ANUNCIO de 10 de enero de 2024 sobre aprobación definitiva de Estudio de Detalle.
TEXTO ORIGINAL
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera de fecha 28 de diciembre de 2023 por el que se aprueba definitivamente expediente de Estudio de Detalle.
Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Estudio de Detalle, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre:
Tipo de instrumento:
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Estudio de Detalle
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Ámbito:
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Zona de la Paz, Príncipe Felipe y calle Cañada
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Instrumento que desarrolla:
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Normas subsidiarias municipales
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Objeto:
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Reajustes de alineaciones
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Clasificación del suelo:
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Suelo urbano
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El Sr. Alcalde explica que este tema ya se ha traído a Pleno en sesiones anteriores con la aprobación inicial, y que ahora lo que procede es la aprobación definitiva, por ello se ha informado favorablemente primero por la comisión informativa de urbanismo.
Se siguió el procedimiento que aparece recogido en la legislación, dándose audiencia, publicidad, etc., tal y como se debe. En el periodo de exposición se presentaron alegaciones, las cuales fueron atendidas e informadas. Se remitieron las alegaciones a los técnicos y jurídicos de la Mancomunidad y al no ser aceptadas porque no queda demostrado lo que se pide en las mismas se han rechazado.
No haciéndose ninguna observación sobre la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las calles Cañada y Príncipe Felipe, se procede a la votación, siendo el resultado de la misma:
Votos a favor: 7.
Votos en contra: 2.
Abstenciones: 0.
Por tanto, el Pleno acuerda:
Único. Aprobar el acuerdo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de las calles Cañada y Príncipe Felipe, por 7 votos a favor de los señores concejales del PSOE y 2 votos en contra de los señores concejales del PP .
Asimismo, se levanta la suspensión del otorgamiento de licencias en las áreas afectadas por el Estudio de Detalle y cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente, que eran las siguientes:
Licencia de parcelación de terrenos, edificación y demolición.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho .
Aldeanueva de la Vera, 10 de enero de 2024. El Alcalde, FRANCISCO JAVIER GARCÍA BÉJAR.