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EXTRACTO de la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
DOE Número: 64
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 03 de abril de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Edición. Ayudas.
Página Inicio: 20616
Página Fin: 20617
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 684446
De conformidad lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Las empresas de producción editorial, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), que ejerzan una actividad profesional acorde a la naturaleza de la subvención con anterioridad a la publicación de la presente resolución.
Requisitos:
Editar al menos 300 ejemplares de cada proyecto.
No superar la ayuda total de mínimis (200.000,00 euros) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Excluidos de estas ayudas:
Los libros que hayan sido premiados por instituciones o entidades públicas o privadas.
Los libros de texto para enseñanza, las obras en fascículos o separatas, los anuarios y los catálogos de arte.
Cada empresa podrá solicitar ayuda para un máximo de 3 proyectos, debiendo realizarse una solicitud por cada uno de ellos, con un máximo de tres solicitudes.
Segundo. Objeto.
La convocatoria de ayudas a la edición de libros que constituyan una inversión en el sector editorial de Extremadura y enriquezcan el patrimonio bibliográfico extremeño, para financiar los gastos que generen.
Tercero. Bases reguladoras.
El Decreto 173/2016, de 25 de octubre (DOE n.º 209, de 31 de octubre de 2016), por el que se aprueban las bases reguladoras de ayudas destinadas a la edición de libros.
Estas ayudas se sujetan a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre).
Cuarto. Cuantía.
Se destina la cantidad total de cincuenta y cinco mil euros (55.000 €) que se imputará a la siguiente anualidad, aplicación presupuestaria e importe:
Año Aplicación presupuestaria Importes.
2024 150020000 G/273A/77000/20170012/CAG0000001 55.000,00.-€
La cantidad máxima de la ayuda no superará los 4.000 euros por proyecto, ni el 55% del importe del presupuesto del proyecto (IVA excluido).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto, a que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en el portal web de información al ciudadano de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 16 de marzo de 2023.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ

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