DECRETO 14/2023, de 22 de febrero, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Nuevo acceso al aeropuerto de Badajoz desde la N-V en el término municipal de Badajoz. Fases 1 y 2".
TEXTO ORIGINAL
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 41/2021, de 2 de diciembre, en relación con Decreto 87/2019, de 2 de agosto, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de planificación, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras viarias.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38. b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Con relación a las obras de Nuevo acceso al aeropuerto de Badajoz desde la N-V en el término municipal de Badajoz. Fases 1 y 2 el proyecto fue aprobado en fecha 21 de julio de 2022, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado información pública mediante Resolución de 29 de noviembre de 2022 (DOE n.º 244, de 22 de diciembre). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente, incluida la publicación en el BOE, por encontrarse fincas con titulares desconocidos y titulares con domicilio desconocido, habiéndose recibido alegaciones dentro del plazo concedido al efecto de la Comunidad de Regantes Canal de Lobón de Badajoz, Herederos de Pedro Giles Rebollo, D. Félix Álvarez, D. José Arnao Telesforo, Conservas Vegetales de Extremadura, SA, y Compañía Extremeña de Investigación y Producción Agroalimentaria, SA, Se ha dado respuesta a las alegaciones recibidas, constando en el expediente acreditación de lo actuado. En ANEXO al presente decreto se publica la relación de bienes y derechos y titulares afectados a resultas del trámite de información pública.
La mejora de la seguridad vial de la circulación es uno de los principales objetivos de la gestión de las infraestructuras viarias de la red de carreteras de la Junta de Extremadura, siendo su fin último conseguir reducir, en la mayor medida posible, las consecuencias humanas, sociales y económicas de los accidentes de circulación. Consecuencia de ello son las numerosas actuaciones para modernizar la red viaria y mejorar y reforzar los equipamientos de seguridad de las carreteras de titularidad autonómica.
Actualmente, el acceso por carretera al aeropuerto de Badajoz se realiza desde dos tramos diferenciados de la carretera BA-023, según se acceda desde la Autovía A-5 en sentido Portugal o en sentido Madrid.
Esta carretera BA-023 tiene su inicio y fin en la carretera N-V (Madrid-Badajoz) rodeando las instalaciones del aeropuerto de Badajoz por el Norte, presentando el acceso al aeropuerto en la intersección con la carretera de Balboa. La carretera dispone de una longitud total de 8,700 kilómetros con dos secciones bien diferenciadas según el punto de la N-V desde el que se acceda a ella.
El inicio se encuentra en la intersección Oeste con la N-V, a la altura de la localidad de Villafranco del Guadiana. En este primer tramo de 5,100 km hasta la intersección Balboa - Aeropuerto, el trazado ha sido recientemente acondicionado, pasando de tener una calzada de 5,00 m de anchura con arcenes en tierra, a tener una sección 7/8 con carriles de 3,50 metros y arcenes de 0,5 m. En un segundo tramo de 3,100 km desde la intersección Balboa-Aeropuerto hasta la intersección Este con la N-V (cerca del municipio de Talavera la Real), el trazado no ha sido acondicionado y presenta su estado original, calzada de 5,00 metros y arcenes en tierras.
El proyecto que se pretende acometer contempla un nuevo acceso que comienza en el P.K. 0+000, intersección glorieta en el P.K. 390 de la N-V (Madrid-Badajoz) y finaliza en P.K. 8+665. Intersección glorieta en el P.K. 384 de la N-V (Madrid-Badajoz), así como la construcción de una nueva carretera de acceso desde la N-V en glorieta existente en p.k. 388+000 hasta la carretera BA-023 en p.k. 3+200, incluyendo glorieta de intersección en la misma, y ensanche (7/9) del tramo de la carretera BA-023 desde el p.k. 3+200 a intersección Balboa-Aeropuerto. Se incluye también un refuerzo de firme en la carretera de acceso al aeropuerto desde la BA-023.
Se han analizado las principales características de la accidentalidad y del tráfico, así como todas aquellas otras de la carretera relacionadas con la seguridad en el itinerario del que forma parte el tramo objeto del proyecto para conocer aquella problemática de seguridad vial que deberá resolverse con las obras proyectadas. Dado el nivel de siniestralidad durante los años estudiados como recogen los datos de accidentes tanto con víctimas como sin víctimas, se dan no únicamente en las distintas vías que sustituirían el futuro acceso sino incluso en el resto de las vías adyacentes al disminuir el volumen de tráfico soportado. Por lo mismo, el elevado riesgo que conlleva dicho tráfico pone en peligro la interferencia que se produce ahora, si no se ejecutase la obra con urgencia, haría aumentar aún más los problemas de accidentalidad existentes.
Se está pues ante un evidente problema de seguridad vial, por lo que la disponibilidad de los terrenos en el menor plazo posible, a través del procedimiento de urgencia de la ocupación, dentro de la legalidad vigente, posibilitaría el inicio de las obras en el menor tiempo posible al poder disponer de los terrenos antes de llegar a un acuerdo sobre el justiprecio. Con ello se lograría dar solución a los problemas de seguridad vial actuales que ponen en peligro la integridad de personas y bienes, además de responsabilidades patrimoniales derivadas, mediante la construcción del presente acceso, que mejorará las características geométricas de las vías que había anteriormente para reducir la tasa de accidentalidad y dar fluidez al intenso tráfico que confluye en la zona objeto de la nueva actuación. Y además, se cumpliría con la planificación aprobada con la UE, al tratarse de una actuación financiada por fondos FEDER del Programa Operativo 2014-2020, cuya finalización es diciembre de 2023.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 22 de febrero de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. Se declare de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de derechos necesarios para la ejecución de las obras de Nuevo acceso al aeropuerto de Badajoz desde la N-V en el término municipal de Badajoz. Fases 1 y 2 con los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, tal y como establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 22 de febrero de 2023.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
La Consejera de Movilidad Transporte y Vivienda,
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