RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda la admisión a depósito de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Extremeña de la Aceituna Manzanilla Cacereña, en siglas ASEXMAC, con número de depósito 10100005.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del derecho de asociación sindical, declarada vigente para las asociaciones empresariales por la disposición derogatoria de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, en relación con lo establecido por el artículo 9 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales con funcionamiento a través de medios electrónicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y teniendo en cuenta que:
El día 21 de abril de 2023, fueron presentados para su depósito el Acta de constitución y los Estatutos de la entidad denominada Asociación Extremeña de la Aceituna Manzanilla Cacereña , en siglas ASEXMAC, correspondiéndole el expediente de depósito número 10100005. La citada asociación está domiciliada en avda. Dolores Ibárruri, n.º 34, de Plasencia (C.P. 10600); se configura como asociación empresarial, su ámbito territorial abarca la provincia de Cáceres y su ámbito funcional (según se especifica en el artículo 31 de sus Estatutos) comprende a toda persona física o jurídica que...acredite documentalmente su habilitación legal para la elaboración y/o comercialización de aceitunas y disponga de las instalaciones necesarias para su ejercicio . La solicitud de depósito fue formulada por D. Francisco de Borja Sánchez Blázquez, como presidente de la asociación.
Son otorgantes y firmantes del Acta de constitución (de fecha 11 de octubre de 2022), en calidad de promotores de la organización empresarial: D. Gonzalo Simón de Cáceres, en representación de Aceitunera del Tralgas, SL; D.ª María Dolores González García, en representación de Juan González Martín, SL; D. Óscar Tovar Asensio, en representación de Aceitunas los Ángeles, SL, y catorce más, todos debidamente identificados.
Habida cuenta que la documentación así presentada cumple con todos los requisitos legales establecidos por la legislación aplicable, esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Admitir el depósito de los Estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación Extremeña de la Aceituna Manzanilla Cacereña , en siglas ASEXMAC.
Segundo. Disponer la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo que se hace público para que todo aquel que se considere interesado pueda examinar los Estatutos depositados en las dependencias de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Cáceres, adscrita a esta Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, sita en el Polígono Industrial de Las Capellanías, calle Hilanderas, n.° 15, de Cáceres, o bien través de la web: https://expinterweb.mites.gob.es/deose/?request_autoridadlaboral=1000, y solicitar la declaración judicial de no ser conforme a Derecho la documentación depositada ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en virtud de lo establecido por los artículos 2.j), 7.a), 11.1.b), 173 y 176 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado número 245, del 11 de octubre).
Mérida, 2 de mayo de 2023.
La Directora General de Trabajo,
MARÍA SANDRA PACHECO MAYA