Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 1 de diciembre de 2022, en la que se acuerda que las categorías de Dependiente/a o Taquillero/a se unifican, así como subida de las tablas salariales para diciembre de 2022, otras subidas para los años 2023 y 2024 y un plus en la nómina de enero del año 2025 (registrada como Acuerdo Parcial) del Convenio Colectivo de la empresa "MK2 Cinesur, SLU".
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta de 1 de diciembre de 2022, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa MK2 Cinesur, SLU - código de convenio 06100371012017 -, publicado en el DOE n.º 11, de 16 de enero de 2018, en el que se acuerda que las categorías de Dependiente/a o Taquillero/a, se unifican, así como subida de las tablas salariales para diciembre de 2022, otras subidas para los años 2023 y 2024 y un plus en la nómina de enero del año 2025 (registrada como Acuerdo Parcial), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
Esta Dirección General de Trabajo,
RESUELVE:
Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 23 de marzo de 2023.
La Directora General de Trabajo,
MARÍA SANDRA PACHECO MAYA
Badajoz, 1 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Álvaro Postigo Solana, con DNI n.º *****393-Q, actuando en nombre y representación de la mercantil MK2 Cinesur, SL, con CIF n.º B86910346, y domicilio en Córdoba, C/ Góngora, 6, 1º. (en adelante, la Empresa).
Y de otra, Manuel León Carmona con DNI n.º *****517-V, mayor de edad, actuando en su calidad de representante legal de los trabajadores del centro de trabajo Conquistadores de Badajoz , en la ciudad de Badajoz (en adelante, el RLT),
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad suficiente para la firma del presente documento, y en atención a la misma
COMPARECEN
Con objeto de firmar el presente Acuerdo Colectivo sobre condiciones laborales, en base a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Que el presente acuerdo sustituye a las cláusulas del convenio, prorrogado tácitamente, que se opongan a lo acordado en este documento.
Segunda. Para los empleados con la categoría Dependiente/a o Taquillero/a, se unificarán las dos secciones y realizarán las funciones derivadas de estas categorías, bajo una única.
Que, por ello, estos empleados serán retribuidos con un plus de 100€ brutos mensuales abonables en 12 pagas para la jornada completa; abonándose proporcionalmente a la jornada laboral contratada en los contratos a tiempo parcial.
Estos empleados no desempeñarán trabajos en otra sección de igual categoría que no sean las mencionadas anteriormente, (Taquillera/o Y Dependiente/a).
Tercera. Para los empleados con relación laboral vigente de MK2 Cinesur Conquistadores se pacta una subida del resultante de la siguiente ecuación (840 € brutos anuales divididas en las pagas ordinarias y extraordinarias) para los contratos a jornada completa que serán incluidos en el salario base en las 12 pagas ordinarias, así como en las extraordinarias, siendo proporcional para los contratos a tiempo parcial. Lo estipulado en los puntos 1 y 2 se abonarán con carácter retroactivo desde el día 11-10-2022.
Cuarta.
Tabla Salarial diciembre 2022.
CATEGORÍA
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SALARIO BASE
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PLUS POLIVALENCIA
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PLUS NOCTURNIDAD
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PLUS TRANSPORTE
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PLUS CABINA
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Encargado/a de Sección
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902,12 €
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1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
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78,88 €
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Jefe/a de Cabina
|
902,12 €
|
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1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
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68,36 €
|
Operador/a de Cabina
|
895,71 €
|
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1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
|
68,36 €
|
Dependiente/a
|
868,99 €
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100,00 €
|
1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
|
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Taquillero/a
|
868,99 €
|
100,00 €
|
1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
|
|
Portero/a
|
868,99 €
|
|
1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
|
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Personal de Limpieza
|
868,99 €
|
|
1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
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Auxiliar Administrativo/a
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868,99 €
|
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1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
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78,88 €
|
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Oficial Administrativo/a
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902,12 €
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1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
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Personal de Mantenimiento
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868,99 €
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1ª Hora 1,06 €Resto 1,58 €
|
78,88 €
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|
Se pacta una subida para el año 2023 de un 3% sobre la tabla vigente en diciembre de 2022 y el complemento personal especifico. Esta subida del 3% será de aplicación para todos los conceptos retributivos que se perciban, tengan un carácter salarial o extra salarial.
Para el año 2024, se pacta una subida de un 3% sobre la tabla vigente en diciembre del año 2023 y el complemento personal especifico. Esta subida del 3% será de aplicación para todos los conceptos retributivos que se perciban, tengan un carácter salarial o extra salarial.
Quinta. Si en el año 2024 el centro de trabajo de MK2 Conquistadores superara la cifra de 150.000 espectadores, los empleados de este centro disfrutarán de un incremento del 25% en la paga de octubre y dicha paga será abonada al 100% solo en el año 2024. Este 25% de subida se abonará en la nómina de enero de 2025 mediante único plus, no recurrente ni consolidable denominado incentivo octubre 2024 .
Sexta. Que El documento firmado en 2017, como anexo al Convenio, respecto los días de fin de semana de descanso del personal, quedará prorrogado indefinidamente.
Séptima. Que el presente acuerdo colectivo se comunicará en el registro de convenios y acuerdos por el sistema REGCOM, autorizando ambas partes para que D. Antonio Pozo, técnico administrativo de Personal de mk2 Cines Sur lo realice.
Badajoz, 1 de diciembre de 2022.
La empresa,
Álvaro Postigo Solana
El trabajador,
Manuel León Carmona