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RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el plan de actuaciones en materia de emprendimiento a través de la gestión y dinamización de la red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura en el ámbito de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital para el periodo 2024-2025.
DOE Número: 109
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 06 de junio de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de presidencia, interior y diálogo social
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 28580
Página Fin: 28620
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 10 de mayo de 2024, el Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el plan de actuaciones en materia de emprendimiento a través de la gestión y dinamización de la red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura en el ámbito de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital para el periodo 2024-2025, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 31 de mayo de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, PARA FINANCIAR EL PLAN DE ACTUACIONES EN MATERIA DE EMPRENDIMIENTO A TRAVÉS DE LA GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LA RED DE PUNTOS DE ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL DE EXTREMADURA EN EL ÁMBITO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL PARA EL PERIODO 2024-2025
Mérida, 10 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, y por Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por el que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm. 157, de 16 de agosto), autorizado para la suscripción del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 30 de abril de 2024.
De otra parte, Don Miguel Ángel Mendiano Calle, con DNI n.º ***704***, Consejero Delegado de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, de nacionalidad española, duración indefinida, con domicilio social en 06800 Mérida (Badajoz), Avenida José Fernández López, n.º 4 y CIF número B06253488, nombrado por acuerdo del Consejo de Administración adoptado el día 13 de septiembre de 2023, elevado a público mediante escritura pública otorgada el día 19 de septiembre de 2023 ante el Notario don Gonzalo Fernández Pugnaire con n.º de protocolo 1282 e inscrito en el Registro Mercantil de Badajoz el día 19 de septiembre de 2023, al Tomo 618, Folio 114, Hoja BA-7782, Inscripción 52ª.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero. La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE núm. 140 de 21 de julio), y del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, ejerce las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones.
Concretamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 del citado Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, corresponde a la Dirección General de Empresa, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el ejercicio de las competencias en materia de política empresarial, promoción, fomento y modernización de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de autónomos y emprendedores, en particular:
En materia de política empresarial:
a) El impulso de la estrategia regional de mejora del tejido empresarial en Extremadura, con la participación de los órganos directivos, servicios y unidades administrativas vinculadas, así como la dirección, coordinación y seguimiento de las actuaciones contempladas en dicha estrategia.
b) Liderar el Plan para la Empresa Competitiva Extremeña de vigencia plurianual en colaboración con los agentes económicos y sociales de la región, con la participación de otras Consejerías y Direcciones Generales implicadas.
c) El impulso del Consejo Extremeño del Emprendimiento y la pyme como órgano colegiado consultivo, asesor y de colaboración entre las distintas administraciones, organizaciones empresariales, sindicales, Cámaras de Comercio, Universidad y entes públicos y privados, para coordinar las políticas y estrategias de apoyo al emprendimiento, creación y consolidación de las pymes.
d) Mantener el diálogo social con agentes económicos y sociales de la región en materia de empresa.
e) La construcción y explotación de todo tipo de infraestructuras de carácter empresarial.
f) El desarrollo de programas de apoyo a la creación, crecimiento, consolidación y mejora de la competitividad empresarial, cualquiera que sea su forma jurídica.
g) El fomento, apoyo y promoción de la actividad empresarial y emprendedora desarrollada por autónomos, mujeres, jóvenes, iniciativas de emprendimiento social y otros colectivos con especiales dificultades.
En materia de creación de empresas:
a) Promoción y dinamización del emprendimiento y la empresa en Extremadura, e integración de los ecosistemas de emprendimiento en la sociedad.
b) El desarrollo y ejecución de programas de fomento de la cultura emprendedora.
c) La gestión, propuesta, tramitación y seguimiento de los procedimientos de fomento de la actividad empresarial.
d) Desarrollo y gestión de programas destinados a la aceleración y acompañamiento de nuevos proyectos empresariales.
e) Sensibilización y formación para el emprendimiento en los diferentes niveles educativos y en la ciudadanía en general, sin perjuicio de las competencias que correspondan en esta materia a otras Consejerías.
En materia de crecimiento y consolidación de empresas:
a) Los programas de mejora de la competitividad de la pyme a través de la capacitación sus personas, sus productos y sus procesos.
b) Los programas de acceso a la financiación, mediante instrumentos financieros, subsidiación de intereses y operaciones de aval a empresas y autónomos.
c) La promoción, planificación, ejecución y gestión de programas de continuidad empresarial y relevo generacional, la segunda oportunidad empresarial, el fomento de la cooperación empresarial y otros que garanticen la consolidación del tejido empresarial.
En materia de inversión empresarial:
a) El desarrollo y ejecución de programas de ayudas dirigidas a incentivar las inversiones productivas de las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, en su fase tanto de creación, ampliación, traslado como modernización.
b) La gestión de los Incentivos Económicos Regionales regulados en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y otros.
c) El desarrollo de la promoción industrial y otros sectores estratégicos de la economía extremeña.
d) Impulso de la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico PREMIA, desde la identificación, captación y evaluación de proyectos hasta su seguimiento, asesoramiento y coordinación de entidades implicadas.
En materia de innovación e internacionalización:
a) El impulso de inversiones tecnológicamente avanzadas, proyectos de viabilidad comercial y precomercialización de soluciones innovadoras, la internacionalización de productos y servicios.
b) Impulso y fomento del intraemprendimiento y emprendimiento corporativo en las empresas como elemento de fomento de la innovación.
c) La coordinación y ejecución de las políticas de apoyo a las empresas de la economía digital y basadas en conocimiento, el impulso al emprendimiento de base tecnológica, aceleración y escalado de startups, en colaboración con la D.G de Transformación Digital y sin perjuicio de las competencias que correspondan en esta materia a otras Consejerías.
En materia de autónomos y economía social:
a) Diseño, gestión, seguimiento y control de medidas y ayudas dirigidas a trabajadores autónomos, cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y otras entidades de la economía social, así como a sus asociaciones.
b) Impulso y fomento de la responsabilidad social empresarial en Extremadura.
Segundo. La Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, impulsó un proceso de coordinación de todas las medidas de atención y apoyo a las empresas que realiza el sector público empresarial, con el objetivo final de lograr la atención integral al empresario ubicado en Extremadura, optimizando los servicios, evitando solapamientos y cubriendo vacíos de gestión, con austeridad y visión de futuro.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, filial del Grupo Extremadura Avante SLU, según el artículo 2 de sus estatutos sociales tiene como objeto el servicio a los empresarios y al resto de agentes económicos que contribuyan al desarrollo económico y social de Extremadura, y el acompañamiento a la Junta de Extremadura para la ejecución de su política empresarial. En particular, apoyará a la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que se generen para el impulso del emprendimiento, el fomento de la comercialización e internacionalización de la economía regional, la promoción de la innovación como herramienta de competitividad empresarial y cualquieras otras que sean necesarias para el apoyo y crecimiento del sector empresarial de la región. La Sociedad propiciará la participación y colaboración con el conjunto de agentes que en Extremadura están implicados en el desarrollo de la iniciativa emprendedora, creación de empleo, innovación e investigación científica y tecnológica, y fomento del comercio tanto a nivel nacional como internacional de los agentes que operan en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Bajo esta premisa se puso en marcha la Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial, establecida como una serie de espacios físicos en los que se encuentra un equipo técnico que, de manera integral, ofrece recursos y servicios a las empresas, autónomos y emprendedores de Extremadura, con el objetivo de que sus proyectos empresariales e ideas de negocio puedan desarrollarse con la máxima agilidad y eficacia. El objetivo último se centra en trabajar con las empresas de la región para mejorar su competitividad y consolidación en el mercado, con la finalidad de afianzar sus posibilidades de éxito empresarial.
Desde su puesta en marcha, la Red PAE, ha atendido a más de 50.000 personas, las cuales han recibido más de 160.000 servicios, destacando todo lo relativo al proceso de creación de una empresa, a través de un procedimiento ágil y simplificado, minimizando los desplazamientos de los emprendedores a distintos organismos, lo que ha posibilitado la creación en estos años de más de 8.000 nuevas empresas.
Asimismo, en la red PAE se ofrece un programa de acompañamiento a las empresas de reciente creación, con asesoramiento, formación y consultoría específica para apoyar el trabajo de dichas empresas en los primeros años de vida, con la intención de favorecer su consolidación y permanencia en el tiempo y contribuir así a reducir la tasa de mortalidad empresarial, que resulta especialmente crítica en los tres primeros años de vida de una empresa.
Se ha ofrecido este servicio a más de 4.000 pymes y autónomos, con las que se trabaja para mejorar su competitividad y consolidación en el mercado, poniendo a su alcance un amplio catálogo de servicios, programas y actividades con la finalidad de mejorar sus posibilidades de éxito en las diferentes áreas empresariales estratégicas.
Estos resultados, su incidencia en el proceso de generación de empleo y riqueza en la región y la valoración positiva que las personas emprendedoras y empresarias tienen de la red PAE, determinan la conveniencia e idoneidad de seguir reforzándola, consolidando no solo ya los espacios que existen en los 5 núcleos urbanos de mayor tamaño de la región, sino también favoreciendo una mayor extensión territorial de la misma, de manera que pueda darse la máxima cobertura geográfica posible.
Así mismo y en esta nueva extensión de la Red, se trabajará por un cambio de paradigma en la atención a las empresas, centrada en este caso de manera esencial en el acercamiento al territorio y el contacto directo para el establecimiento de sinergias con prescriptores y grupos de interés de la iniciativa, como son otros agentes en el territorio y las diferentes asociaciones empresariales que existen en la región.
Tercero. El artículo 5.1 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de Extremadura Avante, SLU, entre los que se encuentran, conforme a la letra i), las subvenciones y transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones.
Cuarto. La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (DOE núm. 26, de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y en el servicio 14004 Dirección General de Empresa contempla la transferencia específica a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del proyecto objeto del presente Convenio.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas excluidas de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura conforme a lo establecido en su artículo 3.a), las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV ó VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública. Así mismo, el apartado tercero del citado artículo recoge la posibilidad de que las transferencias específicas puedan tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar.
Mediante el presente convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, según el cual, deberá contener, necesariamente el objeto de las actuaciones concretas a desarrollar, la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el plazo y forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá en todo caso la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene como objeto formalizar la transferencia específica, de carácter plurianual para la ejecución del proyecto PLAN DE ACTUACIONES PARA LA CONSOLIDACIÓN Y EL CRECIMIENTO DEL TEJIDO EMPRESARIAL EN EXTREMADURA A TRAVÉS DE LA GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LA RED DE PUNTOS DE ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL, por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme, SLU, con el fin de desarrollar actividades en materia de promoción empresarial, implementando fundamentalmente acciones consolidación y apoyo a empresas de la región así como el fomento para la creación de nuevas empresas, a través de la Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura, fijando los objetivos a conseguir, las actuaciones a desarrollar y donde se establezcan los mecanismos de evaluación de dichas actuaciones a desarrollar durante las anualidades 2024 y 2025.
Segunda. Contenido de las iniciativas a realizar por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
La sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con cargo a esta transferencia específica, realizará las actuaciones previstas en el correspondiente Anexo I del presente convenio, y de acuerdo con la cuantificación indicada. No obstante, lo anterior, podrán producirse desviaciones de gastos, entre cada una de las actuaciones y/o conceptos previstos para la presente transferencia específica.
Igualmente, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, realizará las actuaciones y justificará los gastos en los términos establecidos en las cláusulas cuarta y quinta del presente convenio.
Las actuaciones del presente convenio se encuadran en el proyecto 2022_Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU: Apoyo a actuaciones en materia de emprendimiento , teniendo por objeto promover una serie de espacios físicos a través de los cuales se acerquen al ciudadano todos los servicios y recursos que la administración pueda ofrecer para apoyar el tejido empresarial regional, que abarcan desde la fase inicial de generación de ideas, análisis de viabilidad de nuevos proyectos y su puesta en marcha, así como el desarrollo de iniciativas relacionadas con el fortalecimiento de estas pymes y micropymes, a través, en este caso, del desarrollo de un plan de acciones de acompañamiento y seguimiento a estos negocios, incluyendo así mismo y de manera esencial en estas dos anualidades, una serie de actuaciones que promoverán el acercamiento y contacto directo de la Red PAE con Empresas y grupos de interés en el territorio.
Para alcanzar los objetivos descritos y sin perjuicio del mayor detalle recogido en el Anexo I, las actuaciones que se llevarán a cabo son las siguientes:
1) Gestión y dinamización de los espacios que conforman la red de Puntos de Acompañamiento Empresarial (PAE).
Mediante este proyecto se continuará dotando a la red de todos los recursos personales y materiales necesarios para su óptimo desarrollo, contemplándose además una extensión de la red, tanto en lo que se refiere a la puesta en marcha de nuevos espacios de asesoramiento repartidos por la geografía regional, como a la creación de nuevos servicios orientados a la digitalización de las empresas, a través del asesoramiento y mejora de la rentabilidad de sus negocios mediante la utilización de herramientas digitales.
2) Dinamización y acercamiento al territorio de la red de Puntos de Acompañamiento Empresarial.
Esta actuación se ocupará de la definición metodológica y despliegue de acciones y pautas de trabajo de la Red PAE para poder estar presente en el territorio, estableciendo alianzas con las entidades que operan en Extremadura, para, así mismo, conseguir un conocimiento y relación directa con el tejido empresarial, aportando valor para alcanzar sus retos y tratar de resolver sus necesidades.
De igual modo, como complemento y apoyo en la dinamización de la red, se llevarán a cabo una serie de acciones de promoción y difusión, con el objetivo de dar a conocer oportunidades de negocio, nuevos proyectos empresariales que se creen en Extremadura, y en general, a la promoción del mundo empresarial y emprendedor en nuestra región, con el propósito de reforzar el ecosistema emprendedor y empresarial extremeño.
Tercera. Financiación.
La financiación de las actividades se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para el total de las dos anualidades de tres millones setenta y cinco mil euros (3.075.000,00 €), con el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Imputación Presupuestaria Anualidades
Aplicación presupuestaria Proyecto de Gasto 2024 2025
140040000 G/323A/44000 CAG0000001 20160351 1.537.500 € 1.537.500 €
Sin perjuicio de la cobertura prevista en la actual Ley de Presupuestos para la financiación de las actuaciones derivadas del presente año, la transferencia específica de la anualidad futura, 2025, estará supeditada a la oportuna cobertura presupuestaria a través de la partida designada en la Leyes de Presupuestos correspondientes, así como por las evaluaciones periódicas de seguimiento y validaciones de objetivos de cada una de las actuaciones, que se lleven a cabo por parte de la Dirección General de Empresa.
El proyecto está financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La ejecución de las actuaciones por parte de la sociedad que estén financiadas con cargo a esta transferencia no generarán ingresos en ningún caso.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través de la Dirección General de Empresa, realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión e inspección, de las actuaciones que en el ámbito del presente proyecto sean desarrolladas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Cuarta. Obligaciones de pago y justificación.
Esta transferencia específica tendrá una duración plurianual, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025 y los pagos de la misma se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005; así, las transferencias nominativas se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre .
No obstante, lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
— Si a la firma del presente convenio o, en su caso, de las sucesivas adendas hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad que proceda, podrá acumularse para su abono la cuantía que corresponda a los trimestres en curso.
— Para proceder al abono de las cantidades correspondientes a una nueva anualidad, deberá haberse justificado previamente el 100% de la anualidad inmediatamente anterior.
— Los sucesivos abonos estarán supeditados a la justificación de un equivalente del 25% de la anualidad correspondiente.
La justificación final anual se realizará hasta el 31 de enero de la anualidad siguiente consecutiva. La justificación final de todas las actividades realizadas durante toda la vigencia del convenio se podrá presentar hasta el 31 de marzo de 2026, conforme las indicaciones contenidas en el anexo II del presente convenio.
No obstante, y previo informe favorable de la comisión de seguimiento, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, mediante escrito dirigido al órgano gestor podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, al último pago del 25% de cada anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor será por cuenta de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Si la renuncia se produjera por causas imputables a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la que pudiera derivarse un posible incumplimiento en relación con las actuaciones a ejecutar en cada anualidad, ésta se tramitará conforme a los cauces previstos para el incumplimiento dispuesto en la cláusula sexta.
En todo caso, las renuncias habrán de tenerse en cuenta en cuanto al grado de cumplimiento previsto en la cláusula sexta.
Sin perjuicio de lo anterior, si la renuncia implicara variaciones entre los diferentes conceptos y/o actividades, deberá estarse a lo previsto en la Cláusula quinta para las posibles modificaciones.
Quinta. Ejecución del proyecto y forma de justificar las transferencias específicas.
Los gastos derivados de esta transferencia específica deberán realizarse entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos. No obstante, en el supuesto de que de una actuación concreta se deriven gastos en distintas anualidades, cada uno de esos gastos se imputará a la anualidad en que se ejecute la acción que ha conllevado tales gastos.
La justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente convenio.
No obstante lo anterior, podrán producirse desviaciones presupuestarias, dentro de la misma anualidad, entre las actuaciones y/o conceptos de gastos contemplados en la transferencia específica, siempre con el límite del importe previsto en la misma para cada anualidad.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido de este.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en la cláusula segunda, párrafo primero, cuando las posibles variaciones no superen los siguientes límites:
— Cuando se produzca una desviación entre las actuaciones indicadas en el presupuesto que no supere el 10% del importe de cada una de ellas.
O bien,
— Si dentro de cada actuación se producen variaciones entre los diferentes conceptos que no superen el 20 % del importe previsto para cada uno de ellos.
Todo ello, respecto del importe previsto para cada anualidad, y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actuaciones mencionadas en la cláusula primera siguiendo el desglose de actividades que se adjunta en el Anexo I para todo el periodo de vigencia e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad incluidos, así mismo, en dicho Anexo.
La Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actividades realizadas (conceptos de gasto) en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
Así mismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo II y III del presente Convenio, que estarán a disposición de esta Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero durante un plazo de cinco años desde la finalización de la vigencia del Convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento total o parcial de la obligación de justificación por anualidad o de cualquiera de las restantes obligaciones e instrucciones establecidas en el presente convenio, conllevará, previa audiencia de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la devolución total o parcial de la transferencia específica por anualidad y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes. De no reintegrarse voluntariamente se exigirá la devolución conforme a la normativa que le sea aplicable.
Al respecto de determinar el grado de incumplimiento se atenderá a criterios de proporcionalidad para determinar el alcance del mismo. De este modo cuando no se llegue a justificar debidamente, al menos, el 50% del importe y de las acciones objeto de la presente Transferencia, se determinará el incumplimiento total del objetivo de la misma, quedando obligada Extremadura Avante a la devolución de todas las cantidades que le fueron abonadas, más los intereses legales devengados. Cuando se acredite, más del 50% de la Transferencia, pero no el 100% de la misma, se determinará el incumplimiento parcial, debiendo Extremadura Avante devolver el importe de la Transferencia no justificado, más los intereses legales devengados.
Será la Comisión de Seguimiento regulada en la cláusula siguiente la que determine el grado del incumplimiento atendiendo al motivo que la fundamenta.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a. Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente.
b. Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
c. Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula quinta del presente convenio.
d. Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula cuarta del presente convenio.
e. Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de la información.
f. Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g. Elevación a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones que exijan aprobación de los mismos.
h. Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
La Comisión se reunirá al menos con carácter bimensual para la evaluación de las actuaciones y seguimiento de indicadores, y en su caso, y en cualquier momento, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente Convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días, mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar.
Dichas reuniones podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. Dicha Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente Convenio. Los acuerdos de la comisión se adoptarán por mayoría de votos, disponiendo el presidente de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
Tras cada anualidad de vigencia del Convenio, en el primer trimestre del año siguiente, se realizará una evaluación de las actuaciones realizadas en el ejercicio anterior en ejecución del presente Convenio considerando los indicadores de resultado alcanzados en cada caso, pudiendo proponerse los cambios que se estimen convenientes para la mejor ejecución de las actuaciones previstas, y que deberán ser recogidos, en su caso, en una Adenda a este convenio.
Octava. Eficacia del convenio.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución del proyecto, el plazo y la forma de justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente Convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución.
Novena. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Del mismo modo deberán cumplirse con las indicaciones que sobre publicidad se contienen en las instrucciones de justificación del Anexo II del presente convenio.
Undécima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, quedando fuera de su ámbito de aplicación, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización de contratos a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones del presente convenio, deberán estar sujetos a la aplicación estricta de dicha Ley de Contratos del Sector Público, así como de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula séptima de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha mencionada.
El Consejero de Economía, Empleo Y Transformación Digital
PA, Resolución de 10/08/2023 (DOE núm. 157, de 16 de agosto)
El Secretario General,
D. Juan Andrés Moreno Martín
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU,
D. Miguel Ángel Mendiano Calle
ANEXO I
SERVICIOS REQUERIDOS Y ACTIVIDADES A REALIZAR
I. TRANSFERENCIA ESPECÍFICA.
La Transferencia Específica (TE) prevista en el anexo de proyectos de gasto de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , en el servicio 14004 Dirección General de Empresa , en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (DOE núm. 26, de 6 febrero), a favor de la Sociedad “Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, financiará con carácter plurianual (2024-2025) el siguiente PROYECTO Y SUS ACTUACIONES:
II. ACTUACIONES A REALIZAR.
Proyecto: PLAN DE ACTUACIONES PARA LA CONSOLIDACIÓN Y EL CRECIMIENTO DEL TEJIDO EMPRESARIAL EN EXTREMADURA A TRAVÉS DE LA GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LA RED DE PUNTOS DE ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL
Los objetivos del presente Proyecto serán la articulación y desarrollo de la Red PAE, con la misión principal de acercar al ciudadano y especialmente a la empresa todos los servicios y recursos que la Administración pueda ofrecer para apoyar el tejido empresarial regional, así como la promoción de determinadas actividades vinculadas a los fines de la Red PAE y destinadas al apoyo del tejido empresarial de nuestra región y a las personas emprendedoras.
Para el desarrollo de este proyecto se contempla la ejecución de dos actuaciones complementarias entre sí:
a) Por un lado, se desarrollará una actuación relacionada con la gestión, dinamización y promoción de los servicios prestados en los espacios que forman la Red.
b) En segundo lugar, se diseñará una metodología y se implementará y desplegará en el territorio un conjunto de actividades relacionadas directamente con la consolidación de empresas y que se definirán como el acercamiento al territorio de todos los servicios prestados por la Red PAE, además de la puesta en marcha de actividades dirigidas a favorecer la consolidación y crecimiento de nuevas empresas, mediante acciones de promoción y difusión.
La citada Red estará ubicada en las cinco localidades de mayor población de la región: Badajoz, Cáceres, Mérida, Plasencia y Don Benito/Villanueva de la Serena, favoreciendo así una cierta vertebración territorial y acercando los recursos y servicios a las personas emprendedoras y a las empresas de la región.
Con el propósito de potenciar aún más los resultados de la red y llegar a más emprendedores y empresas de la región se contempla la extensión de la misma, a través de nuevos espacios de asesoramiento en determinados enclaves estratégicos, a través de la apertura de nuevos espacios.
Mediante el proyecto definido en la presente transferencia específica se pretende dotar a dicha Red de todos los recursos personales y materiales necesarios para su óptimo funcionamiento.
Para ello se contempla la puesta a disposición de una estructura de personal para llevar a cabo el conjunto de actividades descritas con suficientes garantías de eficacia y eficiencia con base a su vez en resultados e indicadores de actividad de ejercicios anteriores.
Dentro de los espacios físicos que conforman la red se ofrecerán servicios de información, asesoramiento y tramitación dirigido tanto a empresas como a emprendedores relacionados con todas aquellas áreas técnicas y de conocimiento para la gestión y el desenvolvimiento del tejido empresarial, tales como temas fiscales, laborales, ayudas públicas, acceso a la financiación, gestión comercial, internacionalización, digitalización e innovación, propiedad industrial y todas aquellas materias que puedan resultar de interés tanto para la creación como consolidación de una empresa.
De igual modo, se llevará a cabo una estrategia específica de acercamiento e interrelación con las empresas de la región en la que se establecerán como objetivos básicos:
1. Potenciar grandes proyectos industriales, así como la inversión productiva.
2. Crecimiento y consolidación de pymes.
3. Apoyo y profesionalización de autónomos.
4. Fomento del emprendimiento y promoción empresarial.
5. Colaboración empresarial y asociaciones empresariales.
Y, por último, y como complemento a las actuaciones definidas anteriormente, en el marco de esta Red se organizarán diferentes actividades de promoción, difusión y formación sobre contenidos relacionadas con las materias indicadas, dirigidas a emprendedores, autónomos, micropymes y empresas en general, de cualquier ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Así, con el propósito de fomentar la cultura emprendedora y participar en un mayor reforzamiento del ecosistema emprendedor de la región se llevarán a cabo encuentros y jornadas técnicas, colaboración en el patrocinio de actos relacionados con el mundo de la empresa, asistencia a ferias/foros/encuentros nacionales e internacionales, además de la realización y publicación de guías y material promocional que favorezca el emprendimiento y la creación y consolidación de empresas.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto el conjunto de actividades a desarrollar en cada una de las dos actuaciones antes indicadas es la siguiente:
ACTUACIÓN 1: GESTIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LOS ESPACIOS QUE CONFORMAN LA RED DE PUNTOS DE ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL (PAE)
A) Actividades y conceptos de gasto:
1.1. Gestión de la Red PAE.
La red PAE son espacios físicos abiertos al público objetivo en general, desde los que se ofrecerá información y servicios de asesoramiento sobre las siguientes áreas:
— Asesoramiento general en el ámbito emprendedor y empresarial para impulsar la generación de nuevas ideas y proyectos.
— Tutelaje en el Auto - Diagnóstico de competencias empresariales.
— Construcción de proyectos empresariales Planes de Empresa. Elaboración y asesoramiento en todo lo relativo a esta herramienta fundamental para la puesta en marcha de nuevos negocios.
— Análisis de viabilidad de estos planes de empresa; promoviendo la puesta en marcha en nuestra región de proyectos empresariales dotados de ciertas garantías de éxito y consolidación.
— Tutelaje de planes de empresa, tanto para autónomos como para cualquier proyecto emprendedor.
— Asesoramiento para la creación de empresas.
— Asesoramiento en la tramitación de alta de empresas, registro de marca o nombre comercial.
— Asesoramiento para la obtención de financiación en los proyectos empresariales.
— Información y asesoramiento sobre las diferentes ayudas y subvenciones públicas y privadas a las que pueda acceder todo emprendedor o empresario para poner en marcha, desarrollar o modernizar en Extremadura.
— Asesoramiento y apoyo para la internacionalización, informando y asesorando sobre normativa, gestiones y trámites que ayuden a nuestros empresarios en el proceso de internacionalización de sus empresas.
— Asesoramiento en cómo mejorar la gestión comercial de una empresa.
— Asesoramiento en materia de digitalización de una empresa.
— Desarrollo de acciones formativas sobre diferentes áreas temáticas: comunicación, marketing, creatividad, entre otras.
Para el desarrollo de estas actividades se pondrá a disposición del presente programa un equipo humano descrito en el apartado siguiente Medios Técnicos y Humanos , encargados de llevar a cabo todos los servicios técnicos de la Red.
Los conceptos de gasto incluidos en este apartado hacen referencia a todos aquellos relacionados con la gestión directa y el mantenimiento de las sedes PAEs, oficinas abiertas al público; así, se incluyen en este caso gastos de adecuación de espacios, limpieza, teléfono, párking, material de oficina y otros, conforme al detalle presupuestario de subconceptos incluido en el presupuesto.
1.2. Herramientas de soporte a la Red PAE.
Se incluyen en este apartado el conjunto de herramientas y soportes informáticos que la Red precisa, con carácter transversal, para el óptimo desarrollo de los servicios que se ofrecen:
1. Herramientas de software de gestión de la Red PAE que permita una correcta gestión de la relación con las personas emprendedoras, tales como CRM o similares, ofreciendo múltiples servicios en la gestión y dinamización de la misma.
2. Herramientas técnicas de gestión de la red de mentoring.
3. Herramienta web para el análisis y elaboración de planes de empresa, que permita la formación y el análisis y estudio de los proyectos empresariales previos a su puesta en marcha, así como el estudio de las nuevas líneas de negocio o nuevas inversiones en empresas existentes.
4. Plataforma de Formación virtual en gestión y habilidades empresariales, que contemple un abanico de diferentes cursos adaptados a las necesidades de las personas emprendedoras y empresarias.
5. Cualquier otra herramienta que se precise para dar soporte a las actuaciones a llevar a cabo en el marco de la presente transferencia.
Se incluyen en esta área los gastos relativos tanto a alojamiento de las diferentes plataformas, como los de diseño, gestión, mejoras y actualización de contenidos.
B) Indicadores: Conforme a todo lo anteriormente expuesto, los indicadores que definen esta actuación son los siguientes:
INDICADOR 2024 2025
N.º de servicios prestados 15.500 16.500
Creación de empresas 600 700
Empresas y emprendedores atendidos por 1ª vez 2.300 2.400
Número de personas formadas 1.500 1.600
Jornadas de sensibilización empresarial 50 50
ACTUACIÓN 2: DINAMIZACIÓN Y ACERCAMIENTO AL TERRITORIO.
A) Actividades:
El objetivo de estas acciones es incrementar los puntos de relación y de servicio con las empresas del territorio desde cada PAE y establecer, así mismo, relaciones de confianza con las entidades del territorio.
Así, se incluyen en esta actuación las siguientes actividades y conceptos de gasto:
2.1. Territorio y Empresas.
El objetivo de esta acción se centra en acercar al territorio los servicios PAE en este caso con un enfoque más proactivo que reactivo, es decir, promover el contacto directo y el mayor conocimiento del tejido empresarial regional así como de todos los agentes en el territorio, para poder atender sus necesidades y maximizar las opciones de inversión y consolidación empresarial en la región.
Trabajarán en esta área todos los técnicos de cada uno de los PAEs, en orden en atender conforme a su conocimiento especializado en su territorio a empresas de la región.
Para afrontar de forma operativa el plan de trabajo, cada PAE asume un territorio delimitado de la región. Este reparto territorial tiene la función básica de acotar el marco de actuación, y por tanto tener definidas las alianzas a las que dirigirse y mantener relación.
Los conceptos de gasto incluidos en este apartado hacen referencia a todos aquellos relacionados directamente con las salidas del personal implicado en esta actuación, tratándose de este modo de conceptos como alquiler de vehículos y otras opciones de desplazamiento, y por otro lado, gastos derivados del desarrollo de reuniones y reservas y acondicionamientos de espacios en el territorio.
El diseño y puesta en marcha de esta actuación comprende el desarrollo de un conjunto de tareas conforme a la siguiente descripción y teniendo en cuenta un ciclo de actuación previsto con una periodicidad mensual, así:
— Acciones internas. Se realizarán entre el equipo de la Red PAE y la Dirección General de Empresa, para abordar una planificación adecuada a los recursos de cada PAE acorde al contexto del territorio. Estas acciones se centrarán en una sesión de planificación al inicio de ciclo, sesión de seguimiento en la mitad del ciclo y sesión de re-planificación para iniciar un nuevo ciclo de actuaciones con los aprendizajes adquiridos.
— Acciones externas. Son acciones de alianzas entre las entidades de cada territorio y las empresas, cuyo objetivo es aportar valor a las empresas. Comprenden actuaciones informativas con contenidos sobre recursos para las empresas (ayudas, programas, eventos, conocimientos específicos de gestión con la administración ), de relación con entidades, de análisis y seguimiento para identificar necesidades, etc. La planificación de estas acciones comprenderá:
Sesiones de trabajo para establecer alianzas con las diferentes entidades de la región, asociaciones, aceleradoras , con una previsión estimada de entre 2 y 4 sesiones por técnico al mes.
Celebración de Jornadas informativas con contenido específico propio, con una previsión de 4 jornadas al mes.
Organización e implementación de una agenda de visitas a empresas, individualizadas y a desarrollar por todos los técnicos de la red con un alcance estimado de 12 visitas técnico/mes.
2.2. Jornadas PAE.
Formarán parte así mismo de la acción de acercamiento al territorio la celebración de un programa de jornadas que promuevan el conocimiento técnico empresarial así como la dinamización y el establecimiento de alianzas en el territorio.
En este sentido, se incluye el diseño y celebración de, al menos, 6 jornadas al año que versarán sobre aspectos y contenidos de interés general para las empresas de la región, con ponentes de relevancia nacional.
Los conceptos de gastos incluidos en este apartado comprenden aquellos relacionados con la organización de eventos: reserva de espacios, ponentes y cátering en su caso.
2.3. Red de Mentores.
A través de la Red de Mentoring Empresarial de Extremadura, se promueve y facilita un sistema de asesoramiento a emprendedores (mentorizados) por parte de empresarios, directivos, investigadores, tecnólogos y profesores universitarios con trayectoria consolidada que puedan ofrecer a éstos su conocimiento y experiencia (mentores).
El objetivo fundamental de esta actividad es la puesta en contacto de mentores con emprendedores que estén iniciando su vida laboral en el ámbito empresarial, a través de diferentes acciones que promuevan estas redes de contacto.
Dentro de esta área se llevarán a cabo las siguientes actividades:
— Encuentros entre mentores y mentorizados, consistentes en la realización de reuniones dirigidas a promover y gestionar dicho asesoramiento.
— Actividades formativas y encuentros de networking grupales dirigidas tanto a los emprendedores mentorizados como a los propios mentores.
2.4. Acciones de difusión.
En el marco del convenio por el que se articula esta transferencia específica se desarrollarán también actividades de promoción y difusión tanto con la perspectiva interna como externa. Es decir, se diseñarán y llevarán a cabo acciones de promoción que contribuyan de manera indirecta al fomento del tejido empresarial regional, así como acciones de promoción de servicios y recursos puestos a disposición de estas empresas y emprendedores de la región a través de la Red PAE.
Así, se incluyen la realización de campañas de comunicación, edición de material promocional, guías de contenido empresarial y la participación en actividades de patrocinios de eventos que aporten valor añadido a las empresas de la región.
B) Indicadores: Conforme a todo lo anteriormente expuesto, los indicadores que definen esta actuación son los siguientes:
INDICADOR 2024 2025
N.º de visitas a empresas 1.200 2.000
Reuniones con entidades 400 700
Jornadas territoriales PAE 120 130
Jornadas divulgativas 6 8
Campañas de comunicación 3 3
III. RECURSOS HUMANOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
Conforme a la descripción de tareas a desarrollar en cada una de las actuaciones descritas y el objetivo de cumplimiento de los indicadores establecidos en relación con las mismas, el número de horas de trabajo requeridas para ejecutar los servicios propuestos en el presente convenio, estableciendo como referencia el desarrollo de actuaciones de características similares en ediciones anteriores, resulta la conformación de un equipo de trabajo y una estimación de horas de trabajo según se indica a continuación:
1 Coordinadora: 1.652 horas / año
5 Administrativas, 8.260 horas año
20 técnicos (17 en plantilla + 3 incorporaciones previstas a lo largo de 2024), es decir 30.975 horas en 2024 y 33.040 horas en 2025.
PERFIL Personal en plantilla de AVANTE Nuevas Incorporaciones
20 técnicos con titulación universitaria de grado medio o superior en ramas de Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Ciencias Sociales, Humanidades, Ingenierías Técnicas; con experiencia mínima de 2 años en el asesoramiento, orientación y formación empresarial. 17 3
1 Coordinadora de Emprendimiento, con Titulación universitaria, entre otras ramas, Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Empresariales, con experiencia en el asesoramiento y atención empresarial. 1
5 Administrativas de Emprendimiento, titulación de F.P. Grado Superior, especialidad Administrativa y Comercial, o Administración o Informática, con experiencia en Atención directa al público y apoyo logístico en oficinas públicas. 5
En gran medida, las actuaciones a ejecutar serán desarrolladas con los recursos humanos y técnicos de los que Extremadura Avante ya dispone. No obstante, como refuerzo a la estructura de personal, dada la elevada carga de trabajo que se prevé con cargo al presente programa, la cual no puede ser asumida en su totalidad con los recursos humanos disponibles por la empresa pública, se estima imprescindible la contratación exclusiva por el tiempo que dura la presente transferencia de tres técnicos, conforme al siguiente detalle respecto a su perfil profesional y funciones a desempeñar:
PERFIL PERSONAL AVANTE FUNCIONES
3 Técnicos con titulación Universitaria en ramas de Administración y Dirección de Empresas, económicas o Empresariales, o Ingenierías técnicas, con experiencial en el asesoramiento y orientación empresarial 3 Técnico de nueva contratación. Grupo I. Nivel IV Asesoramiento y atención a emprendedores y empresarios en las nuevas sedes a partir de la extensión de la RED PAE, así como para la implementación de nuevos servicios de promoción y dinamización de la RED
Respecto a estas nuevas contrataciones, se atenderá a lo dispuesto en el artículo 27, apartado 4, de la Ley 1/2024, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se establece que Durante el año 2024 las entidades del sector público autonómico cuyos presupuestos se encuentran incluidos en las letras a), b), c) y d) del artículo 1.2 de esta Ley, podrán proceder a la contratación de nuevo personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la legislación básica estatal.
De acuerdo con la legislación básica estatal se podrá proceder a la contratación de personal temporal en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
La contratación indefinida y temporal de personal requerirá, además de lo establecido en los párrafos anteriores, autorización de la Consejería competente en materia de función pública y de presupuestos, previos informes de la Dirección General de Función Pública, sobre el cumplimiento de los requisitos referidos y de la Secretaría General de Presupuestos y Financiación sobre las disponibilidades presupuestarias de dichas entidades para llevarla a cabo.
( )
En este sentido, las relaciones laborales del personal adscrito al Convenio (tanto el personal con una relación laboral de indefinida como el personal que tenga una relación laboral obra o servicio ) estarán en el ámbito de aplicación del „II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” (En adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del „II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”) y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al Convenio será a jornada completa, esto es treinta y siete horas y media (37,5 horas) semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (Art 20. Convenio Colectivo Extremadura Avante), que se pueden traducir, por analogía y en ausencia de este dato en el Convenio Colectivo Extremadura Avante, en una jornada anual de 1.652 horas, según la RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2012, de la Dirección de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro y se dispone la publicación del texto de la modificación del V Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura , suscrito el 13 de septiembre de 2012.
La selección del personal nuevo que se contrate para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación.
Por último, para estimar la necesidad de horas de trabajo en función de las actuaciones previstas, se toma como referencia la experiencia en el desarrollo de proyectos de similares características en 2023, siendo la cuantía global estimada y presupuestada la que se indica a continuación, teniendo en cuenta para todo el equipo, tanto administrativo como técnico y de coordinación, una misma distribución proporcional entre actuaciones:
ACTUACIONES HORAS 2024 HORAS 2025
GESTIÓN DE LA RED PAE (70% horas de trabajo) 28.621 30.066
ACERCAMIENTO AL TERRITORIO (30% horas de trabajo) 12.266 12.886
TOTAL 40.887 42.952
PRESUPUESTO
Conforme a todo lo anteriormente expuesto, el presupuesto del proyecto descrito en el presente convenio es el siguiente:
ACTUACIÓN PRESUPUESTO 2024 PRESUPUESTO 2025
1. GESTIÓN RED PAE 120.089,30 € 56.715,09 €
1.1 Gastos asociados a la Red PAE 47.338,00 € 19.415,09 €
1.2 Herramientas de soporte de la Red PAE 72.751,30 € 37.300,00 €
2. ACCIONES EN EL TERRITORIO. DINAMIZACIÓN PAE 169.965,70 € 149.382,36 €
2.1 Territorio y Empresas 41.838,32 € 69.882,36 €
2.2 Jornadas PAE 46.627,38 € 48.000,00 €
2.3 Red de Mentores 6.500,00 € 6.500,00 €
2.4 Acciones de Promoción y difusión 75.000,00 € 25.000,00 €
3. RECURSOS HUMANOS 1.247.445,00 € 1.331.402,55 €
4.1 Gastos de personal 1.198.945,00 € 1.282.902,55 €
4.2 Gastos asociados al personal 48.500,00 € 48.500,00 €
TOTAL 1.537.500,00 1.537.500,00
Se incluye a continuación un mayor detalle del presupuesto estimado para cada una de estas anualidades:
TABLA
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (DOE núm. 26, de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14, Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, y en el Servicio 14004 Dirección General de Empresa , la trasferencia específica a favor de EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, para la realización de las actuaciones referidas en el presente Convenio.
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos, para cada anualidad, al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre correspondiente.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo asimismo preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, memoria de actividades, actuaciones, eventos o congresos, que implica especificar pormenorizadamente tanto los recursos humanos como materiales, cuantificados económicamente; documentación en ficheros electrónicos y cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen en las presentes instrucciones las pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar, en su caso, el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las Administración Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación. Será obligación por parte de la empresa pública la conservación de la documentación durante un plazo mínimo de 5 años conforme al contenido de la cláusula quinta del presente convenio.
1. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA A PRESENTAR POR EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar la siguiente:
A) Mecanismos de justificación y control:
Extremadura Avante, deberá establecer, para el control interno de los trabajos, unos registros justificativos, con carácter previo, de los trabajos desarrollados en el marco de la presente transferencia, que deberán ser validados por la Comisión de Seguimiento de la misma, y que vengan a verificar y controlar el correcto desempeño de todas las tareas recogidas en el presente documento.
Así, esta comisión realizará un seguimiento bimensual de las horas de trabajo del personal asignado al mismo, y de los medios materiales necesarios.
En particular, la Dirección General de Empresa utilizará para el control y seguimiento de estas actuaciones las siguientes herramientas:
— Herramienta de Gestión de la Red PAE.
— Check list de horas trabajadas, control horario, e informes justificativos presentados por Extremadura Avante.
B) Memoria económica y certificados:
Memoria Económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Dirección General de Empresa, en formato papel y en fichero electrónico.
Dicha memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad, y un cuadro resumen de la cuenta justificativa, entendida como operación de pago, con identificación de los gastos según su naturaleza conforme al modelo de certificado, conforme a la Tabla I: CUADRO RESUMEN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA, del presente anexo.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y pagos de forma pormenorizada, conforme a la Tabla II: RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO.
Referente al personal imputado a la transferencia, se aportará certificado en el que se haga constar que el personal imputado a esta transferencia es el personal necesario para la realización de las actuaciones contempladas en la misma, conforme a la Tabla III: Gastos de personal imputado a la Transferencia. Para el personal de nueva incorporación a la empresa con motivo de esta transferencia se incluirán copias de los contratos de trabajo en los que debe especificarse la actuación y la indicación de la financiación.
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto, conforme a la Tabla IV: Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la Transferencia.
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas desempeñen un papel directo y clave en el proyecto.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
La contratación de personal externo a la empresa se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
C) Memoria técnica:
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación pormenorizada de las actividades y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con cada uno, listado de participantes, junto con el dosier fotográfico de actividades realizadas así como ejemplares de muestra de cada uno de los materiales editados. En todo caso, las memorias técnicas deben incluir el detalle del seguimiento y cumplimiento o incidencias, según los casos, respecto de los indicadores previstos en cada actuación.
Toda memoria económica, debe venir acompañada de una memoria técnica, por lo que la periodicidad en la presentación de esta memoria técnica estará condicionada a su vez por las justificaciones económicas, conforme a lo descrito en la cláusula cuarta del presente convenio.
2. FORMALIDADES QUE DEBE CUMPLIR LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.
Formas de pago:
Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:
1) Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
2) Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto.
3) Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
4) Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
5) Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
6) Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el docum1.
7) Para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que estén referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos en salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Facturas:
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
— Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
— El NIF de la entidad contratante.
— El nombre de la empresa y NIF.
— Fecha.
— Número de factura.
— Identificación del objeto de la factura claramente asociado a la actividad de que se trate.
— Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
— Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse que el importe de la misma es correcto.
Otros gastos:
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
— Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las Órdenes HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio1. Las facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, deberá incluir en su original que el concepto corresponde a esta transferencia y el importe que se justifique como gasto deberá estar comprendido dentro del periodo de elegibilidad de la operación.
— Alquiler: Los contratos del alquiler y las facturas emitidas al efecto deberán ajustarse a los elementos establecidos en el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Los precios de los alquileres se ajustarán a los precios de mercado, sin que se puedan encubrir adquisiciones, pues, en este caso, se deberá cargar la amortización que corresponda de acuerdo con el punto anterior.
— Gastos de viaje y estancia: Se abonarán los gastos de viaje y estancia, del personal adscrito al proyecto, en casos excepcionales y debidamente justificados del personal que desempeñe un papel de apoyo, y los gastos de las empresas que participen en las actividades del proyecto. En este caso se llevarán las listas de asistencia que formarán parte de la documentación justificativa.
La documentación acreditativa será la siguiente:
— Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y estancia.
— Billetes de avión, tren, autobús.
— Tarjetas de embarque1.
— Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
— Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto. Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la Entidad los documentos que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc...)
— Factura hotel y prueba de pago.
— En su caso recibos del transporte local.
— Listado de firmas de participantes en el caso de reuniones, conferencias, seminarios, en los gastos se imputen al proyecto.
Trabajos realizados por otras empresas (subcontratación): Se entenderá por subcontratación cuando el beneficiario concierte con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la transferencia específica. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en los que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago.
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que suministrarla al Programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura.
En materia de información y publicidad se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
La identificación de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta Transferencia Específica, y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Juta de Extremadura recogidas en la correspondiente normativa.
Finalmente, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
D. _______________________________________________ con DNI n.º ______________, en calidad de Consejero Delegado, de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, certifica:
Que los gastos indicados en el Anexo de actuaciones se corresponden con las actividades recogidas en el Convenio de la aportación económica a favor de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la realización del proyecto Plan de Actuaciones en Materia de Emprendimiento a Través de la Gestión y Dinamización de la Red de Puntos De Acompañamiento Empresarial De Extremadura en el ejercicio 20__.
Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo de actuaciones, firmado por el Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones, a que se refieren dichos importes, se encuentran en poder de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a disposición de la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero.
Y para que así conste, firmo el presente certificado.
En a de de 20__
Consejero Delegado de Extremadura AvanteServicios Avanzados a Pymes, SLU.
Fdo.
TABLA 1. CUADRO RESUMEN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA
D ................................................... ……………………………........... con DNI ………………………….. y actuando en calidad de (representante legal) y D…………………………………………………………………………… con DNI ………………………… (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con CIF ……………………………… certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del Convenio para la realización del Plan de Actuaciones en Materia de Emprendimiento a Través de la Gestión y Dinamización de la Red de Puntos De Acompañamiento Empresarial De Extremadura, durante el año 20__ por importe de ……………… euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20__, según indica la siguiente tabla:
ACTUACIONES CONCEPTO BREVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO COSTE IMPUTADO EN MILES DE EUROS
Actuación 1.
Actuación 2.
TOTAL
En, a de de.
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
TABLA 2. RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTUACIONES Y CONCEPTOS)
D................................................... con DNI.......................... y actuando en calidad de (representante legal) y D.......................................con DNI.......................... (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) de Extremadura Avante Servcios Avanzados a Pymes, SLU, con CIF........................... certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del Convenio para la realización del Plan de Actuaciones en Materia de Emprendimiento a Través de la Gestión y Dinamización de la Red de Puntos De Acompañamiento Empresarial De Extremadura por importe de ……..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20__. Las facturas imputadas y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS
N.º ORDEN FECHA FACTURA N.º FACTURA PROVEEDOR C.I.F. PROVEEDOR CONCEPTO DESGLOSADO DE FACTURA IMPORTE IMPUTADO FORMA DE PAGO(*) ENTIDAD BANCARIA ORIGEN PAGO N.º CUENTA ORIGEN PAGO ENTIDAD BANCARIA DESTINO PAGO N.º CUENTA DESTINO PAGO TITULAR CUENTA DESTINO PAGO FECHA VALOR PAGO
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.Todos los pagos realizados en dicha transferecia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de EXTREMADURA AVANTE SERVICIO AVANZADOS A PYMES, SLU.
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
TABLA 3: GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D.................................................. con DNI........................... y actuando en calidad de (representante legal) y D.................................................... con DNI........................... (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con CIF............. certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, al amparo del Convenio para la realización del Plan de Actuaciones en Materia de Emprendimiento a Través de la Gestión y Dinamización de la Red de Puntos De Acompañamiento Empresarial De Extremadura por importe de ……..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20__. Los gastos de personal imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTUACIÓN:
CONCEPTO:
N.º Orden Nombre y Apellidos NIF Grupo Cotización Grupo Profesional Función Mes Importe Bruto P.P. Paga Extra Coste Seguridad Social Total Grado Imputación (%) TOTAL IMPUTADO Forma pago (*) N.ºCta origen Pago (Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU) N.º Cta Destino del trabajador FECHA VALOR PAGO
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.Todos los pagos realizados en dicha transferecia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de EXTREMADURA AVANTE SERVICIO AVANZADOS A PYMES, SLU.
En , a de de.
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
TABLA 4: DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
D................................................ con DNI........................y actuando en calidad de (representante legal) y D................................................ con DNI........................(auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con CIF........................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del Convenio para la realización del Plan de Actuaciones en Materia de Emprendimiento a Través de la Gestión y Dinamización de la Red de Puntos De Acompañamiento Empresarial De Extremadura por importe de ……..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20__. Los gastos de personal imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTUACIÓN:
CONCEPTO:
FECHA NOMBRE Y APELLIDOS NIF IMPORTE TOTAL GRADO DE IMPUTACIÓN (%) TOTAL IMPUTADO
Todos los pagos realizados en dicha transferecia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de EXTREMADURA AVANTE SERVICIO AVANZADOS A PYMES, SLU.
En , a de de
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
A continuación, se relacionan como anexos el desglose de gastos en dietas y desplazamientos imputados a la trasferencia, previamente relacionados:
FECHA:NOMBRE Y APELLIDOS:NIF:TRANSFERENCIA ESPECÍFICA: DEPARTAMENTO:UNIDAD:GRADO IMPUTACIÓN:
GASTOS LIQUIDACIÓN IMPORTE
FECHA ORIGEN DESTINO CONCEPTO FINALIDAD Km (Vehiculo propio) IMPORTE GASTO KILOMETRAJE (0.24 €/Km) IMPORTE DEL GASTO INCURRIDO
subtotal
Importe exento
Importe sujeto a retención
En , a de de
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)

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