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DECRETO 46/2023, de 10 de mayo, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
DOE Número: 90
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 12 de mayo de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: DECRETO
Descriptores: Relaciones de puestos de trabajo.
Página Inicio: 30304
Página Fin: 30316
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TEXTO ORIGINAL
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos .
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante el presente decreto, se lleva a cabo una nueva reestructuración de puestos de trabajo de personal laboral del INFOEX, dentro del marco previsto por el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INFOEX, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 24 de abril de 2018.
Como consecuencia de lo dispuesto en dicho Plan de Ordenación, mediante Decreto 182/2018, de 7 de noviembre, se modificaron las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral, derivadas del desarrollo de lo dispuesto en sus bases, creándose los puestos de trabajo correspondientes a dos nuevas categorías, denominadas Bombero/a Forestal Coordinador/a y Bombero/a Forestal Conductor/a, de los cuales, un número de ellos, correspondían a puestos de Jefes/as de Retén. Asimismo, se declaraban a amortizar y reestructurar todos los puestos de trabajo, ocupados por personal laboral fijo correspondientes a las especialidades de Coordinador de Zona del Grupo II y de Lucha Contra Incendios del Grupo IV, declaradas a extinguir.
Como consecuencia de lo dispuesto en dicho Plan de Ordenación, mediante Decreto 182/2018, de 7 de noviembre, se modificaron las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral, derivadas del desarrollo de lo dispuesto en sus bases, creándose los puestos de trabajo correspondientes a dos nuevas categorías, denominadas Bombero/a Forestal Coordinador/a y Bombero/a Forestal Conductor/a, de los cuales, un número de ellos, correspondían a puestos de Jefes/as de Retén. Asimismo, se declaraban a amortizar y reestructurar todos los puestos de trabajo, ocupados por personal laboral fijo correspondientes a las especialidades de Coordinador de Zona del Grupo II y de Lucha Contra Incendios del Grupo IV, declaradas a extinguir.
Por otro lado, con fecha 29 junio de 2020 se publicó una modificación urgente por la que se ha llevado a cabo una segunda acción dentro del Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Plan INFOEX, en base a los acuerdos de la Comisión Negociadora para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura celebrada el 9 de mayo de 2017 en la que se acordaron los criterios de elección e incorporación del personal laboral temporal que ocupa puestos vacantes en unidades excedentarias a unidades deficitarias según los estudios elaborados por el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales. Ello ha conllevado una redistribución de puestos de trabajo por la reestructuración de las zonas del Plan INFOEX y a la creación de nuevas unidades de extinción que se han dotado inicialmente con puestos provenientes de otras localidades y para las que se precisó crear los puestos de trabajo de Jefe/a de Retén de la nueva categoría profesional de Bombero/a Forestal Conductor/a.
Posteriormente, se han venido desarrollando diversas acciones, como consecuencia de lo dispuesto en dicho Plan, entre ellas, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Orden de 11 de octubre de 2022, por la que se aprueban bases generales aplicables a la convocatoria de provisión de puestos vacantes de Jefe/a de Retén adscritos al Plan INFOEX de la Junta de Extremadura, por el procedimiento de concurso de méritos específicos.
De este modo, mediante la presente modificación de puestos de trabajo, se lleva a cabo, una vez publicada la resolución de la relación definitiva de adjudicatarios de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes de Jefe/a de Retén, la amortización de un número importante de puestos de Bombero/a Forestal Conductor/a, que fueron creados como paso intermedio a los citados puestos de Jefe/a de Retén.
Asimismo, también se procede a reajustar el número de efectivos de puestos de la categoría de Bombero/a Forestal Conductor/a, desde localidades excedentarias a localidades deficitarias, de tal manera que no haya nuevos desajustes, de cara al próximo concurso de traslado.
En consecuencia por todo lo expuesto, mediante la presente modificación de puestos, se da un paso más para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, que pretende estructurar las categorías profesionales que forman parte del Plan INFOEX, optimizando y racionalizando al máximo el total de efectivos con los que cuenta, contando, de este modo, con recursos suficientes, tanto para las labores de extinción en época de peligro alto, como de otros incendios que pudieran estar deslocalizados de la época estival.
Teniendo en cuenta los antecedentes citados, resultan de aplicación los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es el Consejo de Gobierno.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos de la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación con las Centrales Sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva conforme a la normativa vigente.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la mesa correspondiente de la Junta de Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 10 de mayo de 2023,
DISPONGO:
Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo I para la modificación de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Segundo. Amortización de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo II para la amortización de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Tercero. Efectos.
El presente decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Impugnación.
Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 10 de mayo de 2023.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
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