RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la primera Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Promoción Internacional de la Pyme extremeña para el periodo 2023-2026.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 17 de mayo de 2024, la primera Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Promoción Internacional de la Pyme extremeña para el periodo 2023-2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 12 de junio de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
PRIMERA ADENDA AL CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA PARA EL PERIODO 2023-2026.
Mérida, 17 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transfomación Digital, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, (DOE extraordinario núm. 3 de 16 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transfomación Digital, y por Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias (DOE núm. 157, de 16 de agosto), autorizado para la suscripción de la presente adenda mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 14 de mayo de 2024.
De otra parte, D. Miguel Ángel Mendiano Calle, con DNI núm. ***7046**, en calidad de consejero delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU (en adelante EASAP), con NIF núm. ***2534** y domicilio en Mérida, Avenida José Fernández López n.º 4, cargo para el que fue nombrado mediante acuerdo del Consejo de Administración de 13 de septiembre de 2023, elevado a público mediante escritura de elevación de acuerdos sociales otorgada en Mérida el 19 de septiembre de 2023, ante el Notario Gonzalo Fernández Pugnaire, bajo el n.º 1.282 de su protocolo, e inscrito en el Registro Mercantil de Badajoz, al tomo 618, Folio 114, hoja BA-7782, inscripción 52.ª.
Ambas partes, en el ejercicio de las facultades propias de sus cargos y la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda en los términos que en ella se contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. Con fecha 26 de mayo de 2023, se suscribe por parte de la extinta Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026 publicado en el DOE núm. 107, de 6 de junio de 2023.
Segundo. El objeto del convenio era formalizar una transferencia específica, de carácter plurianual, para la ejecución del programa de promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026 (en adelante, PRIEX), en el marco de las políticas públicas en materia de internacionalización de la economía extremeña, fijando los objetivos a conseguir, definiendo las actividades a desarrollar y determinando los recursos técnicos y humanos a asignar, así como estableciendo los elementos de seguimiento y evaluación.
Según lo dispuesto en la cláusula tercera del convenio, la financiación de las actuaciones derivadas de la ejecución del programa de promoción internacional de la pyme extremeña se lleva a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, por importe total de 4.000.000 euros, (cuatro millones de euros),con un desglose por anualidades de 1.000.000 euros (un millón de euros) para los años 2023, 2024 ,2025 y 2026 respectivamente y posición presupuestaria 14003/341A/74000/FD211A1303/20230031 2022_Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Promoción Internacional de la Pyme Extremeña, con código fondo FD211A1303 y programa FEDER 2021-2027 Extremadura, dentro del objetivo político 1: Una Europa más competitiva y más inteligente , con la cofinanciación del 85 % por parte de la Unión Europea.
Específicamente la medida está encuadrada en la prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente Objetivo específico 1 iii). el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas.
Tercero. El 1 de enero de 2024 entró en vigor la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (en adelante Ley 1/2024), que establece en su Anexo de Proyecto de Gasto para la Sección 14: Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, Servicio 14003 Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio Programa 341A Comercio de calidad y artesanía extremeña una transferencia específica denominada: 2022_Extremadura Avante servicios Avanzados a Pymes, SLU: Promoción Internacional de la Pyme Extremeña con una dotación de 1.666.666 de euros para las anualidades 2024, 2025 y 2026 respectivamente.
Dicha dotación presupuestaria supone un incremento en 1.999.998 euros sobre la financiación inicial del convenio que era de 4.000.000 euros, lo que supone un total de 5.507.576 euros. Tomando como referencia cada una de las anualidades 2024, 2025 y 2026 se da un incremento de 666.666 euros respecto de las anualidades resultando un total de 1.666.666 de euros para los mismos.
Cuarto. El incremento presupuestario previsto en el apartado anterior implica una modificación en el contenido del convenio, tanto en la financiación como en el número de operaciones específicas de las actividades y paralelamente en los indicadores de ejecución, sin que se alteren de ningún modo los objetivos específicos previstos.
En el apartado segundo de la cláusula sexta del convenio se establece que se podrán celebrar adendas al citado convenio para modificar el contenido del mismo.
En cumplimiento con lo anterior, el pasado 1 de febrero tuvo lugar la reunión de la Comisión de Seguimiento correspondiente a la primera anualidad del 2024 prevista en el convenio en cuyo punto número cinco del acta se prevé la necesidad de la tramitación de una adenda, ya que el Proyecto de Ley de Presupuestos contemplaba una mayor dotación presupuestaria para la financiación del convenio, y se acuerda de forma unánime la tramitación de una adenda cuando dicha ley fuese aprobada.
Una vez expuesto lo que precede, quedaría justificada la necesidad de llevar a cabo la tramitación de una adenda para adecuar de la redacción del convenio a la realidad de ejecución existente y prevista para las siguientes anualidades.
En virtud de lo establecido en el artículo 43 de Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, cuando la cuantía que aporte la Junta de Extremadura supere los 60.000 euros la celebración del convenio, en este caso de la adenda, necesitará la previa autorización de Consejo de Gobierno. El apartado cuarto de dicho artículo establece que esta autorización también habrá de recabarse para su modificación. Por tanto, dado el importe del incremento referido, dicha autorización es preceptiva para la tramitación de la presente adenda.
Por lo expuesto, de conformidad con la cláusula sexta del mencionado convenio y previa autorización de Consejo de Gobierno en sesión de fecha 14 de mayo de 2024, ambas partes acuerdan, por unanimidad, suscribir la presente Adenda conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Modificación de la cláusula tercera del convenio.
Se modifica la cláusula tercera del mencionado convenio, relativa a la financiación del mismo, a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:
Tercera. Financiación.
1. La financiación de las actividades del PRIEX se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global, para el periodo 2023-2026, de 5.507.576 euros, con el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Posición presupuestaria
|
Importe por anualidades (€)
|
---|
Código aplicación presupuestaria
|
Denominación
|
2023
|
2024
|
2025
|
2026
|
14003/341A/74000/FD211A1303/20230031
|
2022_EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA
|
507.578
|
1.666.666
|
1.666.666
|
1.666.666
|
Para ello, la de Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, recogía una transferencia específica, en su Anexo de Proyecto de Gasto para la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , Servicio 003 Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, denominada “Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Promoción Internacional de la Pyme Extremeña” que dio cobertura para financiar las actividades fijadas para la primera anualidad.
Asimismo, la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, vuelve a establecer una transferencia específica en su Anexo de Proyecto de gasto a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la misma sección, servicio y denominación para la financiación del convenio referenciado.
Sin perjuicio de la cobertura prevista en la precitada Ley 1/2024, de 5 de febrero, para financiar las actividades fijadas para dicha anualidad, los importes previstos para las anualidades, 2025 y 2026 estarán supeditados a la oportuna cobertura presupuestaria reflejada en la Ley de Presupuestos correspondiente.
2. Las actividades y operaciones contenidas en el presente convenio están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura, dentro del Objetivo Político 1: Una Europa más competitiva e inteligente , Prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente , Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”, contando con una cofinanciación de 85 % por parte de la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
3. El desglose presupuestario por actividades, incluidos los costes de personal necesarios para su ejecución, es como sigue:
ACTIVIDADES
|
Importe por anualidades (€)
|
---|
2023
|
2024
|
2025
|
2026
|
Ferias internacionales
|
375.593,83
|
1.313.334
|
1.313.334
|
1.313.334
|
Misiones comerciales directas
|
131.984,17
|
353.332
|
353.332
|
353.332
|
Total
|
507.578
|
1.666.666
|
1.666.666
|
1.666.666
|
4. La ejecución de las actividades por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que son financiadas con cargo a esta transferencia, no generará ingresos en ningún caso.
Segunda. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Se modifica la cláusula cuarta del convenio en los términos siguientes:
Cuarta. Recursos humanos adscritos al convenio.
1. Para la ejecución de la actual transferencia específica y el desarrollo de las actividades programadas, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, tiene asignado los siguientes recursos humanos:
PERSONAL IMPUTADO
|
HORAS AÑO
|
COSTE MENSUAL
|
COSTE ANUAL
|
---|
TÉCNICO 1
|
1.652
|
3.333,33
|
40.000,00
|
TÉCNICO 2
|
1.652
|
3.333,33
|
40.000,00
|
TÉCNICO 3
|
1.652
|
3.333,33
|
40.000,00
|
TÉCNICO 4
|
1.652
|
3.333,33
|
40.000,00
|
TÉCNICO 5
|
1.652
|
3.333,33
|
40.000,00
|
Siendo el desglose por anualidades como sigue:
Técnico
|
2023 (*)
|
2024
|
2025
|
2026
|
---|
1
|
13.752,53
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
2
|
17.392,88
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
3
|
18.679,38
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
4
|
19.795,22
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
5
|
-
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
Total
|
69.619,86
|
200.000,00
|
200.000,00
|
200.000,00
|
(*) El coste para 2023 es el correspondiente a cuatro técnicos durante 6 meses.
|
Los gastos de personal serán imputados directamente a cada operación, así como los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia, y otros gastos generales necesarios para el desempeño de las funciones del técnico.
2. Las relaciones laborales del personal adscrito al Convenio estarán en el ámbito de aplicación del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente o aquel que lo sustituya, (en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente ), y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio Colectivo Extremadura Avante.
3. Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Tercera. Modificación del Anexo I del convenio.
Se modifica el Anexo I del citado Convenio quedando redactado su contenido del siguiente modo:
ANEXO I
ACTIVIDADES A REALIZAR
Uno. Transferencia Específica.
La cuantía total del presente convenio asciende a 5.507.576 euros. El coste de las actividades previstas será imputado a la partida presupuestaria contenida en el Programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña , con las siguientes clasificación y código de partida presupuestaria:
14003/341A/74000/FD211A1303/20230031 2022_Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Promoción Internacional de la Pyme Extremeña.
Las actividades previstas se encuentran sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura dentro del Objetivo Político 1: Una Europa más competitiva y más inteligente , Prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente , Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”, contando con una cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), de 85 % por parte de la Unión Europea.
Dos. Actividades a realizar y métodos de realización.
Las actividades contenidas en el PRIEX 2023-2026 persiguen los objetivos particulares que se enuncian a continuación y serán ejecutados siguiendo los métodos que se describen:
1. Ferias internacionales:
Descripción: Esta actividad consiste en la organización de las tareas necesarias para asegurar la participación de la empresa extremeña exportadoras en ferias internacionales y nacionales de carácter internacional más relevantes, con el objetivo de fortalecer su presencia en los mercados exteriores e incrementar su volumen de exportaciones.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: La empresa extremeña que reúna las siguientes condiciones:
— Tener la consideración de pequeña y mediana empresa, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.
— Ejercer una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Desarrollar actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidas las de intermediación.
Además de cumplir las condiciones específicas establecidas en las bases reguladoras.
Método de ejecución: Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, asegurará la participación de las empresas beneficiarios en las ferias internacionales seleccionadas, mediante la concesión de una ayuda en especie acordada dentro de un procedimiento de concurrencia competitiva, en convocatoria pública, y con arreglo a los criterios de valoración establecidos en las correspondientes bases reguladoras.
A tales fines, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, contratará con terceros los bienes y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados, así como el acompañamiento a las empresas extremeñas que resulten beneficiarias.
La ayuda en especie a abonar a los beneficiarios será determinada en función de los gastos finalmente incurridos en la ejecución de cada operación de esta actividad. Las categorías de gastos, que guardarán una relación directa con las operaciones, serán fijadas en las bases reguladoras.
Operaciones específicas de la actividad: Las operaciones previstas son las siguientes:
FERIAS INTERNACIONALES (FI) (euros)
|
---|
OPERACIÓN
|
2023*
|
2024
|
2025
|
2026
|
FI 1
|
240.450,78
|
360.000,00
|
360.000,00
|
360.000,00
|
FI 2
|
54.000,00
|
170.000,00
|
170.000,00
|
170.000,00
|
FI 3
|
69.426,85
|
70.000,00
|
70.000,00
|
70.000,00
|
FI 4
|
0,00
|
70.000,00
|
70.000,00
|
70.000,00
|
FI 5
|
11.716,20
|
60.000,00
|
60.000,00
|
60.000,00
|
FI 6
|
0,00
|
60.000,00
|
60.000,00
|
60.000,00
|
FI 7
|
-
|
213.334,00
|
213.334,00
|
213.334,00
|
FI 8
|
-
|
250.000,00
|
250.000,00
|
250.000,00
|
FI 9
|
-
|
60.000,00
|
60.000,00
|
60.000,00
|
TOTAL
|
375.593,83
|
1.313.334,00
|
1.313.334,00
|
1.313.334,00
|
* Corresponde a 6 meses
|
En su sesión constitutiva, así como en la primera reunión a inicio de cada semestre, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento el plan semestral de operaciones de esta actividad. En su caso, la Comisión de Seguimiento podrá acordar las modificaciones precisas del plan en función de las contingencias y oportunidades que sobrevengan.
2. Misiones Comerciales directas.
Descripción: Consiste en la realización de las tareas necesarias para acercar a las empresas extremeñas a los mercados internacionales a través de la identificación y el contacto directo con clientes potenciales mediante la organización de encuentros en los mercados de destino.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: La empresa extremeña que reúna las siguientes condiciones:
— Tener la consideración de pequeña y mediana empresa, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.
— Ejercer una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Desarrollar actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidas las de intermediación.
Además de cumplir las condiciones específicas establecidas en las bases reguladoras.
Método de ejecución: Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, asegurará la participación de las empresas beneficiarios en las misiones comerciales seleccionadas, mediante la concesión de una ayuda en especie acordada dentro de un procedimiento de concurrencia competitiva, en convocatoria pública, y con arreglo a los criterios de valoración establecidos en las correspondientes bases reguladoras.
A tales fines, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, contratará con terceros los bienes y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados, así como el acompañamiento a las empresas extremeñas que resulten beneficiarias.
La ayuda en especie a abonar a los beneficiarios será determinada en función de los gastos finalmente incurridos en la ejecución de cada operación de esta actividad. Las categorías de gastos, que guardarán una relación directa con las operaciones, serán fijadas en las bases reguladoras.
Operaciones específicas de la actividad: Las operaciones previstas son las siguientes:
MISIONES COMERCIALES DIRECTAS (MCD) (euros)
|
OPERACIÓN
|
2023*
|
2024
|
2025
|
2026
|
MCD 1
|
39.344,80
|
36.666,67
|
39.259,12
|
39.259,12
|
MCD 2
|
26.067,45
|
36.666,67
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 3
|
35.498,37
|
42.333,34
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 4
|
31.073,55
|
36.666,67
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 5
|
-
|
31.665,29
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 6
|
-
|
42.333,34
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 7
|
|
42.333,34
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 8
|
|
42.333,34
|
39.259,11
|
39.259,11
|
MCD 9
|
|
42.333,34
|
39.259,11
|
39.259,11
|
TOTAL
|
131.984,17
|
353.332,00
|
353.332,00
|
353.332,00
|
*Corresponde a 6 meses
|
En su sesión constitutiva, así como en la primera reunión a inicio de cada semestre, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento el plan semestral de operaciones de esta actividad. En su caso, la Comisión de Seguimiento podrá acordar las modificaciones precisas del plan en función de las contingencias y oportunidades que sobrevengan.
Tres. Recursos humanos adscritos al convenio.
1. Para la ejecución de las actividades de PRIEX, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada actividad u operación en concreto, a la cual se imputará el importe del personal directamente asociado a la misma. Dicha imputación recogerá las horas efectivamente realizadas por los técnicos para la ejecución de la operación concreta, a través de un sistema medible y trazable.
Se estiman los siguientes recursos humanos:
— 1 Técnico a dedicación completa (1.652 horas anuales).
— 1 Técnico a dedicación completa (1.652 horas anuales).
— 1 Técnico a dedicación completa (1.652 horas anuales).
Las actividades serán ejecutadas por personal técnico de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, adscrito al convenio, que no tendrán ninguna vinculación laboral con la Junta de Extremadura.
Siendo el desglose por anualidades como sigue:
COSTE RECURSOS HUMANOS (euros)
|
---|
Técnico
|
2023 (*)
|
2024
|
2025
|
2026
|
1
|
13.752,53
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
2
|
17.392,88
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
3
|
18.679,38
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
4
|
19.795,22
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
5
|
-
|
40.000,00
|
40.000,00
|
40.000,00
|
Total
|
69.619,86
|
200.000,00
|
200.000,00
|
200.000,00
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* El coste para 2023 corresponde a 6 meses.
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2. Los medios humanos que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, asignará al presente convenio responderán al siguiente perfil profesional:
PERFIL
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Técnico con titulación universitaria en ramas de Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Derecho, Sociología, Empresariales e Ingenierías Técnicas, con experiencia en el asesoramiento y orientación empresarial.
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Técnico de Grupo I, nivel de experiencia IV.
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La selección del personal nuevo que se contrate para la prestación de sus servicios en PRIEX se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación.
3. Las principales funciones a desempeñar por el personal imputado a la actividad, entre otras, serán:
— Preparación y difusión de las convocatorias.
— Organización y desarrollo de las operaciones de las actividades, incluyendo el contacto y las relaciones contractuales con los prestadores de servicios, así como con agentes situados en los mercados de destino.
— Activación y realización de los procesos internos necesarios para la implementación de las operaciones.
— Gestión administrativa y realización de las verificaciones precisas para la selección de los beneficiarios de las operaciones.
— Gestión comercial de las operaciones, incluyendo la interacción con los beneficiarios y movilización y animación para asegurar su activa participación.
— Supervisión de la ejecución de las operaciones por parte de los prestadores de servicios.
— Seguimiento, evaluación y monitorización de las operaciones y sus resultados.
— Supervisión de todas las actividades en orden a asegurar la correspondencia y conformidad con lo establecido en el presente convenio.
Tres. Indicadores del Anexo I del Convenio.
Indicador global de ejecución.
Indicador de producto/cumplimiento
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2023
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2024
|
2025
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2026
|
---|
Valor origen
|
Valor esperado
|
Valor origen
|
Valor esperado
|
Valor origen
|
Valor esperado
|
Valor origen
|
Valor esperado
|
N.º de operaciones
|
9
|
7
|
18
|
14
|
18
|
14
|
18
|
14
|
Indicadores de resultados.
ACTIVIDAD
|
INDICADOR
|
2023
|
2024
|
2025
|
2026
|
---|
Ferias internacionales
|
N.º de empresas participantes (*)
|
70
|
130
|
90
|
80
|
Misiones comerciales
|
N.º de empresas participantes (*)
|
40
|
45
|
35
|
35
|
(*) Sin repetición.
|
Indicadores de rendimiento.
Indicador de rendimiento
|
Hito 2024
|
Meta 2026
|
---|
Pymes que innovan desde el punto de vista comercial u organizativo
|
-
|
195
|
Empresas apoyadas
|
280
|
550
|
Cuatro. Presupuesto.
El presupuesto necesario para la ejecución y desarrollo de las actividades de PRIEX es el siguiente:
ACTIVIDADES
|
Importe por anualidades (€)
|
---|
2023
|
2024
|
2025
|
2026
|
Ferias internacionales
|
375.593,83
|
1.313.334
|
1.313.334
|
1.313.334
|
Misiones comerciales directas
|
131.984,17
|
353.332
|
353.332
|
353.332
|
Total
|
507.578,00
|
1.666.666
|
1.666.666
|
1.666.666
|
Cuarta. Eficacia y publicidad de la Adenda.
La presente Adenda tendrá efectos desde su firma por ambas partes, la cual será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
El resto de las cláusulas, contenidos y actuaciones recogidas en el convenio formalizado con fecha 26 de mayo de 2023 permanecen inalteradas.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda en duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital
(DOE n.º 157, de 16 de agosto)
El Secretario General,
D. Juan Andrés Moreno Martín
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
D. Miguel Ángel Mendiano Calle