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DECRETO 13/2023, de 22 de febrero, sobre declaración de interés general y urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "Vía ciclista urbana y senda peatonal en el Camino de los Carboneros - Universidad para conexión de Ronda Puente Vadillo con campus universitario de Cáceres".
DOE Número: 40
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 28 de febrero de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: DECRETO
Descriptores: Expropiaciones.
Página Inicio: 12445
Página Fin: 12449
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TEXTO ORIGINAL
LOGOS
La Comunidad Autónoma de Extremadura ostenta competencias exclusivas en el ámbito de los transportes terrestres y fluviales, centros de transporte, logística y distribución situados en Extremadura, aeropuertos, helipuertos, puertos deportivos y otras infraestructuras de transporte que no sean de interés general; participación en la planificación y, en su caso, ejecución y gestión de las infraestructuras de interés general en la Comunidad Autónoma en los términos que establezca la legislación del Estado.
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 41/2021, de 2 de diciembre, en relación con el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de planificación, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras viarias, así como la ordenación de los servicios de transporte por carretera y la planificación y ejecución de programas de dotación de infraestructura de transportes.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética establece en su artículo 14, como medida para la promoción de una movilidad sin emisiones, la obligación de los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares de adoptar, antes de 2023, planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos medidas para facilitar los desplazamientos a pie, en bicicleta u otros medios de transporte activo, asociándolos con hábitos de vida saludables, así como corredores verdes intraurbanos que conecten los espacios verdes con las grandes áreas verdes periurbanas.
Esta medida se inscribe dentro de los proyectos de inversión de ejecución directa por las Comunidades Autónomas comprendidos en el Componente 1 denominado Plan de Choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos , Inversión I Proyectos de inversión en actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma que contribuyen al objeto de creación o funcionamiento de zonas de bajas emisiones en los entornos metropolitanos o a la transformación digital o sostenible del transporte , del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por el Consejo Europeo de 13 de julio de 2021, que otorga competencia a las Comunidades Autónomas para la ejecución de este tipo de medidas, adquiriendo de esta manera causa de interés general y utilidad pública a efectos de la expropiación de los terrenos necesarios para ejecutar estas inversiones.
Así, el plan de choque tiene entre sus objetivos apostar por la descarbonización en la movilidad urbana y metropolitana y la mejora de la calidad del aire en nuestras ciudades, invirtiendo en infraestructuras y servicios de movilidad verdes y sostenibles, que también sirva de palanca para la digitalización de la movilidad urbana y metropolitana, contribuyendo a la mejora de la calidad del servicio de transporte y movilidad, a la facilidad de uso del transporte sostenible por parte de los ciudadanos, a la mejora de su accesibilidad y a la mayor eficiencia en la planificación de la movilidad que pueden alcanzar las administraciones competentes gracias a las herramientas digitales.
En concordancia con lo anteriormente expuesto, se ha aprobado el proyecto de Vía ciclista urbana y senda peatonal en el Camino de los Carboneros Universidad para conexión de Ronda Puente Vadillo con campus universitario de Cáceres , con fecha 5 de octubre de 2022. La vía denominada Camino de los Carboneros conecta la ciudad de Cáceres con el campus universitario. Se trata de una vía abierta al tráfico rodado, carente de arcenes, de manera que los desplazamientos en vehículos motorizados, en bicicletas y peatonales son coincidentes en el espacio, lo que supone un problema desde el punto de vista de la seguridad vial, y además no favorece los desplazamientos en modos de transporte no motorizados.
El proyecto de inversión incluye el ensanche de la vía existente para ejecutar un carril ciclista y una senda peatonal paralela, con el fin de mejorar la seguridad vial, promover los desplazamientos peatonales como otra forma de movilidad activa, sostenible y saludable, y también prevenir que esta forma de desplazamiento no suponga la ocupación del carril ciclista. El proyecto incluye también la instalación de alumbrado, plantación de arbolado y riego.
Al tratarse de una obra lineal, se produce la afectación de diversas parcelas y terrenos a lo largo de la traza de la infraestructura, por lo que se requiere la disposición de estos terrenos para la ejecución de las obras a través del mecanismo de la expropiación.
En relación con el procedimiento de expropiación, se ha practicado información pública por Resolución de 25 de noviembre de 2022 (DOE n.º 244, de 22 de diciembre de 2022). Igualmente se han practicado notificaciones individuales de este trámite a los posibles particulares afectados, y así mismo las demás publicaciones exigidas legalmente, incluido el BOE, por desconocerse los titulares de una de las fincas afectadas, habiéndose recibido alegaciones dentro del plazo al efecto concedido de Doña María Magdalena y Doña María Guadalupe Chaves Jiménez. Se ha dado respuesta a las alegaciones recibidas, constando en el expediente acreditación de lo actuado. En ANEXO al presente decreto se publica la relación de bienes y derechos y titulares afectados a resultas del trámite de información pública.
En este marco general es necesario destacar que se está ante un evidente problema de seguridad vial, por lo que disponer de los terrenos antes de llegar a un acuerdo sobre el justiprecio, a través del procedimiento de urgencia de la ocupación, dentro de la legalidad vigente, posibilitaría el inicio de las obras en el menor tiempo posible. Con ello se lograría dar solución a los problemas de seguridad vial actuales que ponen en peligro la integridad de personas y bienes. Y, además, se cumpliría con la planificación aprobada con la UE, al tratarse de una actuación financiada por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Unión Europea.
A lo anterior, hay que sumar una serie de aspectos específicos que motivan la urgente ocupación de los terrenos en el ámbito del área urbana y periurbana denominada Camino de los Carboneros, todos ellos encaminados a la mejora de la seguridad vial como finalidad principal. Son los siguientes:
1. Habilitar la conexión en condiciones de seguridad para peatones y ciclistas que garantice la accesibilidad y conectividad de estas zonas de la ciudad de Cáceres.
2. Incremento del flujo de peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal al crear un itinerario atractivo, con una conexión rápida, directa y segura, dentro del entorno urbano, favoreciendo una movilidad activa y saludable.
3. Potenciar la movilidad urbana sostenible para minimizar el impacto del transporte urbano en el medio ambiente, para mejorar la calidad de vida y la salud de los habitantes de las ciudades, mientras satisface de manera eficiente las necesidades de transporte de la población.
4. Minimizar los desplazamientos en vehículo privado y favorecer la movilidad sostenible con modos no motorizados.
5. Reducción de los desplazamientos en vehículos particulares, lo que disminuirá la emisión de gases de efecto invernadero, contribuyendo de forma significativa a las ZBE de Cáceres; será a su vez una vía verde en gran parte del trazado por la inclusión de arbolado en zona urbana.
6. Garantizar el tránsito en condiciones de seguridad de parte de la comunidad universitaria que estudia, trabaja y reside en el campus cacereño, al habilitar una senda peatonal iluminada y separada físicamente del flujo de vehículos a motor.
7. Disponer nuevos accesos viarios seguros a la facultad de Ciencias Empresariales de Cáceres y resto de instalaciones, cuyos accesos se mejoran y se habilitan otros nuevos, que en la actualidad son deficientes.
8. Habilitar la conexión con el circuito de carriles ciclistas y peatonales ya existentes, concretamente con el de Ronda Puente Vadillo, el de Ronda Norte, y el proyectado por el MITMA que discurre paralelo a la N-521 hacia el Campus Universitario, formando un anillo en torno al Campus que va a favorecer enormemente la conectividad del mismo.
9. La construcción de esta infraestructura va a permitir la reducción de tiempos de viajes, atascos, congestión y el ruido, principios básicos de la movilidad urbana sostenible.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 22 de febrero de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. Declarar de utilidad pública a efectos de expropiación forzosa y de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de Vía ciclista urbana y senda peatonal en el Camino de los Carboneros Universidad para conexión de Ronda Puente Vadillo con campus universitario de Cáceres , con los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, tal y como establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 22 de febrero de 2023.
La Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda,
LEIRE IGLESIAS SANTIAGO
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

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