de 2022, durante ese periodo se recibieron 113 candidaturas.
Una vez analizada la documentación presentada en las candidaturas, se emitió informe por parte del órgano instructor que fue elevado a la Comisión de Valoración, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Orden de bases reguladoras.
La Comisión de Valoración procedió a valorar las diferentes candidaturas en sesión celebrada el 6 de febrero de 2023, habiéndose emitido acta e informe vinculante acerca de la valoración realizada por aplicación de los criterios establecidos en los artículos 6 y 7 de la Orden de bases reguladoras.
Por todo ello, de conformidad con la propuesta del órgano instructor de fecha 8 de febrero de 2023, y conforme con los resultados alcanzados en la puntuación obtenida para cada una de las categorías de premios, recogidos en el Acta e informe de la Comisión de Valoración de fecha 6 de febrero de 2023, y con el artículo 14 de la Orden de 21 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora,
RESUELVO:
Primero. Conceder los Premios Extremadura Región Emprendedora en su convocatoria 2022, a las personas y entidades señaladas en el ANEXO I a la presente resolución, por un importe económico total de 100.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 14004.323A.470.00, Código de Proyecto de Gasto 20180204 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
El abono de los premios se realizará en un solo pago tras la emisión de la presente resolución de concesión de los mismos, debiendo los premiados cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Para la categoría Personas Emprendedoras con Ideas Empresariales, las premiadas deberán justificar, en un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de emisión de la presente resolución de concesión de los premios, que el importe de este ha sido destinado a sufragar algún tipo de gasto y/o inversiones relacionadas con la puesta en marcha de la actividad empresarial premiada. Para ello deberán aportar facturas con sus justificantes de pago, así como una breve memoria descriptiva de las actuaciones llevadas a cabo, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 16 de la Orden de 21 de septiembre de 2022.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, en su caso, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida.
c) Cualquier otra obligación prevista en la Orden de 21 de septiembre de 2022 (DOE n.º 189, de 30 de septiembre) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora y en las recogidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Desestimar las candidaturas presentadas por las personas y entidades relacionadas en el ANEXO II, al no haber sido seleccionados como beneficiarios, conforme a la puntuación alcanzada en el procedimiento de valoración en régimen de concurrencia competitiva llevado a cabo.
Tercero. Notificar la presente resolución de concesión mediante su publicación en el Diario Oficial de Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Orden de 21 de septiembre de 2022.
Contra la presente resolución, puede interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en DOE con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime oportuno.
Mérida, 16 de febrero de 2023.
El Secretario General,
PD, Res. de 21 de julio de 2019(DOE n.º 163, de 23 de agosto),
La Directora General de Empresa,
ANA MARÍA VEGA FERNÁNDEZ