Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 49/2023, de 6 de febrero de 2023, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 1649/2021.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 6 de febrero de 2023, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Mérida ha dictado la sentencia n.º 49/2023, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 1649/2021, interpuesto por D. Antonio Manuel Rodríguez Barrero y D. Francisco Manuel Megías Gil, siendo parte demandada la Junta de Extradura. Recurso que versa sobre procedimiento sancionador en materia de caza con números de expediente BC 19/18 y BC 19/19.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece: Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
Asimismo, el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la ejecución de la resolución judicial, dictando la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Por tanto, de conformidad con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; artículo 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales; la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección General de Política Forestal,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 49/2023, de 6 de febrero de 2023, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, dictada en procedimiento abreviado n.º 1649/2021, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso administrativo presentado por el letrado Sr. Flores Lozano, obrando en nombre y representación de D Antonio Manuel Rodríguez Barrero y D. Francisco Manuel Mejías Gil, contra las resoluciones dictadas por la Consejería demandada, de fechas 23 de abril de 2021, en los expedientes BC 19/18 y BC 19/19, por las que se desestiman los recursos de reposición interpuestos por los actores, frente a resolución dictada por la citada Consejería y por la que impone unas sanción de 5.253 euros al Sr. Mejías Gil y de 5.504 al Sr. Rodríguez Barrero; y, en consecuencia, debo anular y anulo dichas resoluciones por no estimarlas conformes a derecho, y ello con imposición de las costas devengadas en este procedimiento a la administración demandada .
Mérida, 17 de abril de 2023.
El Director General de Política Forestal,
PEDRO MUÑOZ BARCO