EXTRACTO de la Resolución por la que se convocan las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante 2023.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):664375
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán concurrir a la convocatoria las personas jurídico privadas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial autonómico o nacional correspondiente.
b) Que se trate de personas jurídico privadas sin ánimo de lucro.
c) Que realicen proyectos de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma, tiempo y condiciones que se establecen en la presente Resolución.
d) A estos efectos se considerarán proyectos de carácter cultural subvencionables los relacionados con las siguientes disciplinas:
1º. Teatro.
2º. Música.
3º. Danza.
4º. Circo.
5º. Magia.
6º. Cine y audiovisuales.
7º. Literatura.
8º. Artes plásticas.
— En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta el número de disciplinas desarrolladas por las distintas actividades contenidas en los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el punto anterior.
— Un mismo proyecto podrá comprender o incluir varias disciplinas. No obstante una misma actividad no podrá ser incluida a efectos de valoración en más de una disciplina.
Segundo. Objeto.
Estas ayudas están destinadas a financiar la realización de proyectos que fomenten actividades o acciones que contribuyan a generar contenidos de interés cultural en los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura por parte de personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, durante el año 2023, que desarrollen actividades en el ámbito territorial de Extremadura y que contribuyan a la participación de los extremeños en la vida cultural de su territorio.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 47/2017, de 18 de abril, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de ayudas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 78, de 25 de abril)
Cuarto. Cuantía.
La cantidad máxima de la ayuda no superará los 18.000 euros por proyecto y beneficiario (IVA excluido) y su financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273A/489.00 proyecto 20150249 Fondos CAG0000001 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, por importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Mérida, 30 de noviembre de 2022.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ