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ANUNCIO de 16 de mayo de 2023 sobre aprobación definitiva del Programa de Ejecución y Convenio Urbanístico para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje "El Loco", de las Normas Subsidiarias.
DOE Número: 98
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 24 de mayo de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE JERTE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Urbanismo.
Página Inicio: 32526
Página Fin: 32527
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 10/4/23, se aprobó definitivamente el Programa de Ejecución y Convenio Urbanístico para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje El Loco , de las Normas Subsidiarias de Jerte en vigor, presentado por D. Marino Álvarez Rey, en representación de la AIU Sector Sur-2 paraje El Loco de Jerte, el cual fue aprobado inicialmente por acuerdo de Pleno de fecha 6/10/22, y sometido a información pública mediante inserción de anuncio el DOE n.º 207 de fecha 27/10/22, sin que se hayan presentado alegaciones.
En el mismo acuerdo se adjudicó el citado programa a la AIU Sector Sur-2 para su gestión indirecta.
Por último, con fecha 2/5/23, se procedió a la formalización del correspondiente Convenio Urbanístico junto con la proposición jurídico económica, mediante la firma de los citados documentos por las partes.
Posteriormente, y registrado con fecha 12/5/23 y n.º de inscripción 0002/2023/PEJ; se ha procedido a su depósito en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio a los efectos de lo previsto en los artículos 59,1,2 y 4 de la LOTUS y 71.5 de su Reglamento.
Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 135 y siguientes del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
El texto íntegro de los documentos definitivos citados, puede consultarse en el Portal de Transparencia de este ayuntamiento cuyo enlace es el siguiente:
https://jerte.sedelectronica.es/
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el órgano que dicta esta resolución de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho, incluido el extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jerte, 16 de mayo de 2023. El Alcalde, GABRIEL IGLESIAS SÁNCHEZ.

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