Anuncio de 20 de septiembre de 2022 por el que se somete a información pública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de bodega de vinos, fábrica de aderezo de aceitunas y almazara, promovida por Sociedad Cooperativa "San Isidro", ubicada en el término municipal de Villafranca de los Barros.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada (AAU) de bodega de vinos, fábrica de aderezo de aceitunas y almazara de Sociedad Cooperativa San Isidro , ubicada en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz), podrá ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Transición Ecológica y Sostenibilidad, de la avda. Valhondo, s/n., de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
La bodega de vinos, fábrica de aderezo de aceitunas y almazara de Sociedad Cooperativa San Isidro , ubicada en el término municipal de Villafranca de los Barros, cuenta con Resolución de 2 de julio de 2021 y posterior modificación no sustancial, de la Dirección General Sostenibilidad, por la que se otorgó AAU. Esta AAU se publicó en el DOE número 142, de 26 de julio de 2021.
Las características más relevantes de la solicitud de modificación sustancial de la AAU son las siguientes:
Ubicación.
Las industrias están emplazadas, según datos facilitados por el promotor, en suelo clasificado de uso industrial, en las parcelas con referencia catastral 0817003QC3701N0001AA, 0817004QC3701N0001BA y 0817005QC3701N0001YA, en el término municipal de Villafranca de los Barros (Badajoz).
Categoría.
El complejo industrial está incluido en la categoría 3.2.b) del ANEXO II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
Actividad.
La modificación sustancial solicitada describe la ampliación de una industria alimentaria hasta alcanzar las siguientes capacidades:
— La actividad de la bodega es la producción de vinos de calidad amparados en la Denominación de Origen Ribera del Guadiana. Vinos tintos del año, crianzas reservas y grandes reservas. En conjunto la producción de vinos tintos y blancos alcanza una capacidad de 70.877,17 Hl al año. De los que: 693,50 Hl. son envasados, para su comercialización como vino del año y 93 Hl. son destinados a crianzas, reservas y grandes reservas. El resto de los vinos producidos, así como el mosto, son comercializados en grandes envases a granel.
La capacidad técnica de la bodega sería de unos 500 t/día de uva lo que se correspondería con unos 350.000 litros de vino.
— La mejora de la almazara consiste en la instalación de una línea para primera extracción y las dos líneas existentes pasarán a segunda extracción (repaso) con el objeto obtener aceites de mejor calidad en primera extracción y obtener un mejor rendimiento con el repaso, con estas mejoras se obtendrá una capacidad de 45 t/día de aceite de oliva virgen extra.
— La fábrica de aderezo tiene una capacidad de producción de 80 t/día de aceitunas aderezadas.
Infraestructuras y equipos.
El proyecto consiste en la mejora tecnológica de las tres actividades, las cuales disponen de una serie de instalaciones y equipos propios de cada actividad.
La maquinaria o bienes de equipo a instalar en la fábrica de aderezo son:
— Suministro y colocación de 102 fermentadores esféricos para enterrar realizados en poliéster con una capacidad de 16.000 litros que equivalen a 10.000 kg de aceitunas.
— Suministro e instalación de maquinaria en línea de recepción en verde.
— Rectificado de 9 ud de cocederas de poliéster de 20.000 litros (12.000 kg aceitunas).
— Suministro e instalación de 3 ud depósito cilíndrico vertical fabricado en poliéster reforzado con fibra de vidrio con una capacidad de 50.000 litros para acumulación de agua, sosa diluida y salmuera.
— Fabricación y suministro de depósito de lejía, con una capacidad de 30.000 litros.
La maquinaria o bienes de equipo a instalar en la almazara son:
— Suministro e instalación de 2 ud de tolva de recepción de aceitunas realizada en acero inox.
— Suministro e instalación de línea completa de extracción de aceite de oliva con una capacidad de producción de 200-250 Tm/día.
— Suministro e instalación de bombas para la sustitución de sinfines de alimentación a las máquinas del proceso productivo.
— Suministro y montaje de un 2 ud de depósito cilíndrico vertical para almacenamiento de orujo de 100.000 litros de capacidad.
— Instalación de agua caliente compuesta por caldera de biomasa de 650.000 Kcal/h.
Es órgano competente para la resolución de la presente solicitud de modificación de la AAU la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 20 de septiembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.