RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, sugerencias así como el periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias .
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma podrán manifestar su opinión, en el formulario anexo a la presente resolución, con base en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
Mediante el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 155, de 30 de junio de 2021, se establecía un modelo para la concesión de ayudas basado en la colaboración de las comunidades autónomas.
Siendo preciso desarrollar las bases estatales por la Comunidad Autónoma de Extremadura, posteriormente, se aprobó el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria (DOE núm. 16, de 25 de enero de 2022).
b) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Mediante el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. Asimismo, el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, modifica determinados aspectos vinculados a las actuaciones subvencionables e introduce una aclaración en el preámbulo del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, sobre su aportación al cumplimiento de los objetivos sobre la cuota de energía procedente de fuentes renovables que fija la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018.
Asimismo, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por su parte, establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de las componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Adicionalmente mediante Resolución de 10 de junio de 2022, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, se acordó la ampliación del presupuesto establecido por el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, para la financiación de los programas de incentivos establecidos por el mismo, incrementando el crédito inicial asignado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Anexo V del citado real decreto, en un importe de 14.849.669,51 euros, quedando establecido el crédito máximo de la convocatoria de incentivos en un importe total de 27.942.504,76 euros
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Es necesario, consecuencia de todo lo anterior, modificar las bases, con el fin de dar cumplimiento a la regulación contenida en el Decreto 477/2021, de 29 de junio, que atribuyen a los órganos competentes de la comunidad autónoma en la que vaya a llevarse a cabo la actividad por la que se solicita la ayuda, la ordenación, instrucción, resolución y el pago de las ayudas, por lo que resulta necesario convocar las ayudas mencionadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adaptada a las particularidades orgánicas y procedimentales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Los objetivos de la norma.
En base a los antecedentes mencionados, se hace necesario modificar el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, con objeto de incorporar el contenido propio de las bases reguladoras derivado de las modificaciones introducidas por el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, así como acomodarse a las exigencias establecidas en las citadas Órdenes HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021.
e) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No proceden.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico: dgieym.tes@juntaex.es.
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Paseo de Roma, s/n., Módulo D, planta 1, de Mérida (Badajoz).
Así mismo el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/p-transicion-ecologica-y-sostenibilidad.
Mérida, 25 de abril de 2023. La Secretaria General, M. CONSUELO CERRATO CALDERA.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
PROYECTO DE DECRETO por el que se modifica el Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
Aspectos planteados
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Sugerencias de los interesados
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1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
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2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
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3. Objetivos de la norma.
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4. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.
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