ANUNCIO de 11 de junio de 2024 por el que se notifican requerimientos de subsanación de solicitudes de liquidación acogidas al Decreto 146/2021, de 3 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas para inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU) y, se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021.
DOE Número: 117
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 18 de junio de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Agricultura. Notificaciones.
Página Inicio: 30972
Página Fin: 30973
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 146/2021, de 3 de diciembre, establece las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas en la Comunidad Autónoma dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU) y, se aprueba la primera convocatoria.
Una vez examinadas las solicitudes de liquidación que se relacionan en el anexo adjunto presentadas en la citada convocatoria, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.3 de este decreto, se requiere para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a esta notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La documentación subsanada requerida se presentará a través de la plataforma ARADO:
https://aradoacceso.juntaex.es/
(trámite Presentación documentación ayudas FEADER NO SIG INVERSIONES ).
Tanto las personas físicas como las jurídicas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de acuerdo con el artículo 13 del decreto, están obligadas a la utilización de los medios electrónicos.
Mérida, 11 de junio de 2024. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, JESÚS MIGUEL PÉREZ DURÁN.
ANEXO
Expediente
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CIF/NIF
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Nombre
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NG-21-027
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****4949
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VEGALAGUNA OLVI, SL
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NG-21-029
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****1008
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ESPAGRY IBÉRICA, SL
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NG-21-083
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****5833
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FRUTAS TORREBAJA S. COOPERATIVA
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