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EXTRACTO de las Ayudas PAC campaña 2023/2024, de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención "Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas".
DOE Número: 41
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 01 de marzo de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Política Agraria Comunitaria. Ayudas.
Página Inicio: 12968
Página Fin: 12970
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 678807
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Convocatoria.
Convocatoria de 2023 de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas . establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
Segundo. Objeto.
El objetivo final es conseguir que las poblaciones de estas razas autóctonas amenazadas representativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura experimenten un marcado incremento que permita la descatalogación de ese status; todo ello, mediante el establecimiento de todo tipo de medidas que contribuyan a la creación de condiciones adecuadas para ello a lo largo del período que se establezca.
Pagos anuales por Unidad de Ganado Mayor (UGM), para compensar a las personas beneficiarias por la totalidad o una parte de los costes adicionales, pérdidas de ingresos y costes de transacción, contribuyendo al mantenimiento e incremento de animales de estas razas autóctonas amenazas. El período de compromiso de esta intervención es de cinco años.
Tercero. Beneficiarios.
Personas jurídicas o personas físicas que sean titulares de explotaciones agrarias, considerándose como personas físicas sólo a una persona como única titular o titular individual o bien a las personas titulares de una explotación agraria de titularidad compartida prevista en el artículo 34.2.c) de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, que suscriban voluntariamente compromisos para el fomento de las razas autóctonas amenazadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Requisitos de admisibilidad.
1. Ser titulares de explotaciones ganaderas inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con ejemplares de las razas elegibles por la que solicita la ayuda, a fecha de 1 de enero de año de solicitud de ayuda o pago. Serán exceptuados de la inscripción a dicha fecha, aquellas personas titulares jóvenes agricultoras o ganaderas que se incorporen a la actividad agrícola/ganadera o los solicitantes de un cambio de titularidad de explotación con anterioridad a la solicitud de ayuda o pago.
2. Serán elegibles, y por tanto objeto de concesión, los animales reproductores de las siguientes razas autóctonas amenazadas:
a. Bovino: Blanca Cacereña, Berrenda en Colorado, Berrenda en Negro, Morucha variedad negra, Cárdena Andaluza y Retinta.
b. Ovino: Merina variedad negra.
c. Caprino: Retinta, Verata y Blanca Andaluza o Serrana.
d. Porcino: Ibérico variedad Torviscal, Ibérico variedad Lampiño.
e. Equino-asnal: Andaluza
3. Serán considerados animales reproductores aquellos que a fecha de fin de plazo de solicitud de ayuda cuenten con la siguiente edad: o Bovinos, equino, porcinos, 6 meses o más. o Ovinos y caprinos, de 12 meses o más.
4. Tener los animales reproductores objeto de ayuda inscritos en el Libro de Registro Oficial de la raza.
5. Disponer de un número mínimo de UGM según especie.
— bovino: 4 UGM
— ovino o caprino: 1 UGM
— porcino: 3 UGM
— equino-asnal: 0.80 UGM
Quinto. Bases reguladoras.
Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en la Comunidad Autónoma de Extremadura. DOE número 37, de 23 de febrero de 2023.
Sexto. Cuantía.
Las operaciones relativas a la Fomento de razas autóctonas amenazadas de esta intervención se financiarán con cargo al proyecto presupuestario de gasto: 20230257. 7005.1. Razas autóctonas amenazadas (6505.1 PEPAC). Con cargo a la aplicación presupuestaria 120040000/G353A/47000/FR23700501/20230257, de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Importe total durante el período de compromisos de cinco años: 3.000.000 €.
Por anualidades presupuestarias:
— Anualidad 2024: 600.000 €
— Anualidad 2025: 600.000 €
— Anualidad 2026: 600.000 €
— Anualidad 2027: 600.000 €
— Anualidad 2028: 600.000 €
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
Del 1 de marzo al 31 de mayo de 2023.
Mérida, 27 de febrero de 2023.
La Secretaria General,
María CURIEL MUÑOZ

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