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RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se concede la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a D. Pedro Javier Velázquez Aparicio y D. José Manuel Merino Gallego.
DOE Número: 41
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 01 de marzo de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Honores y Distinciones.
Página Inicio: 12869
Página Fin: 12871
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Vista la documental obrante en el expediente, a propuesta de la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior, y en virtud de las facultades que me atribuye la normativa vigente, la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio dicta la presente resolución con base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 27 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura (n.º 40) la Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión.
Segundo. Con fecha 17 de febrero de 2023, la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior dicta acuerdo de inicio del procedimiento de concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a favor de D Pedro Javier Velázquez Aparicio y D José Manuel Merino Gallego, agentes de Policía Local de la localidad de Plasencia por la intervención realizada en el paraje de la Ermita del Puerto de la localidad, en la que evitaron una agresión aún mayor a una mujer de 23 años por parte de la pareja que en ese momento se encontraba con ella en el vehículo aparcado, reconociendo el mismo, que la había agredido e introducido en contra de su voluntad en el coche incumpliendo la orden de alejamiento que sobre ella tenía.
Tercero. El procedimiento de concesión de la Placa se inicia de oficio por acuerdo de la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior competente en materia de coordinación de policías locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (artículo 8.2).
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para la concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura corresponde a la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural , Población y Territorio (DOE n.º 214, de 6 de noviembre), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión.
Segundo. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, determina en el capítulo V del título IV, las distintas formas de finalización de los procedimientos administrativos.
Tercero. La Orden de 17 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión, tiene por objeto según establece su artículo 1- la ... creación de distinciones y condecoraciones... como reconocimiento... a la labor realizada en favor de la dignificación y reconocimiento público de las policías locales y en la defensa y promoción de los derechos y libertades públicas.
Por su parte, el artículo 2 de la mencionada disposición reglamentaria crea la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura; y el artículo 3.2 determina quiénes son los destinatarios de la misma:
... a las entidades locales, a las asociaciones de municipios constituidas al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a los cuerpos de policía local, a sus miembros individualmente y a los auxiliares de la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a personas físicas o jurídicas, agrupaciones, centros e instituciones que, aun siendo ajenas a las funciones policiales, contribuyan de alguna manera a la dignificación del colectivo policial y al ejercicio de las funciones de seguridad pública que tienen encomendadas .
Asimismo, en el artículo 5.2 se determina que para su concesión ... será necesario que las actividades o funciones de sus destinatarios destaquen de forma notoria por su labor en favor de la dignificación y reconocimiento de las policías locales y del ejercicio de las funciones que éstas tienen encomendadas para la seguridad, defensa y promoción de los derechos y libertades públicas de los ciudadanos .
Cuarto. Con fecha 17 de febrero de 2023, la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior dicta Acuerdo de inicio del procedimiento de concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a favor de D. Pedro Javier Veláquez Aparicio y D. José Manuel Merino Gallego, agentes de Policía Local de la localidad de Plasencia por la intervención realizada en el paraje de la Ermita del Puerto de la localidad, en la que evitaron una agresión aún mayor a una mujer de 23 años por parte de la pareja que en ese momento se encontraba con ella en el vehículo aparcado, reconociendo el mismo, que la había agredido e introducido en contra de su voluntad en el coche incumpliendo la orden de alejamiento que sobre ella tenía.
Con el acuerdo de inicio de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, lo que se quiere es destacar la intervención de los agentes en la que quizás posiblemente evitaron una víctima mortal más en la violencia de género, ante la agresión que recibió la víctima y las amenazas de muerte que recibió por parte del agresor que fue enviado a prisión.
Quinto. En relación con la documental obrante en el expediente y considerando los fundamentos que anteceden y el acuerdo de inicio de la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior de 17 de febrero de 2023, se acredita en el procedimiento el cumplimiento, por parte de las personas propuesta como beneficiarias, de la totalidad de requisitos exigidos por la citada Orden de 17 de febrero de 2014 para la concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura.
En virtud de las atribuciones conferidas por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de febrero de 2014,
RESUELVO:
Conceder la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a D. Pedro Javier Velázquez Aparicio y D. José Manuel Merino Gallego.
Los términos y fecha del acto, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 17 de febrero de 2014, serán comunicados a los galardonados con la suficiente antelación
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como dispone el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35, de 26 de marzo de 2002), en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1, 10.1. a) y 14.1 Primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE n.º 167, de 14 de julio). En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 17 de febrero de 2023.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL

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