Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

Anuncio de 18 de abril de 2023 sobre programa de ejecución para proceder al desarrollo urbanístico del ámbito de la UA-1, sector urbanizable "El Prado", previsto en el Plan Parcial para la reordenación del sector de suelo urbanizable SUR-1.
DOE Número: 78
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 25 de abril de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: ayuntamiento de higuera de albalat
Rango: Anuncio
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 26917
Página Fin: 26918
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante acuerdo de Pleno n.º 2/2023 de fecha 14 de abril de 2023, aprobatorio del programa de ejecución para proceder al desarrollo urbanístico del ámbito de la UA-1, Sector Urbanizable El Prado , previsto en el Plan Parcial para la reordenación del sector de suelo urbanizable SUR-1 de Higuera de Albalat, se aprobó inicialmente el programa de ejecución para proceder al desarrollo urbanístico del ámbito de la UA-1, Sector Urbanizable El Prado , previsto en el Plan Parcial para la reordenación del sector de suelo urbanizable SUR-1, lo que se publica a los efectos del artículo 59 y de la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS).
En los artículos 110 y 111 de Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, se regula el contenido funcional y documental respectivamente del programa de ejecución.
En relación al programa de ejecución y los documentos que lo componen y en relación a los artículos anteriores indicar lo siguiente:
Contenido funcional del programa de ejecución (artículo 110 Ley 11/2018, LOTUS Extremadura):
a) El programa de ejecución incluye proyecto de urbanización, describiendo las obras con el grado de detalle que corresponde a dicho documento.
b) El convenio urbanístico establece el plazo total de ejecución de la actuación así como las condiciones de vigencia, caducidad y resolución.
c) No se presenta garantía para el cumplimiento de sus previsiones, de acuerdo al régimen de gestión indirecta mediante una garantía financiera o real, prestada y mantenida por quién actúe como agente urbanizador, por un importe igual al 7% del coste de las obras de urbanización, excluidos los impuestos, mediante cualquiera de las formas permitidas por la legislación reguladora de la contratación del sector público.
Contenido documental del Programa de Ejecución (artículo 111 Ley 11/2018, LOTUS Extremadura):
1. Propuesta técnica. El programa de ejecución, incluye Plan Parcial y Proyecto de Urbanización, ya que como se indicaba en la consulta de viabilidad se modificaba la ordenación detallada propuesta en el Plan General Municipal.
2. Se incluye proposición jurídico-económica.
3. Se incluye propuesta de convenio urbanístico.
4. El programa de ejecución incluye el Proyecto de Reparcelación.
Por todo lo expuesto anteriormente, y supervisado el programa de ejecución se considera que no existe impedimento alguno para ser sometido aquél a su aprobación inicial y someterse a exposición pública de acuerdo a la legislación urbanística vigente.
En su virtud y en el ejercicio de las competencias atribuidas al Pleno en el artículo 22.2.q) de la Ley 7/85, de 2 de abril, en relación con los artículos 113 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 64.7.f) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
El pleno por unanimidad de los miembros asistentes, adopta el siguiente acuerdo que se extracta:
Primero. Aprobar inicialmente el programa de ejecución para el desarrollo de la unidad de actuación UA.1 SUR El Prado.
Segundo. Someter el proyecto a información pública por el plazo de un mes mediante anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, encontrándose asimismo a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Durante el período de información pública, quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes.
Tercero. Dar audiencia por el mismo plazo a las personas propietarias y titulares de derechos que consten en el Registro de la Propiedad con citación personal, a efectos de que presenten las alegaciones que estimen convenientes.
Cuarto. Suspender el otorgamiento de licencias el otorgamiento de licencias urbanísticas, en el ámbito de la unidad de actuación que tenga por objeto, hasta que sea firme en vía administrativa la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación .
Higuera del Albalat, 18 de abril de 2023. El Alcalde, DIONISIO CORDERO SOLETO.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal