RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición del órgano colegiado de valoración del procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración Educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, convocado por Resolución de 23 de marzo de 2023.
TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 23 de marzo de 2023 (Diario Oficial de Extremadura número 67, de 10 de Abril), del procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes no universitarios, del cuerpo de inspectores de educación dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, establece en la base octava apartado 1, que para la valoración de las solicitudes presentadas, la Dirección General de Personal Docente designará el oportuno órgano colegido de carácter técnico, el cual estará integrado por una Presidencia y cinco vocalías, designadas entre los funcionarios de la Consejería de Educación y Empleo, las funciones de Secretaría serán ejercidas por uno de los vocales.
De conformidad con lo anterior, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Proceder a la designación de las personas integrantes del órgano colegiado de valoración:
Presidente: D. Juan Manuel Vitar González (DGPD).
Vocales:
D. José Félix García Zapata (SGE).
D.ª Filomena Domínguez Fernández (DGIIE).
D.ª Alicia Gallardo Fernández (DGFP).
D. Antonio Montero Omenat (DGPD).
D.ª María José Ramírez Villar, que actuará como Secretaria (DGPD).
Presidenta suplente:
D.ª Inmaculada Sánchez Estrada (DGPD).
Secretario suplente:
D. Antonio Montero Omenat (DGPD).
Segundo. Aquellas personas integrantes que se hallen incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicar por escrito en el plazo de diez días naturales la causa de su abstención. Asimismo, las personas interesadas podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas según lo previsto en el artículo 24 de la citada ley.
Mérida, 5 de mayo de 2023.
La Directora General de Personal Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ