EXTRACTO de la Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 694718
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Personas beneficiarias.
Las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única o en régimen de titularidad compartida, así como las personas jurídicas, siempre y cuando reúnan los requisitos del apartado tercero de la resolución de convocatoria.
Quedan excluidas de este régimen de ayudas las entidades de derecho público y las entidades sin ánimo de lucro, cualesquiera que sea la forma jurídica que adopten.
Segundo. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria de la línea de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023, previstas en el Decreto 179/2017, de 31 de octubre de 2017 (DOE n.º 212, de 6 de noviembre de 2017).
La finalidad de este régimen de ayudas es el fomento de las actuaciones siguientes:
1. La realización de obras, instalaciones y cambio de métodos o sistemas de riego que mejoren la eficiencia en el uso del agua o fomenten el ahorro de energía en las explotaciones agrarias de regadío (mejora y modernización de regadíos preexistentes).
2. La puesta en riego de explotaciones de secano mediante la implantación de sistemas eficientes de riego (aspersión, microaspersión, goteo, exudación) que propicien la economía del agua con el fin de mejorar la viabilidad y competitividad de las explotaciones agrarias.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 179/2017, de 31 de octubre de 2017 publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 212 el día 6 de noviembre de 2017.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria será de 3.000.000 euros, imputándose en la aplicación presupuestaria 120030000 G/353A/77000 FR14040103, en el Proyecto de gasto 20160181 Implantación de sistemas eficientes de riego y/o energía en explotaciones agrarias de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, conforme a las siguientes anualidades e importes:
Anualidad 2024 1.000.000,00 €
Anualidad 2025 2.000.000,00 €
Este proyecto de gasto está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), Europa invierte en las zonas rurales , dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, dentro de la medida 4 denominada Inversiones en activos físicos , submedida 4.1, “Inversiones en explotaciones agrícolas”, 4.1.3 “Implantación de sistemas eficientes de riego en explotaciones agrarias” en un 80 %. El resto será cofinanciado por la Junta de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Las ayudas consistirán en una subvención de capital.
La cuantía máxima de la ayuda individual expresada en porcentaje del importe de la inversión subvencionable será del 40 %; dicho porcentaje se incrementará en los siguientes casos:
10 % en el caso de jóvenes que se instalen en la actividad o se hayan instalado en los últimos 5 años.
10 % en el caso de zonas con limitaciones naturales u otras específicas.
20 % en el caso de inversiones en explotaciones que mantengan prácticas y métodos de agricultura ecológica.
El importe máximo de la inversión subvencionable se establece en 200.000 euros por beneficiario y convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 9 de mayo de 2023.
La Secretaría General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ