EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General, por la que se convocan los premios para el fomento de la lectura en Extremadura correspondientes al año 2023. Modalidad D.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):662279
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index)
y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas las bibliotecas y agencias públicas de titularidad municipal.
Segundo. Convocatoria y objeto.
Se efectúa la convocatoria para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, dentro del límite de disponibilidad presupuestaria del ejercicio correspondiente, y de acuerdo con los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Estas ayudas para el ejercicio 2023 están destinadas a financiar los premios de fomento de la lectura en Extremadura que se otorguen a las bibliotecas y agencias de lectura públicas de titularidad de las entidades locales, cuya finalidad es, por una parte, promover la lectura, y por otra, la presencia y el papel de las bibliotecas públicas, además de contribuir al incremento de los índices de lectura de la sociedad extremeña.
Modalidad D: ocho premios destinados a los mejores proyectos de fomento de la lectura a desarrollar en Extremadura durante el año 2023, de los cuales cuatro se destinarán a bibliotecas públicas titularidad municipal y otros cuatro a agencias de lectura públicas de titularidad municipal.
Cada uno de los ocho premios consistirá en una dotación económica de hasta 1.000 euros, para adquisición de fondos bibliográficos específicos, gastos de material y actividades. En ningún caso se dotará al galardonado con una cuantía superior al importe total que aparezca en la memoria económica presentada en el proyecto.
A los galardonados se les asignará un 50% de la cuantía adjudicada al inicio del desarrollo del proyecto, justificado mediante certificación expresa del Secretario/a de la entidad beneficiaria. El 50% restante se abonará una vez justificados los gastos conforme al proyecto presentado, antes del 31 de octubre de 2023, mediante certificado del Secretario/a de la entidad beneficiaria, y copia auténtica de los documentos acreditativos de gastos y pagos (copias de facturas y de transferencias bancarias).
Estos premios atenderán de forma prioritaria alguno de los siguientes objetivos: la lectura en los adolescentes, la lectura en las familias o la lectura en los colectivos de inmigrantes.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 17 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios para el fomento de la lectura en Extremadura (DOE n.º 98, de 25 de mayo).
Cuarto. Cuantía.
El crédito disponible para la Modalidad D (42,11% del crédito total) asciende a un importe de 8.000 euros y será financiado con recursos propios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y será imputado a la aplicación presupuestaria G/272B/48100, órgano gestor 150030000, con código proyecto de gasto 20020417 denominado Actividades de animación a la lectura , de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
En todo caso, la adjudicación de estas ayudas queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del acuerdo de concesión de la subvención en el ejercicio 2023, conforme a lo dispuesto en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de noviembre de 2022.
El Secretario General,
Pedro Alvarado Rodríguez