ANUNCIO de 4 de junio de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo, promovido por Ganados Romivic, SL, en el término municipal de Arroyomolinos.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 66.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo, promovido por Ganados Romivic, SL, en el término municipal de Arroyomolinos, podrá ser examinado, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, el estudio de impacto ambiental ha sido remitido por la DGS a las correspondientes Administraciones públicas afectadas y personas interesadas solicitando que, en el plazo de 30 días desde la recepción de esta comunicación, presenten las alegaciones y observaciones que consideren oportunas para concretar su participación en este procedimiento.
Es órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental (DIA) la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 71.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la DIA es anterior al resto de autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a la licencia urbanística. Asimismo, para dar cumplimiento al artículo 14.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAU incluirá las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Anexo IV de la referida ley, relativo a Deberán someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o cualquier otra actividad que se pretendan llevar a cabo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando así lo establezca la legislación estatal básica en materia de evaluación de impacto ambiental, siempre que la competencia para su autorización o aprobación, o en su caso, para su control a través de la declaración responsable o comunicación previa, no corresponda a la Administración General del Estado , por lo tanto debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario.
Categoría Ley 21/2013:
Grupo 1.a del anexo I de la referida ley, relativo a Instalaciones destinadas a la cría intensiva de ganado que dispongan de más de 1.100 plazas para vacuno de cebo .
Actividad:
El proyecto consiste en la legalización y ampliación de un cebadero de terneros de 1.214 plazas de terneros de cebo.
Ubicación:
La explotación se ubicará en el polígono 8, parcelas 95, 96, 139, 140, 141, 142, 143 y 144 del término municipal de Arroyomolinos (Cáceres), con una superficie de unas 4,9 ha.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Naves de cebo: La explotación contará con dos naves con capacidad suficiente.
Patios.
Aseo/vestuario.
Estercolero.
Vado.
Nave agraria.
Lazareto: La explotación contará con un lazareto para observación y secuestro de animales enfermos o sospechosos.
Fosa de lixiviados: La explotación contará con una capacidad de almacenamiento suficiente de lixiviados y aguas de limpieza de las naves.
Zona de almacenamiento de cadáveres.
Pediluvios.
Depósitos de agua y silos de alimentos.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 4 de junio de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.