RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan el acceso y el proceso de matriculación en las enseñanzas elementales y profesionales de Danza para el curso 2023-2024.
DOE Número: 82
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 02 de mayo de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Enseñanzas artísticas. Pruebas de Acceso.
Página Inicio: 28101
Página Fin: 28101
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TEXTO ORIGINAL
La Orden de 19 de abril de 2013, de la Consejería de Educación y Cultura, regula las pruebas de acceso y el proceso de matriculación en las enseñanzas elementales y profesionales de danza (DOE núm. 89, de 10 de mayo).
En los artículos 4 y 9 de la citada orden, se prevé que el plazo de presentación de solicitudes para cursar las enseñanzas elementales y profesionales de danza será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Convocar el acceso y matriculación del alumnado en las enseñanzas elementales y profesionales de danza, para el curso 2023/2024, que se regirá por la Orden de 19 de abril de 2013.
Segundo. Solicitudes y plazo de presentación.
Los aspirantes a cursar las enseñanzas elementales y profesionales de danza en el curso 2023/2024 deberán presentar su solicitud conforme al modelo que proporcionará el centro en que deseen ingresar, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación y Empleo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 19 de abril de 2023.
El Secretario General,
FRANCISCO JAVIER AMAYA FLORES