Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Empresa, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 445/2022, de 12 de septiembre, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 63/2022.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 12 de septiembre de 2022 ha recaído sentencia n.º 445 de la Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, por la que se resuelve el recurso contencioso administrativo n.º 63/2022 promovido por la representación procesal de Diagnóstico San Miguel Cáceres, SL, siendo demandada la Junta de Extremadura. Dicha sentencia estima el recurso interpuesto contra la resolución de fecha 2 de diciembre de 2021 dictada por la Dirección General de Empresa por la que se acuerda la pérdida del derecho de la recurrente a la percepción de la subvención concedida mediante resolución individual de fecha 14 de enero de 2020 en el expediente IA-18-0368-A.
El Decreto de fecha 15 de noviembre de 2022, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, declaró la firmeza de la referida sentencia, y, con fecha 21 de noviembre de 2022, la Abogacía General de la Junta de Extremadura informa que dicha sentencia adquiere plenamente el carácter de ejecutable.
Dispone el artículo 8 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales (DOE de 30 de junio), que la ejecución de las resoluciones recaídas en recursos contencioso-administrativos en los que sea parte la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponderá al órgano que dictó el acto o disposición origen del proceso . El órgano competente en este procedimiento es el Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. No obstante, esta competencia está delegada en la Directora General de Empresa, por Resolución de 21 de agosto de 2019 (DOE n.º 163, de 23 de agosto).
Con fecha 21 de marzo de 2023, el Jefe de Servicio de Incentivos y Financiación Empresarial propone que se proceda a ejecutar el fallo de la sentencia n.º 445/2022, de 12 de septiembre, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, llevando a puro y debido efecto el fallo derivado en el recurso contencioso administrativo n.º 63/2022.
Por lo tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 445/2022, de 12 de septiembre, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
Que en atención a lo expuesto debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Diagnóstico San Miguel Cáceres, sociedad limitada, contra la resolución de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura de 2 de diciembre de 2021, en que se acuerda la pérdida del derecho de la recurrente a la percepción de la subvención concedida mediante resolución individual de fecha 14 de enero de 2020 y en su virtud la debemos anular y anulamos, reconociendo el derecho de la recurrente al cobro de la subvención otorgada y todo ello con expresa condena en cuanto a costas para la Administración demandada .
Mérida, 20 de abril de 2023.
El Secretario General,
PD, (Resolución de 21 de agosto de 2019, DOE núm. 163, de 23 de agosto),
La Directora General de Empresa,
ANA MARÍA VEGA FERNÁNDEZ