ANUNCIO de 6 de junio de 2024 sobre contratación de personal laboral fijo discontinuo derivado del Plan extraordinario de estabilización de empleo temporal (Monitora-Formadora Piano).
TEXTO ORIGINAL
Vista la propuesta de 16 de mayo de 2024, del Órgano de Selección del procedimiento de provisión de una plaza de personal laboral fijo discontinuo de Monitora-Formadora de la Escuela de Música en la Especialidad de Piano, convocado por Resolución de esta Alcaldía de 30 de diciembre de 2022, cuyas bases fueron íntegramente publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 1, de 2 de enero de 2023; n.º 3, de 4 de enero de 2023; n.º 15, de 23 de enero de 2023; n.º 20, de 30 de enero de 2023 y n.º 239, de 19 de diciembre de 2023, y la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado n.º 257 de 27 de octubre de 2023, por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 6 de junio de 2024 se ha resuelto aprobar la contratación de D.ª Marta Morán Domínguez como personal laboral fijo discontinuo de la plantilla del Ayuntamiento de Moraleja, en la categoría de Monitora-Formadora de la Escuela de Música en la Especialidad de Piano con efectos del día 7 de junio de 2024.
Esta convocatoria se enmarca en el proceso de estabilización del empleo temporal autorizado por el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, conforme a la Oferta de Empleo Público aprobada al efecto por Resolución de la Alcaldía de 27 de mayo de 2022.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el señor Alcalde-Presidente dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma o su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Moraleja, 6 de junio de 2024. El Alcalde-Presidente, JULIO CÉSAR HERRERO CAMPO.