ANUNCIO de 8 de mayo de 2023 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de "Construcción para la ejecución de la obra de una planta para tratamiento de FORS", en el término municipal de Llerena (Badajoz).
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de Construcción para la ejecución de la obra de una Planta para Tratamiento de FORS , en el término municipal de Llerena (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avda. Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos del proyecto son.
— Peticionario: Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, Dirección General de Sostenibilidad.
— Ubicación de la instalación: Polígono 5 parcela 379, en el término municipal de Llerena (Badajoz). Con Referencia Catastral: 06074A005003790000BA.
— Necesidades por cubrir.
Las actuaciones se enmarcan dentro de las medidas previstas por la Junta de Extremadura en el Plan Integrado de Residuos de Extremadura, y están encaminadas al cumplimiento de los objetivos comunitarios y nacionales dirigidos al tratamiento de residuos, más concretamente en este caso, en la necesidad de implantar de forma gradual el tratamiento separado de los biorresiduos y la construcción de nuevas instalaciones de tratamiento biológico y/o adaptación de las instalaciones existentes para incrementar la capacidad de tratamiento de estas. El proyecto da respuesta a una demanda en el entorno de Llerena para el tratamiento de los residuos orgánicos ante la carencia de instalaciones adecuadas.
— Capacidad de Tratamiento FORS: Inicialmente 3.000 t/año, hasta alcanzar 7.000 t/año.
Restos vegetales: + 1.000 t/año Tasa de mezcla: 1 Estructurante / 3 Residuo.
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Tecnología descomposición/maduración Sistema dinámico (pilas volteadas).
— Descripción de las obras: Las obras de la nueva planta de FORS se plantean junto al recinto de la actual planta de transferencia de residuos urbanos de Llerena. De este modo se pretende aprovechar parte de las infraestructuras existentes minimizando los costes de implantación y funcionamiento.
— Resumen de instalaciones proyectadas para la nueva planta de FORS.
— Para poder llevar a cabo el tratamiento adecuado de FORS, se consideran necesarias las siguientes infraestructuras, así como equipos tanto fijos como móviles:
Control de entrada al recinto con báscula de pesadas (uso del actual existente en la Estación de transferencia).
Nueva nave de recepción, tratamiento, estabilización y afino de la FORS, que incluya:
- Playas de recepción de FORS y poda.
- Línea de tratamiento de residuo de entrada: abrebolsas con tolva de descarga directa, cinta transportadora, separadora de metales férreos, troje de rechazos y hundida (orgánica a estabilizar).
- Zona para acopio de poda, trituración y almacenamiento. Necesaria para mezclarlo con el orgánico, como estructurante, para el proceso de compostaje.
- Zona de fermentación/maduración (para 12-14 semanas aprox.).
- Planta de afino del material madurado.
- Trojes de almacenamiento de rechazos y compost.
- Zona de almacenamiento de compost para su expedición.
- Aseo y vestuario de personal en nave.
- Almacén de los residuos generados en el proceso productivo, restos de aceite de máquinas, trapos, disolventes, etc.
Instalación eléctrica y alumbrado, suministrado mediante transformador.
Instalación de recogida de Lixiviados a depósito de hormigón.
Instalación de abastecimiento de agua y saneamiento.
Zonas de tránsito de vehículos interior.
Vallado perimetral.
— Instalaciones existentes compartidas con la planta de transferencia. Se proyecta que la estación actual y la nueva planta compartan los siguientes elementos y/o infraestructuras:
Vial de entrada y salida de vehículos, donde se encuentra instalada la báscula electrónica de 60 t.
Cerramiento perimetral con puerta de accionamiento automático.
Derivación eléctrica aérea y poste con transformador eléctrico en poste para servicio de la planta de 100 kVA relación transformación 15 kV/380-220 V.
Agrupación de vertidos a una única red de pluviales, con un solo punto de vertido a cauce.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 8 de mayo de 2023, El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.