Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 768077
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la violencia de Género, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
Primero. Convocatoria y objeto.
Convocatoria de subvenciones para el ejercicio de 2024 para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la violencia de Género.
El objeto es realizar, al amparo de la Orden de 27 de julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (DOE n.º 145, de 28 de julio), la convocatoria de subvenciones para Proyectos de Sensibilización y Prevención de la violencia de Género (Modalidad A).
De conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 de la citada Orden de 27 de julio de 2022, se incluirán en la Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, aquellos proyectos cuyas medidas a poner en marcha estén incluidas en los Ejes 1, 5, 6, 7 y 8 del Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en diciembre de 2017, y desglosados en el anexo I de la convocatoria.
Segundo. Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de mujeres, agrupaciones de mujeres, federaciones de asociaciones de mujeres y fundaciones privadas de mujeres sin ánimo de lucro para la realización de Proyectos de Intervención en materia de Violencia de Género cuyas medidas a poner en marcha se centren en los Ejes 1, 5, 6, 7 y 8 recogidos en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género aprobado en diciembre de 2017 y desglosados en el anexo I de la convocatoria.
2. Las entidades deberán tener como finalidad en sus estatutos la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Las entidades solicitantes deberán acreditar la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria mediante certificado acreditativo expedido a tal efecto. Las entidades que no dispongan de dicho certificado deberán acreditar la realización en la Comunidad Autónoma de Extremadura en los últimos cinco años de al menos un proyecto cuyo fin esté encuadrado dentro del objeto de las presentes ayudas y haya sido subvencionado por la Junta de Extremadura, indicando el nombre del proyecto, coste del mismo, importe de la subvención y órgano que le concedió la ayuda.
4. Las agrupaciones de asociaciones de mujeres deberán estar constituidas, al menos, por dos asociaciones, entendiéndose que cada entidad que forme la unión asume los mismos compromisos en relación con la ejecución de la subvención y debiendo nombrar a una persona representante o apoderada única de la agrupación, para cumplir con las obligaciones que, como beneficiaria, corresponda a la unión. Además, cada una de las entidades que forman parte de la unión deberán cumplir los requisitos establecidos en resuelvo quinto así como en los apartados 1, 2 y 4 del resuelvo sexto de la Resolución de convocatoria.
5. En ningún caso podrán resultar beneficiarias aquellas entidades o asociaciones en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 12.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en la Orden de 27 de Julio de 2022, por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el Marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (DOE n.º 145, de 28 de julio de 2022), con la oportuna corrección de errores publicada en el Diario Oficial de Extremadura núm. 239 de 15 de diciembre de 2022.
Cuarto. Financiación y cuantía.
1. La cuantía total de la presente convocatoria asciende a un total de doscientos mil euros (200.000,00 euros) y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, imputándose a la aplicación presupuestaria 02 006 253A 48000, proyecto de gasto 20210034 Pacto de Estado contra la Violencia de Género , fondo financiador TE25006001, transferencias del Estado de créditos provenientes del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
2. La cuantía total de la presente convocatoria de subvenciones podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias hasta un 20 por ciento de la cuantía inicial o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia generación, incorporación de crédito o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Orden de 27 de julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, serán subvencionables aquéllos que hayan obtenido mayor puntuación con arreglo a los criterios objetivos de valoración establecidos en el resuelvo decimosegundo de esta convocatoria, por la totalidad del importe solicitado en base al presupuesto aceptado del proyecto presentado hasta agotar el crédito presupuestario previsto en la convocatoria correspondiente.
4. El importe de la ayuda solicitada no podrá superar el 33% del crédito total asignado a la misma en dicha convocatoria, que en todo caso, no podrá superar los 30.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 7 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de mayo de 2024.
El Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social,
DAVID GONZÁLEZ GIL