EXTRACTO de la Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para programas de reinserción social de personas con problemas de conductas adictivas.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 684864
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura:
Primero. Objeto.
La convocatoria tiene por objeto el fomento de la reinserción social de personas con problemas de conductas adictivas mediante la financiación de gastos generados por su incorporación al mercado laboral para el año 2023.
Segundo Entidades beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias:
a) Empresas privadas legalmente constituidas.
b) Organizaciones no gubernamentales.
c) Municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Personas físicas afectadas por conductas adictivas que pudieran incorporarse al mercado laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
2. Las personas a contratar con problemas derivados de las conductas adictivas deberán proceder de los siguientes centros:
a) Los Centros ambulatorios y residenciales de atención a las conductas adictivas del Servicio Extremeño de Salud.
b) Los centros residenciales y centros de día de atención a las conductas adictivas no dependientes del Servicio Extremeño de Salud que sean beneficiarios de subvenciones concedidas por el citado Organismo Autónomo en el marco del Plan de Adicciones de Extremadura 2018-2023.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regula por las disposiciones contenidas en los capítulos I y V del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud (DOE número 107, de 6 de junio).
Estas subvenciones se hallan acogidas al régimen de mínimos, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimos.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
Para la anualidad 2023 la convocatoria destina una cantidad global de 500.000 euros, conforme al siguiente detalle:
— 224.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D460 y al código de proyecto de gasto 20210157.
— 117.334,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D470 y al código de proyecto de gasto 20210157.
— 158.666,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D480 y al código de proyecto de gasto 20210157.
Quinto. Plazo, forma de presentación, documentación y subsanación de solicitudes.
— El plazo de presentación de solicitudes será desde el mismo día de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución y del extracto a que se refiere el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y finalizará el 30 de septiembre de 2023, de conformidad con lo establecido en artículo 7.1 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo.
— Las solicitudes y la documentación exigida se formularán conforme a lo establecido en apartado cuarto de la resolución de convocatoria.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
AURORA VENEGAS MARÍN