Corrección de errores de la Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Advertidos errores en el texto de la Orden de 22 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura , publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 37, de 23 de febrero de 2023, se procede a su oportuna rectificación:
1. En el artículo 57 Criterios de prioridad para el otorgamiento de las ayudas objeto de las intervenciones apartados 3, 5 , 6 y 7:
En la página 11164,
Donde dice:
3. El orden de prelación se establecerá en función de la puntuación total de la suma de los puntos obtenidos en base a los criterios de prioridad relacionados. Si existieran solicitantes que obtuvieran la misma puntuación y con ellos se sobrepasara el límite del crédito consignado, se tendrá en cuenta la fecha de entrada de la solicitud de ayuda, dando prioridad a las solicitudes presentadas con fecha anterior .
Debe decir:
3. El orden de prelación se establecerá en función de la puntuación total de la suma de los puntos obtenidos en base a los criterios de prioridad relacionados. Si existieran solicitantes que obtuvieran la misma puntuación y con ellos se sobrepasara el límite del crédito consignado, se tendrá en cuenta el mayor porcentaje de superficie o de animales en el criterio de mayor puntuación .
En la página 11164,
Donde dice:
5. Criterios de prioridad aplicados a las intervenciones Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Producción integrada , “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Apicultura para la biodiversidad y “Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica”.
CRITERIOS DE PRIORIDAD
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PUNTUACIÓN
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura. Superior al 50% del total.
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75 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura. Desde el 25% al 50% del total.
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50 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura. Desde 1% al 25% del total.
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25 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en zonas con limitaciones de montaña. Superior al 50% del total.
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50 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en zonas con limitaciones de montaña. Desde el 1% al 50% del total.
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25 puntos
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Titulares que fueron personas beneficiarias de alguna de las operaciones homogéneas, semejantes (*), en la programación 2014-2022
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20 puntos
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( …..)
Debe decir:
5. Criterios de prioridad aplicados a las intervenciones Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Producción integrada , “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Apicultura para la biodiversidad y “Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica”.
CRITERIOS DE PRIORIDAD
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PUNTUACIÓN
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---|
Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura. Superior al 50% del total.
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75 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura. Desde el 25% al 50% del total.
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50 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura. Desde 1% al 25% del total.
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25 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en zonas con limitaciones de montaña. Superior al 50% del total.
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50 puntos
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Superficie de la explotación/asentamientos solicitada/os y potencialmente subvencionable de la operación incluida/os en zonas con limitaciones de montaña. Desde el 1% al 50% del total.
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25 puntos
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( …)
En la página 11566,
Donde dice:
6. Criterios de prioridad aplicados a la intervención Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna
CRITERIOS DE PRIORIDAD
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PUNTUACIÓN
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Interés Prioritario (*)
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Hasta 60 puntos (Según porcentaje)
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Alto Interés (*)
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Hasta 40 puntos (Según porcentaje)
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Interés (*)
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Hasta 20 puntos (Según porcentaje)
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Uso General (*)
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Hasta 10 puntos (Según porcentaje)
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Personas que fueron beneficiarias de la Operación 10.1.4. Aves esteparias y fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos, en el PDR 2014-2022 de Extremadura.
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20 puntos
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(*) Zonificación de la Red Natura 2000. Plan Director de la Red Natura 2000 en Extremadura
Debe decir:
6. Criterios de prioridad aplicados a la intervención Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna
CRITERIOS DE PRIORIDAD
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PUNTUACIÓN
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---|
Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Interés Prioritario (*)
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Hasta 60 puntos (Según porcentaje)**
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Alto Interés (*)
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Hasta 40 puntos (Según porcentaje)**
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Interés (*)
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Hasta 20 puntos (Según porcentaje)**
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Porcentaje de unidades de superficie solicitada y potencialmente subvencionable de la explotación incluida en Zona de Uso General (*)
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Hasta 10 puntos (Según porcentaje)**
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(*) Zonificación de la Red Natura 2000. Plan Director de la Red Natura 2000 en Extremadura.
(**) Según porcentaje = Proporción de superficie total de la explotación incluida en la Zona.
En la página 11567,
Donde dice:
7. Criterios de prioridad aplicados a la intervención Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas :
CRITERIOS DE PRIORIDAD
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PUNTUACIÓN
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Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza alta
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60 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza media
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50 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza baja, distintas de la bovina
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40 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de raza bovina amenazadas en REGA con grado de amenaza baja
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20 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de dos o más razas amenazadas en REGA
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20 puntos
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Personas que fueron beneficiarias de la operación 10.1.2. Razas Autóctonas Puras en Peligro de Extinción, en el PDR 2014-2022 de Extremadura.
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20 puntos
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(**) En caso de un titular con varias razas, se tendrá en consideración el grado de amenaza de la raza de mayor número de UGM, tras su conversión.
Debe decir:
7. Criterios de prioridad aplicados a la intervención "Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas :
CRITERIOS DE PRIORIDAD
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PUNTUACIÓN
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Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza alta.
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60 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza media.
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50 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de razas amenazadas en REGA con grado de amenaza baja, distintas de la bovina.
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40 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de raza bovina amenazadas en REGA con grado de amenaza baja.
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20 puntos
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Titular de explotación con animales elegibles de dos o más razas amenazadas en REGA.
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20 puntos
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En caso de un titular con varias razas, se tendrá en consideración el grado de amenaza de la raza de mayor número de UGM, tras su conversión.
2. En el artículo 77, páginas 11584 y 11585, apartados 9 y 10:
Donde dice:
9. La subrogación no supondrá incremento en los importes asignados inicialmente en la concesión de la ayuda, aun cuando como consecuencia de la misma se produjeran divisiones o fusiones que afectasen a la modulación. Para ajustar los compromisos a las circunstancias de la persona cesionaria se podría reducir la dotación presupuestaria asignada, pero nunca incrementarlas.
10. Si se resuelve favorablemente la subrogación, el cesionario o cesionaria quedará obligado al cumplimiento íntegro de los compromisos que adopte, con la obligación a su vez, en caso de incumplimiento, de la devolución de los importes que el expediente haya supuesto durante su vigencia, aunque no los haya recibo el cesionario o cesionaria. El expediente objeto de la subrogación continuará con los mismos compromisos y períodos ya contraídos .
Debe decir:
7. La subrogación no supondrá incremento en los importes asignados inicialmente en la concesión de la ayuda, aun cuando como consecuencia de la misma se produjeran divisiones o fusiones que afectasen a la modulación. Para ajustar los compromisos a las circunstancias de la persona cesionaria se podría reducir la dotación presupuestaria asignada, pero nunca incrementarlas.
8. Si se resuelve favorablemente la subrogación, el cesionario o cesionaria quedará obligado al cumplimiento íntegro de los compromisos que adopte, con la obligación a su vez, en caso de incumplimiento, de la devolución de los importes que el expediente haya supuesto durante su vigencia, aunque no los haya recibo el cesionario o cesionaria. El expediente objeto de la subrogación continuará con los mismos compromisos y períodos ya contraídos .
Mérida, 27 de febrero de 2023.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL