RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición del órgano colegiado de valoración del procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos Docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa y del Cuerpo de Inspectores de Educación dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, convocado por Resolución de 7 de mayo de 2024.
TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 7 de mayo de 2024 por la que se establece del procedimiento para la concesión de licencias por estudios destinadas al personal funcionario de carrera de los Cuerpos Docentes no universitarios, del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración educativa y del cuerpo de Inspectores dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional para el curso 2024/2025 (DOE n.º 93, de 15 de mayo), establece en la base octava apartado 1, que para la valoración de las solicitudes presentadas, la Dirección General de Personal Docente designará una Comisión de Valoración integrada por una Presidencia y cinco Vocalías, previa designación por parte de las personas titulares de las direcciones generales participantes, así como que las funciones de Secretaría serán ejercidas por uno de los vocales.
De conformidad con lo anterior, esta Dirección General de Personal Docente,
RESUELVE:
Primero. Proceder a la designación de las personas integrantes del órgano colegiado de valoración:
Presidente:
D. Juan Manuel Vitar González, en representación de la Dirección General de Personal Docente.
Vocales:
D. David Fernández Hernández, en representación de la Inspección Educativa, Secretaría General de Educación y Formación Profesional.
D.ª Filomena Domínguez Fernández, en representación de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
D.ª Mercedes Jiménez Encabo, en representación de Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
D.ª Rafaela Rodríguez Zarallo, en representación de la Dirección General de Personal Docente.
D.ª María José Ramírez Villar, en representación de la Dirección General de Personal Docente, que actuará como Secretaria.
Presidenta suplente:
D.ª Rafaela Rodríguez Zarallo, en representación de la Dirección General de Personal Docente.
Vocales suplentes:
D.ª M.ª Teresa Osado Alaminos, en representación de la Inspección Educativa, Secretaría General de Educación y Formación Profesional.
D. Antonio Paredes de la Sal, en representación de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
D. Enrique Paz Contreras, en representación de Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
D.ª Mercedes Benítez Borrallo, en representación de la Dirección General de Personal Docente.
D.ª M.ª del Carmen Montaño Cabezas en representación de la Dirección General de Personal Docente, que actuará como Secretaria.
Segundo. Aquellas personas integrantes que se hallen incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicar por escrito en el plazo de diez días naturales la causa de su abstención. Asimismo, las personas interesadas podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas según lo previsto en el artículo 24 de la citada ley.
Mérida, 20 de mayo de 2024.
El Director General de Personal Docente,
DAVID MORENO REGO