Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se ratifica la delimitación alcanzada por los municipios de Montánchez y Torre de Santa María (Cáceres) para determinar y fijar la posición del mojón 5.º así como los trazados que conectan los mojones 4.º y 5.º y 5.º y 6.º.
TEXTO ORIGINAL
En relación con el procedimiento de deslinde de la línea límite entre los términos municipales de Montánchez y Torre de Santa María (Cáceres) para determinar y fijar la posición del mojón 5.º así como el trazado que conecta los mojones 4.º y 5.º así como el trazado entre los mojones 5.º y 6.º, y en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho
HECHOS:
Primero. El Ayuntamiento de Montánchez (Cáceres) solicita a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, con fecha de registro de entrada de 26 de noviembre de 2021, informe técnico de la línea límite entre Montánchez y Torre de Santa María (Cáceres) en virtud de lo dispuesto en el Decreto 163/2018, de 2 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura y otras actuaciones en materia de concreción de líneas límite (publicado en el Diario Oficial de Extremadura núm. 196, de 8 de octubre).
Con fecha 24 de noviembre de 2022 se formula informe técnico en el que se señala la falta de acuerdo entre los municipios interesados en cuanto a la determinación del mojón 5.º y, consecuentemente, de los trazados que conectan éste con el mojón anterior (4.º) y con el siguiente (6.º).
Con fecha 7 de diciembre de 2022 se remite por el Servicio de Ordenación Territorial de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación Territorial al Servicio de Régimen Jurídico de Administración Local de la Dirección General de Administración Local el citado informe técnico que obra en el expediente, a los efectos de su valoración para iniciar, en su caso, el procedimiento de deslinde de la línea límite entre los municipios de Montánchez y Torre de Santa María (Cáceres), en lo relativo a los expuesto en relación con el mojón 5º y sus trazados con el anterior (4) y el posterior (6).
Segundo. Con fecha 13 de diciembre de 2022 se formula por la titular de la Dirección General de Administración Local acuerdo de inicio del procedimiento de deslinde para determinar y fijar la posición del mojón 5.º, así como el trazado que conecta los mojones 4.º y 5.º así como el trazado entre los mojones 5.º y 6.º.
Segundo. Con fecha 13 de diciembre de 2022 se formula por la titular de la Dirección General de Administración Local acuerdo de inicio del procedimiento de deslinde para determinar y fijar la posición del mojón 5.º, así como el trazado que conecta los mojones 4.º y 5.º así como el trazado entre los mojones 5.º y 6.º.
Asimismo, se solicita a los Ayuntamientos de Montánchez y Torre de Santa María la designación plenaria de los tres miembros (titulares y suplentes) que representarán a cada municipio interesado en la Comisión de Deslinde que se pretende constituir, y la remisión de dicho acuerdo a este órgano directivo mediante una certificación al efecto de la persona que ejerza las funciones de secretaría en esa entidad local, en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo.
También se solicita de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura la designación de personal de asesoramiento técnico para su incorporación a la Comisión de Deslinde que se pretende constituir en el procedimiento de referencia, y la remisión de dicha designación a este órgano directivo en el plazo de 10 días desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo.
Tercero. Una vez recibidas las propuestas respectivas, con fecha 7 de febrero de 2023 se acuerda por la titular de la Dirección General de Administración el nombramiento de las personas miembros que integran la Comisión de Deslinde del procedimiento de referencia, acuerdo que fue debidamente notificado a todas las entidades interesadas, así como al personal técnico designado.
Cuarto. Con fecha 1 de marzo de 2023 se procede a la constitución y desarrollo de los trabajos por la Comisión de Deslinde nombrada, de cuya sesión se procedió por la secretaría de la misma a la elaboración de la correspondiente acta de conformidad de deslinde, a la cual se incorporó el correspondiente informe técnico de la cuestión suscitada.
Quinto. Dicha acta de conformidad de deslinde fue objeto de ratificación plenaria por las entidades interesadas con fechas 20 de marzo de 2023 en relación a Torre de Santa María, y 28 de marzo de 2023 en relación a Montánchez. Con fecha de registro de salida de 21 de marzo de 2023 el Ayuntamiento de Torre de Santa María remite acuerdo plenario citado a este órgano directivo. Por su parte, el Ayuntamiento de Montánchez lo remite con fecha de registro de salida de 14 de abril de 2023.
Sexto. Con fecha 18 de abril de 2023 se formula por la titular de la Dirección General de Administración Local propuesta de resolución en el procedimiento de referencia, en consonancia con el contenido de los acuerdos adoptados por los ayuntamientos interesados, en la que se propone ratificar la delimitación alcanzada por los municipios de Montánchez y Torre de Santa María para determinar y fijar la posición del mojón 5.º así como los trazados que conectan los mojones 4.º y 5.º y 5.º y 6.º.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Primero. De la competencia para aprobar el deslinde.
La resolución de este procedimiento corresponde al titular de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta, según determina los artículos 6.3 del Decreto 163/2018, de 2 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura y otras actuaciones en materia de concreción de líneas límite (DOE núm. 196, 8 de octubre de 2018), y en relación con el artículo 7.6 (párrafo segundo) del Decreto 138/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 1, de 3 de enero de 2022), artículos que presentan el siguiente tenor literal, respectivamente:
3. El titular de la Consejería competente sobre régimen local dictará resolución ratificando la delimitación alcanzada, ordenará la inscripción del deslinde acordado en el registro oficial determinado en el artículo 9 y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, se notificará a los Ayuntamientos afectados, a la Diputación Provincial en su caso, a la Administración de Estado, y a los organismos oficiales que se juzgue conveniente .
6. Se desconcentran en la Secretaría General de la Presidencia las competencias que la normativa sobre régimen local atribuye a la persona titular de la Consejería competente en esta materia .
Segundo. Del procedimiento a seguir.
La relación fáctica señalada en los hechos descritos en esta resolución acredita el cumplimiento de los trámites contemplados en el Decreto 163/2018, de 2 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura y otras actuaciones en materia de concreción de líneas límite (DOE núm. 196, 8 de octubre de 2018).
Tercero. Cuestión de fondo.
Los municipios interesados en este procedimiento (Montánchez Torre de Santa María) constituidos en la Comisión de Deslinde creada al efecto, de común acuerdo, han determinado y fijado la posición del mojón 5º, así como los trazados que conectan el mojón 4º y el mojón 5º así como el mojón 5º y el mojón 6º, en función de las coordenadas determinadas en el anexo de esta resolución.
En definitiva, en atención a los argumentos fácticos y jurídicos esgrimidos, teniendo en cuenta la propuesta de resolución de la Dirección General de Administración Local, esta Secretaría General en ejercicio de las competencias citadas.
RESUELVE:
Primero. Ratificar la delimitación alcanzada por los municipios de Montánchez y Torre de Santa María en el acta de conformidad del deslinde, determinando y fijando la posición del mojón 5º, así como el trazado que conecta el mojón 4º y el mojón 5º, y los trazados que conectan el mojón 5º y el mojón 6º, con las coordenadas determinadas en el anexo de esta resolución.
Segundo. Notificar esta resolución a los Ayuntamientos de Montánchez y Torre de Santa María, a la Gerencia Territorial del Catastro en Cáceres y a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
Tercero. Notificar esta resolución al Instituto Geográfico Nacional, a efectos de su debida inscripción registral en el Registro Central de Cartografía.
Cuarto. Ordenar la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican, los recursos siguientes:
Las personas interesadas en este procedimiento que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en los términos de lo dispuesto en los artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación del acto, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previsto en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Mérida, 4 de mayo de 2023.
El Secretario General,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ
Anexo de coordenadas del deslinde
DESLINDE PARCIAL ENTRE LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE MONTÁNCHEZ Y TORRE DE SANTA MARÍA
|
---|
DETERMINACIÓN DEL MOJÓN 5.º
|
---|
PUNTO
|
X-UTM-ETRS89-HUSO-29
|
Y-UTM-ETRS89-HUSO-29
|
SITUACIÓN
|
---|
ESTE (m)
|
NORTE (m)
|
---|
MOJÓN 5.º
|
750517.92
|
4346545.77
|
Fachada norte de casa en el Paraje Huerta Juan Cuarto
|
LINEA LÍMITE ENTRE LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE MONTÁNCHEZ Y TORRE DE SANTA MARÍA
|
---|
TRAZADO DE LA LÍNEA LÍMITE ENTRE EL MOJÓN 4.º Y EL MOJÓN 5.º PROPUESTO
|
---|
PUNTO
|
X-UTM-ETRS89-HUSO-29
|
Y-UTM-ETRS89-HUSO-29
|
SITUACIÓN
|
---|
ESTE (m)
|
NORTE (m)
|
---|
M4.º
|
750729.36
|
4346590.06
|
Muro en el paraje Fuente la Raya
|
P0001-M4-M5-PROPUESTO
|
750729.36
|
4346590.06
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0002-M4-M5-PROPUESTO
|
750718.25
|
4346599.21
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0003-M4-M5-PROPUESTO
|
750718.62
|
4346606.86
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0004-M4-M5-PROPUESTO
|
750712.98
|
4346610.50
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0005-M4-M5-PROPUESTO
|
750712.05
|
4346609.96
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0006-M4-M5-PROPUESTO
|
750668.22
|
4346642.06
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0007-M4-M5-PROPUESTO
|
750666.24
|
4346654.14
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0008-M4-M5-PROPUESTO
|
750666.23
|
4346654.15
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0009-M4-M5-PROPUESTO
|
750664.61
|
4346654.27
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0010-M4-M5-PROPUESTO
|
750659.16
|
4346653.04
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0011-M4-M5-PROPUESTO
|
750648.93
|
4346650.74
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0012-M4-M5-PROPUESTO
|
750632.63
|
4346647.06
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0013-M4-M5-PROPUESTO
|
750630.21
|
4346646.52
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0014-M4-M5-PROPUESTO
|
750617.93
|
4346646.27
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0015-M4-M5-PROPUESTO
|
750589.76
|
4346647.79
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0016-M4-M5-PROPUESTO
|
750588.52
|
4346647.86
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0017-M4-M5-PROPUESTO
|
750587.06
|
4346644.61
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0018-M4-M5-PROPUESTO
|
750586.19
|
4346643.31
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0019-M4-M5-PROPUESTO
|
750560.06
|
4346604.53
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0020-M4-M5-PROPUESTO
|
750544.13
|
4346583.82
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0021-M4-M5-PROPUESTO
|
750542.97
|
4346583.97
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0022-M4-M5-PROPUESTO
|
750535.57
|
4346574.35
|
Paraje Fuente la Raya
|
P0023-M4-M5-PROPUESTO
|
750535.47
|
4346574.22
|
Fuente la Raya y Huerta Juan Cuarto
|
P0024-M4-M5-PROPUESTO
|
750535.42
|
4346570.05
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0025-M4-M5-PROPUESTO
|
750528.27
|
4346564.87
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0026-M4-M5-PROPUESTO
|
750523.74
|
4346561.06
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0027-M4-M5-PROPUESTO
|
750520.23
|
4346554.72
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
M5.º PROPUESTO
|
750517.92
|
4346545.77
|
Fachada norte de casa en el Paraje Huerta Juan Cuarto
|
LINEA LÍMITE ENTRE LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE MONTÁNCHEZ Y TORRE DE SANTA MARÍA
|
---|
TRAZADO DE LA LÍNEA LÍMITE ENTRE EL MOJÓN 5.º PROPUESTO Y EL MOJÓN 6.º
|
---|
PUNTO
|
X-UTM-ETRS89-HUSO-29
|
Y-UTM-ETRS89-HUSO-29
|
SITUACIÓN
|
---|
ESTE (m)
|
NORTE (m)
|
---|
M5.º PROPUESTO
|
750517.92
|
4346545.77
|
Fachada norte de casa en el Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0001-M5 PROPUESTO-M6
|
750509.30
|
4346541.63
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0002-M5 PROPUESTO-M6
|
750508.46
|
4346540.65
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0003-M5 PROPUESTO-M6
|
750481.46
|
4346536.54
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0004-M5 PROPUESTO-M6
|
750474.26
|
4346535.45
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0005-M5 PROPUESTO-M6
|
750450.58
|
4346532.25
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0006-M5 PROPUESTO-M6
|
750434.20
|
4346528.61
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0007-M5 PROPUESTO-M6
|
750433.78
|
4346528.52
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0008-M5 PROPUESTO-M6
|
750432.34
|
4346528.47
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0009-M5 PROPUESTO-M6
|
750431.18
|
4346529.12
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0010-M5 PROPUESTO-M6
|
750430.38
|
4346529.87
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0011-M5 PROPUESTO-M6
|
750420.74
|
4346538.98
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0012-M5 PROPUESTO-M6
|
750419.78
|
4346539.90
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0013-M5 PROPUESTO-M6
|
750414.13
|
4346546.95
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0014-M5 PROPUESTO-M6
|
750408.64
|
4346553.81
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0015-M5 PROPUESTO-M6
|
750407.17
|
4346556.04
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0016-M5 PROPUESTO-M6
|
750388.64
|
4346571.24
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0017-M5 PROPUESTO-M6
|
750390.22
|
4346580.35
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0018-M5 PROPUESTO-M6
|
750382.68
|
4346584.50
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0019-M5 PROPUESTO-M6
|
750370.45
|
4346591.43
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0020-M5 PROPUESTO-M6
|
750370.02
|
4346591.58
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0021-M5 PROPUESTO-M6
|
750368.70
|
4346592.05
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0022-M5 PROPUESTO-M6
|
750355.33
|
4346596.82
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0023-M5 PROPUESTO-M6
|
750346.19
|
4346599.06
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0024-M5 PROPUESTO-M6
|
750339.04
|
4346600.81
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0025-M5 PROPUESTO-M6
|
750337.84
|
4346601.10
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0026-M5 PROPUESTO-M6
|
750335.69
|
4346601.33
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0027-M5 PROPUESTO-M6
|
750274.16
|
4346611.41
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0028-M5 PROPUESTO-M6
|
750266.58
|
4346613.87
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0029-M5 PROPUESTO-M6
|
750263.58
|
4346614.84
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0030-M5 PROPUESTO-M6
|
750262.82
|
4346615.09
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0031-M5 PROPUESTO-M6
|
750260.88
|
4346613.39
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0032-M5 PROPUESTO-M6
|
750254.50
|
4346612.66
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0033-M5 PROPUESTO-M6
|
750248.86
|
4346614.40
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0034-M5 PROPUESTO-M6
|
750235.60
|
4346620.31
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0035-M5 PROPUESTO-M6
|
750223.80
|
4346626.92
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0036-M5 PROPUESTO-M6
|
750212.40
|
4346627.75
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0037-M5 PROPUESTO-M6
|
750210.82
|
4346628.53
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0038-M5 PROPUESTO-M6
|
750206.40
|
4346618.23
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0039-M5 PROPUESTO-M6
|
750200.98
|
4346608.70
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0040-M5 PROPUESTO-M6
|
750190.64
|
4346598.75
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0041-M5 PROPUESTO-M6
|
750176.75
|
4346597.63
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0042-M5 PROPUESTO-M6
|
750170.68
|
4346597.18
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0043-M5 PROPUESTO-M6
|
750160.83
|
4346598.60
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0044-M5 PROPUESTO-M6
|
750149.15
|
4346600.06
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0045-M5 PROPUESTO-M6
|
750138.31
|
4346601.75
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0046-M5 PROPUESTO-M6
|
750128.78
|
4346605.97
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0047-M5 PROPUESTO-M6
|
750124.25
|
4346613.12
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0048-M5 PROPUESTO-M6
|
750121.71
|
4346613.97
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0049-M5 PROPUESTO-M6
|
750115.91
|
4346614.31
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0050-M5 PROPUESTO-M6
|
750104.42
|
4346618.62
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0051-M5 PROPUESTO-M6
|
750094.32
|
4346623.30
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
|
P0052-M5 PROPUESTO-M6
|
750082.10
|
4346629.22
|
Paraje Huerta Juan Cuarto
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P0053-M5 PROPUESTO-M6
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750064.15
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4346635.83
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Paraje Huerta Juan Cuarto
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P0054-M5 PROPUESTO-M6
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750050.58
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4346641.92
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Paraje Huerta Juan Cuarto
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M6.º
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750039.14
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4346640.09
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Paraje Canchal del Gato
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