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Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Colaborativo Rural que hayan obtenido evaluación positiva, al amparo del Decreto 84/2021, de 7 de julio, durante el ejercicio 2022.
DOE Número: 1
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 02 de enero de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: servicio extremeño público de empleo
Rango: Resolución
Descriptores: Inserción laboral. Subvenciones.
Página Inicio: 186
Página Fin: 195
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
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El Servicio Extremeño Público de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo, tiene atribuidas entre otras, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, tal y como se determina en sus normas de creación y desarrollo, Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 76, de 3 de julio), y Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), respectivamente.
En concreto, dentro de las políticas activas de empleo, el Programa Colaborativo Rural persigue tanto el desarrollo de proyectos de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social que consiste en el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes, como la experiencia profesional en las empresas privadas de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la contratación de personas participantes cualificadas en los proyectos del Programa Colaborativo Rural.
Con esa finalidad se establecen dos líneas de subvenciones:
a) Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural.
b) Línea II. Subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Colaborativo Rural que hayan obtenido evaluación positiva.
En el ejercicio de las competencias atribuidas y respecto a la Línea II anteriormente mencionada, durante el año 2022 se han concedido ayudas, al amparo de los capítulos I y III del Decreto 84/2021, de 7 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural (DOE núm. 136, de 16 de julio de 2021) y de la siguiente convocatoria:
— Resolución de 22 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Colaborativo Rural que hayan obtenido evaluación positiva (DOE n.º 137, de 18 de julio de 2022).
En cuanto a su financiación, estas subvenciones se imputaron con cargo al ejercicio 2022, al proyecto de gastos 20210183 Acciones de atención integral a personas en situación o riesgo de exclusión , con fuente de financiación FS (Fondo Social Europeo), y a la aplicación 130080000/G/242B/47000/FS14R.1.01/20220163, con un importe ejecutado de 1.360.590,00 euros, con el siguiente desglose según la actividad económica de la entidad beneficiaria, diferenciando aquellas que se dedican a la actividad agrícola:
a. Empresas no agrícolas (CONVO/2022/0000015603) Importe ejecutado: 1.290.366,00 euros.
b. Empresas agrícolas (CONVO/2022/0000015604) Importe ejecutado: 70.224,00 euros.
En aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una vez resueltas y notificadas individualmente las resoluciones de concesión de subvenciones a los beneficiarios y cuando los importes concedidos, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000,00 euros, el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
A tenor de lo establecido en el artículo 17.2 b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán objeto de publicación las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros.
En cumplimiento de este mandato, y en el ejercicio de la Dirección Gerencia del SEXPE (Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre), se emite el siguiente
ACUERDO:
Primero. Dar publicidad a las ayudas concedidas a empresas privadas, durante el ejercicio 2022, para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Colaborativo Rural que hayan obtenido evaluación positiva, al amparo de los capítulos I y III del Decreto 84/2021, de 7 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural (DOE núm. 136, de 16 de julio de 2021).
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, desagregando en el anexo I las ayudas concedidas, con expresión de los datos relativos al beneficiario, expediente administrativo y la cantidad concedida.
La presente publicación se hace de conformidad con lo establecido por la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que establece que se identificará al beneficiario mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.
Mérida, 17 de octubre de 2023.
Decreto 234/2023, de 12 de septiembre
(DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre),
La Secretaria General de Empleo.
CELIA DERECHO MONTES

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