Extracto de la VII convocatoria de ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo Leader 2014-2020 de la Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón (ADESVAL) para proyectos no productivos en referencia a mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 693697
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es).
Primero. Objeto.
El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.
Esta convocatoria se publica al amparo de la Orden de 18 de noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, en la submedida 19.2 Apoyo para la realización de las operaciones, conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca de ADESVAL, Alagón del Río, Acehúche, Aceituna, Aldehuela de Jerte, Cachorrilla, Calzadilla, Carcaboso, Casas de Don Gómez, Casillas de Coria, Ceclavín, Coria, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Holguera, Huélaga, Montehermoso, Morcillo, Pescueza, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Riolobos, Torrejoncillo, Valdeobispo, Villa del Campo y Zarza la Mayor.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas.
Las personas beneficiarias finales de estas ayudas son Administraciones públicas, corporaciones y entidades locales que promuevan proyectos no productivos.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 40.000 euros, que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Estas ayudas tienen la consideración de ayudas del Estado cumpliendo las condiciones pertinentes de las Directrices de Ayudas Estatales en los Sectores Agrícola y Forestal y en las Zonas Rurales de 2014-2020, pudiendo por tanto acogerse a la excepción prevista en el artículo 107 apartado 3 letra c del TFUE en concepto de medidas destinadas al desarrollo del sector agrario.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 100 % del gasto subvencionable, con un límite de importe máximo de ayuda procedente de la misma de 60.000 euros por proyecto y destinatario final.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de cuatro meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ