EXTRACTO de la Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas a las inversiones en activos físicos vinculados a la producción agroindustrial para explotaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 695620
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria de la línea de ayudas a las inversiones en activos físicos en explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, previstas en el Decreto 2/2017, de 24 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a las inversiones en activos físicos, vinculados a la producción agroindustrial para explotaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 20, de 30 de enero de 2017), modificado por el Decreto 83/2018, de 12 de junio, (DOE n.º 117, de 18 de junio), (corrección de errores publicada en el DOE n.º 132 de 9 de julio de 2018).
Segundo. Beneficiarios.
Podrán acceder a este régimen de ayudas los agricultores activos, titulares de explotaciones agrarias, cuya dimensión supere las 20 UTA y además contraten como mínimo un equivalente a 10 trabajadores a jornada completa en la actividad agraria anualmente, durante el periodo de compromisos y se comprometan a realizar una primera transformación de su producción en la región.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones convocadas por esta resolución están reguladas por el Decreto 2/2017, de 24 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a las inversiones en activos físicos, vinculados a la producción agroindustrial para explotaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 20, de 30 de enero de 2017), modificado por el Decreto 83/2018, de 12 de junio (DOE n.º 117, de 18 de junio), (corrección de errores publicada en el DOE n.º 132, de 9 de julio de 2018).
Cuarto. Cuantía.
1. Las ayudas tendrán la forma de subvención de capital.
2. El volumen máximo de inversión auxiliable será de 2.000.000 €.
3. La cuantía de la ayuda, expresada en porcentaje del importe de la inversión auxiliable, será del 25 %.
4. Las ayudas aprobadas en esta Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el proyecto de gasto 20160201 4.1.2 Mejora y modernización de las explotaciones agrarias , por una cuantía total de dos millones quinientos mil euros (2.500.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 120040000 G/353A/77000 FR14040102 20160201, de acuerdo con el siguiente detalle por anualidades:
Año 2023 …………………………………… 1 €.
Año 2024 ……………………. 2.000.000 €.
Año 2025 ………………………. 499.999 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y del presente extracto.
La solicitud se cumplimentará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática Arado ) o bien mediante el anexo I. El registro de la solicitud por vía telemática exige disponer de firma electrónica, la cual podrá obtenerse en la página http://www.cert.fnmt.es/.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio proporcionará a las personas interesadas las claves personalizadas de acceso al sistema informático de presentación de solicitudes, e igualmente a través de las Oficinas Comarcales Agrarias se facilitará la acreditación informática a los representantes de las personas destinatarias de estas ayudas que van a colaborar con las mismas en la formulación de la solicitud.
Una vez cumplimentada la solicitud, se podrá presentar por registro telemático a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login (aplicación informática Arado ) o en cualquiera de los registros de entrada de documentos, Oficina de Respuesta Personalizada, Centros de Atención Administrativa o en los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas interesadas correspondientes a las indicadas en el artículo 14.2 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, estarán obligadas a presentar la solicitud a través de los medios electrónicos indicados anteriormente.
Mérida, 10 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ