ANUNCIO de 3 de enero de 2023 por el que se someten a información pública las bases provisionales de la concentración parcelaria de "Los Matos", en el término municipal de Puebla de Alcocer.
TEXTO ORIGINAL
En la Concentración Parcelaria de la zona de Los Matos , en el término municipal de Puebla de Alcocer, declarada de utilidad pública e interés social y urgente ejecución por Decreto 157/2019, de 8 de octubre, de la Junta de Extremadura, se han aprobado el día 22 de noviembre de 2022 por la Comisión Local de concentración parcelaria las bases provisionales de la misma.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, las bases provisionales se someterán a información pública mediante su publicación, estando expuesta la documentación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Puebla de Alcocer y en la página web del mismo, para conocimiento, consulta y consiguiente formulación de alegaciones u observaciones por las personas afectadas, desde el 16 de enero hasta el 15 de febrero de 2023, ambos inclusive.
Durante el plazo señalado, todas aquellas personas a quienes afecte la concentración podrán formular las observaciones escritas que estimen convenientes sobre clasificación, superficie, propiedad, otros derechos, etc.,
Se advierte especialmente a las personas titulares de usufructos, hipotecas, arrendamientos, o cualquier otro derecho sobre las parcelas, que deben, asimismo, dentro del plazo señalado, comprobar si sus derechos han sido reconocidos en el impreso del propietario sobre cuyas parcelas recaigan los citados derechos.
Se emplaza a todos los propietarios y propietarias y especialmente a las personas que tengan su derecho inscrito en el Registro de la Propiedad o a las que traigan causa de los mismos para que, si apreciaren contradicciones entre el contenido de los asientos del Registro que les afecten y la atribución de propiedad u otros derechos provisionalmente realizada como consecuencia de la investigación, puedan formular oposición aportando certificación registral de los asientos contradictorios y, en su caso, los documentos que acrediten al contradictor como causahabiente de los titulares inscritos, apercibiéndoles de que si no lo hicieren se declarará el dominio de las parcelas y sus gravámenes o situaciones jurídicas en la forma que se publica, al efecto de su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Las alegaciones u observaciones que puedan formularse a las bases provisionales se dirigirán al Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 3 de enero de 2023. La Jefa de Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, BEATRIZ ROCHA GRANADO.