Anuncio de 21 de marzo de 2023 por el que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Millanes de la Mata, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA13/0799.
TEXTO ORIGINAL
Los instrumentos de ordenación territorial y urbanística y sus modificaciones, en el año 2013, de inicio del presente expediente, están incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente así como en el ámbito de aplicación de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al encontrarse en su anexo I, cuando se prevea que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
Por otra parte, el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana establece en su artículo 22.1 que los instrumentos de ordenación territorial y urbanística están sometidos a evaluación ambiental de conformidad con lo previsto en la legislación de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, sin perjuicio de la evaluación de impacto ambiental de los proyectos que se requieran para su ejecución, en su caso.
El Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental en la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece el procedimiento a seguir para la evaluación ambiental de planes y programas. Según lo establecido en el artículo 14.4 la memoria ambiental se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura por el órgano ambiental.
Es órgano competente para la elaboración de la memoria ambiental relativa al Plan General Municipal Millanes de la Mata la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En cumplimiento del artículo 14.4 del Decreto 54/2011, de 29 de abril, se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Millanes de la Mata y se pone a disposición de las Administraciones Públicas afectadas y del público.
La memoria ambiental es preceptiva y contiene las determinaciones finales que deben incorporarse en la aprobación provisional del Plan General Municipal de Millanes de Mata y se tendrá en cuenta antes de su aprobación definitiva por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez aprobado el Plan General Municipal, el Ayuntamiento, mediante anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, lo pondrá a disposición del órgano ambiental, de las Administraciones Públicas afectadas, del público y de los Estados miembros consultados con la documentación recogida en el artículo 15.2 del Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La memoria ambiental del Plan General Municipal de Millanes de la Mata se encuentra a disposición del público, durante un periodo de tiempo de tres meses, en la página web de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. http://extremambiente.gobex.es.
Mérida, 21 de marzo de 2023. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.