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RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 75/2023, de 9 de febrero, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento abreviado n.º 15/2021.
DOE Número: 113
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 12 de junio de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: servicio extremeño de salud
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 29742
Página Fin: 29744
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La sentencia firme n.º 75/2023, de 9 de febrero de 2024, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que viene a confirmar la sentencia n.º 136/2023 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.ª Susana Díaz Pablos frente a la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 11 de noviembre de 2020 por la que se hizo pública la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, así como frente a la propia Resolución de fecha 11 de noviembre de 2020.
La citada sentencia declara nula la Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud de fecha 5 de febrero de 2021, que desestimó el recurso de reposición citado, declarando el derecho de la actora a que se le valoren los méritos de experiencia computando los servicios prestados como Auxiliar de Enfermería en el Hospital Centro Sanitario de Plasencia así como los servicios prestados como Auxiliar de Enfermería para el SEPAD en sus centros públicos.
Por otro lado, mediante Resolución de 29 de octubre de 2021 (DOE n.º 213, de 5 de noviembre) se convoca otro proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud. En este proceso participa D.ª Susana Díaz Pablos quien una vez superado el mismo resulta nombrado personal estatutario fijo en dicho proceso selectivo de Enfermero/a, mediante Resolución de 2 de abril de 2024 (DOE n.º 66, de 5 de abril). Visto lo anterior, D.ª Susana Díaz Pablos tomó posesión de la plaza como personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, el pasado 29 de abril de 2024.
Por todo ello, y teniendo en cuenta la nueva valoración de los méritos realizada por el Tribunal de Selección y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 75/2023, de 9 de febrero, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que viene a confirmar la sentencia n.º 136/2023 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, dictada en el procedimiento abreviado n.º 15/2021, siendo el tenor literal del fallo de la misma el siguiente:
Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo presentado contra la resolución identificada en el fundamento jurídico primero de la presente, declarando nula la misma por ser contraria a derecho, declarando el derecho de la actora a que se le valoren los méritos de experiencia computando los servicios prestados como auxiliar de enfermería en el Hospital Centro Sociosanitario de Plasencia así como los servicios prestados como auxiliar de enfermería para el SEPAD en sus centros públicos, imponiendo las costas a la Administración, teniendo en cuenta el límite señalado en el último fundamento jurídico .
Segundo. Otorgar a D.ª Susana Díaz Pablos, teniendo en cuenta el fallo de la sentencia n.º 75/2023, de 9 de febrero, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, una puntuación de 2,250 puntos en el subapartado II.2 Experiencia Profesional por servicios prestados en plazas de otras categorías sanitarias en instituciones del Sistema Nacional de Salud, obteniendo así un total de 15,360 puntos en la fase de concurso, que unidos a los 50,769 puntos otorgados en la fase de oposición suman un total de 66,129 puntos en el proceso selectivo. Con dicha puntuación D.ª Susana Díaz Pablos debe ser nombrada personal estatutario fijo en el proceso selectivo convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
Tercero. En cuanto a los efectos administrativos y económicos derivados de la presente ejecución de la sentencia que le correspondería a D.ª Susana Díaz Pablos, serán los mismos, salvo lo relativo a la adjudicación de plaza, que los que le hubiesen correspondido en el caso de haber tomado posesión, según lo dispuesto en la resolución de fecha 10 de marzo de 2021 (DOE n.º 54 , de 22 de marzo) por la que se nombró personal estatutario fijo a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y que contarán a partir del día siguiente a la publicación de su nombramiento en el DOE, y por tanto desde el 23 de marzo de 2021.
Cuarto. Disponer en base lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la conservación de los actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución.
Quinto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 4 de junio de 2024.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS

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